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PROYECTO DE TP


Expediente 1608-D-2007
Sumario: ESTUPEFACIENTES, LEY 23737: MODIFICACION DEL INCISO A) DEL ARTICULO 11 E INCORPORACION DEL ARTICULO 11 BIS (SUMINISTRO DE DROGAS A MUJERES EMBARAZADAS O PERSONAS DISMINUIDAS PSIQUICAMENTE O MENORES DE EDAD).
Fecha: 19/04/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 33
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo1º: Modificase el inciso .a) del artículo 11 de la ley 23.737, el que quedará redactado de la siguientes manera:
a) Si los hechos se cometieren en perjuicio de mujeres embarazadas o de personas disminuidas psíquicamente, o sirviéndose de menores de edad.
Artículo 2º: Incorporase como artículo 11 bis de la ley 23.737 el siguiente:
Será reprimido con prisión perpetua cuando:
a) Se suministre aplique o facilite las sustancias a que se refiere ésta Ley, a un menor de edad.
b) En los casos previstos en el artículo 11 inciso e) y f) cuando se perjudique a un menor de edad.
Artículo 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A diario vemos como todos los días nuestros jóvenes son noticias en los diarios por haber incurrido en graves delitos penales. Acciones delictivas impulsadas por el consumo estupefacientes, produciendo daños irreparables en nuestra Sociedad.
Observamos también que éstos jóvenes son en su mayoría menores que son el blanco directo de inescrupulosos que los introducen en las adicciones con
las consecuencias por todos conocidos más aún cuando se trata de niños y jóvenes, insertos en los sectores más vulnerables de nuestra comunidad.
Considero que la lucha contra el flagelo de la drogadicción es responsabilidad de todos, y dentro de las prioridades que hoy tiene nuestro País, merece especial atención, pues se trata del futuro de nuestra Sociedad, el que debe ser protegido y construido por todos.
El cuidado de la salud de nuestro jóvenes y niños debe ocupar un lugar destacado en nuestra función como representantes del pueblo, toda vez que de aprobarse las modificaciones que se proponen, implicaría que toda persona que suministre, aplique o facilite sustancias adictivas, provoca un daño irreversible no solo en la persona del menor sino a todo el conjunto social, de allí la importancia de la pena que se impone.
A nuestros jóvenes y niños beneficiará ésta norma, por ello solicito la aprobación de éste proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
URTUBEY, JUAN MANUEL SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia)
LEGISLACION PENAL
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
12/03/2008 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
07/05/2008 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
21/05/2008 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
19/11/2008 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría