PROYECTO DE TP
Expediente 1617-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS MEDIDAS QUE ACTUALMENTE SE ESTAN LLEVANDO ADELANTE TENDIENTES A CONTROLAR LA CANTIDAD DE PLOMO CONTENIDA EN LIBROS, REVISTAS Y PUBLICACIONES GRAFICAS, DISPUESTAS POR LA RESOLUCION 453/10 Y SU MODIFICATORIA 39/2011.
Fecha: 28/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional informe, a
través de los organismos que correspondan, sobre las medidas que actualmente se están
llevando adelante tendientes a controlar la cantidad de plomo contenida en libros,
revistas y publicaciones graficas , dispuestas por las Resoluciones N° 453/10 y su
modificatoria Resolución 39/2011.
Para ello se requiere se especifique:
a) si existen pruebas del ingreso de
material grafico al país cuyo contenido de plomo supera lo permitido por la resolución
453/2010 de la Secretaría de Comercio Interior
b) qué tipo de prueba se realiza sobre el
material grafico importado para determinar la cantidad de plomo contenida.
c) cuáles son las previsiones tomadas en
tal sentido para analizar los 60 millones de publicaciones importadas anualmente.
d) cuál es el costo de implementación
estimado de la presente resolución
e) si se contemplo la experiencia
internacional en el control del plomo en publicaciones gráficas teniendo en cuenta que el
principal mercado mundial, los Estados Unidos no realiza dicha prueba.
f) Porque razón no se ha
implementado un régimen especial para envíos pequeños a través de "couriers" o
mensajería puerta a puerta
g) Cual es potencial daño a la salud que
puede provocar una publicación con cantidad de plomo que exceda lo establecido por la
resolución 453/2010 de la Secretaría de Comercio Interior.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Secretaria de Comercio a dispuesto la
entrada en vigor efectiva de la resolución 453/2010 de la Secretaría de Comercio Interior
al ser instrumentada por la disposición 26/12 de esa misma dependencia, por la que antes
de la comercialización o ingreso al país de las publicaciones extranjeras deberá certificarse
que las tintas que se utilicen en productos gráficos no contengan "más de 0,06% de
plomo.
Las Resoluciones N° 453/10 y su modificatoria
Resolución 39/2011 de la Secretaria de Comercio Interior tienen por fin ulterior la
protección de la salud de los Argentinos.
Sin embargo, vemos con preocupación, que no
se han hecho públicas las verdaderas consecuencias a la salud que la vulneración de estas
resoluciones podría acarrear, lo que pone en duda la necesidad de su existencia.
Esta resolución está acarreando a los
ciudadanos de nuestra nación, numerosos inconvenientes, vulnerando sus derechos como
consumidores y a la libre prensa, con la dudosa justificación de la protección de la salud
pública como excusa.
Nuestro país importa alrededor de 60 millones
de libros anuales. Muchas de las publicaciones sujetas a este control por parte de la
Secretaria de Comercio, ya están sometidas a un control en el país donde están
originalmente editados.
El control de 60 millones de libros se vuelve
impracticable, y por lo tanto resulta un gran perjuicio a la economía y la cultura de nuestro
país.
En los Estados Unidos de América por ejemplo,
las publicaciones son sometidas al Consumer Product Safety Improvement Act of 2008
("CPSIA"), normativa que regula entre otras cosas la cantidad de plomo que una
publicación puede contener.
En este sentido, dicha normativa, establecía
que el límite de plomo en los productos gráficos debía ser de 300 partes por millón como
máximo.
Sin embargo la imposibilidad de controlar el
volumen total de publicaciones y el bajo contenido de plomo que estas pudiesen tener,
llevo a que en 2011, el presiente de dicho país aprobara el proyecto legislativo presentado
en conjunto por Demócratas y Republicanos, H.R. 2715, que exceptúa a los libros de este
tipo de control.
En consecuencia, vemos que la experiencia
internacional indica que los costos de este tipo de controles exceden por mucho los
beneficios.
Por estos motivos, pido a esta honorable
cámara la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GAMBARO, NATALIA | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
DE NARVAEZ, FRANCISCO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
COMERCIO (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 131 (2013), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |