PROYECTO DE TP
Expediente 1613-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL AUMENTO TARIFARIO A LOS SERVICIOS REGULARES DE TRANSPORTE AEREO INTERNO DE PASAJEROS.
Fecha: 22/04/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 29
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a
través del organismo que corresponda, informe a ésta Cámara Legislativa:
1- Si la determinación del incremento
tarifario de la Resolución 257/2008 de la Secretaria de Transporte de la Nación, contempla
el compromiso formal para aumentar las frecuencias en las rutas en las cuales las
empresas aerocomerciales las han disminuido.
2- Indique los parámetros tomados por
la Secretaria de Transporte Nación para "adecuar la ecuación económica-financiera
procurando el punto de equilibrio con niveles aceptables de ocupación de los servicios
ofertados", según surge de la resolución 257/2008.-
3- Que mecanismo utiliza la Secretaria
de Transporte de la Nación para conocer los "los intereses" de los usuarios, para la
formación de la tarifa como lo determina la ley 19030 en su artículo 42º. Conforme a ellos
cuales son los resultados obtenidos.
4- Detalle de los montos otorgados a las
empresas aéreas hasta la fecha en concepto de Régimen de Compensación de Combustible
Aeronáutico (RCCA) para los servicios regulares de transporte interno de pasajeros, según
lo establecido por el Decreto 1012/06, en su artículo 3º.
5- Qué criterios utiliza regularmente la
autoridad de aplicación para aprobar las frecuencias de los vuelos y la calidad de los
servicios de las rutas aprobadas en el Plan de Rutas Internas de interés General para la
Nación contempladas en la Resolución 270/87 de la Secretaría de Transporte, y qué
criterio se ha utilizado en particular para autorizar la disminución de frecuencias a la ciudad
de Río Grande.
6- Si la Secretaría de Transporte de la
Nación se halla en la actualidad en condiciones de realizar un estudio de costos y variables
económicas para determinar las tarifas. En caso afirmativo sírvase detallar el
procedimiento.
7- En relación a la resolución 35/02 del
Ministerio de la Producción, sírvase indicar cuáles son los mecanismos que utiliza la
autoridad de aplicación para controlar el efectivo acceso a la tarifa para residentes a los
usuarios de las Provincias comprendidas. En tal sentido se solicita informe si tiene
conocimiento de irregularidades que afectan el acceso a la misma por parte de los
usuarios.
8- Si se ha procedido a reformular la
resolución 35/02 del Ministerio de la Producción de tarifa para residentes, tal como lo
ordena el Decreto 1012/06 de emergencia aerocomercial. En caso afirmativo sírvase remitir
las modificaciones efectuadas.
9- Si está en consideración la propuesta
formulada a través de nota 040/07 Letra: D.N.M.F.R, Nº de ingreso TRI-
SO1:0025602/2007, dirigida a la Directora Nacional de Transporte Dra. Thomas Hatti, con
fecha.24 de mayo de 2007, suscripta por 22 diputados de la Nación, para mejorar las
condiciones de la tarifa para residentes conforme las inquietudes recibidas de parte de la
población a la que representamos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El día 14 de abril de 2008, se publica en el
Boletín Oficial, la resolución 257/08 de la Secretaría de Transporte de la Nación por la cual
se autoriza el aumento tarifario a los explotadores de servicios regulares de transporte
aéreo interno de pasajeros. Teniendo el cuenta la actual situación crítica del transporte
aerocomercial, el presente proyecto tiene por objeto que el Poder Ejecutivo Nacional
informe sobre diversos puntos.
Como es de público conocimiento, la
Secretaría de Transporte de la Nación, autorizó aumento de tarifas, sumado al Régimen
de Compensación de Combustible Aeronáutico ( RCCA).
Estos aumentos, como las que ya fueron
otorgados por Decreto 1012 del año 2006, no reflejaron en su momento para el usuario
un mejoramiento en la calidad de los servicios, ni un aumento en la frecuencia de los
vuelos, sino en muchos caso la disminución de los mismos como en el caso de la ciudad de
Río Grande de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
De la resolución que autoriza estos nuevos
aumentos no surge con claridad la exigencia o el compromiso de restituir los vuelos que
en muchas provincias se disminuyeron ni una clara política para el mejoramiento del
servicio que impacte en forma directa en los usuarios, a pesar que en los considerandos de
la misma se mencionan los reclamos de autoridades gubernamentales e institucionales de
diversas provincias en ese sentido.
Tampoco surge del texto de la Resolución
257/08, los parámetros o métodos que utilizó la Secretaría de Transporte de la Nación,
que es la autoridad de aplicación, para otorgar el aumento tarifario, toda vez que además
en el 8º párrafo de sus considerandos expresa la necesidad de requerir asistencia técnica
externa para determinar la tarifa económicamente retributiva para el mercado de
transporte aerocomercial argentino.
Por otra parte, durante el año 2002, la
Secretaría de Transporte de la Nación ha resuelto por resolución 35/02 tarifas especiales
para residentes de algunas Provincias contemplando que se encuentran a grandes
distancias de los centros urbanos y que no poseen medios alternativos de transporte, es
por eso que se decidió que los ciudadanos que acrediten la calidad de residentes gozaran
de una tarifa que no sea superior al 20% de la tarifa referencial. Sin embargo es notorio
que no se cumple por parte de las empresas la disposición de esas tarifas, ni el cupo que
la resolución señala -20%- en cuanto a la capacidad de las naves. Si bien en el año 2006
por Decreto 1012 del ex presidente de la Nación Dr. Néstor Kirchner se ordena modificar
dicha norma para mejorar su aplicación, hasta la fecha ello no ha sucedido. Por nota de
fecha 24 de mayo de 2007, 22 diputados nacionales han manifestado sus inquietudes a la
Secretaria de Transporte de la Nación con propuestas para este punto sin respuesta alguna
hasta ahora.
La situación de los usuarios de transporte
aéreo es de suma fragilidad, ante la imposibilidad de plantear las fallas, irregularidades,
incumplimientos , omisiones y daños que produce este medio.La falta de información de
las formas de control, la arbitrariedad en las decisiones en relación a este medio de
transporte y la debilidad de los ciudadanos de los puntos mas lejanos de nuestro país, y
en especial los de la Provincia de Tierra del Fuego por su insularidad y especial situación
geográfica que le otorga calidad de aerodependiente, nos pone en una situación de
precariedad en cuanto a los derechos constitucionales más elementales, como es el
derecho a trasladarse libremente, a la salud, o a la integración familiar. Recientemente el
Congreso de la Nación busca proteger esos derechos por la vía de la incorporación de este
servicio público a la nueva Ley de Defensa del Consumidor, pero ese punto fue vetado por
el Poder Ejecutivo.
Por estas razones solicito se acompañe este
proyecto mediante el voto afirmativo de mis pares.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GORBACZ, LEONARDO ARIEL | TIERRA DEL FUEGO | ARI AUTONOMO 8 + |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI AUTONOMO 8 + |
GONZALEZ, MARIA AMERICA | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI AUTONOMO 8 + |
GARCIA MENDEZ, EMILIO ARTURO | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI AUTONOMO 8 + |
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | ARI AUTONOMO 8 + |
BENAS, VERONICA CLAUDIA | SANTA FE | ARI AUTONOMO 8 + |
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