PROYECTO DE TP
Expediente 1607-D-2011
Sumario: DECLARAR MONUMENTO NATURAL AL VENADO DE LAS PAMPAS.
Fecha: 06/04/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 23
El Senado y Cámara de Diputados...
VENADO DE LAS PAMPAS
MONUMENTO NATURAL
Artículo 1°.- Declárese Monumento
Natural, según lo dispuesto por la Ley Nº 22.351, a la especie Venado de las
Pampas (Ozotoceros bezoarticus).
Artículo 2°.- La Administración de
Parques Nacionales y la Secretaría de Ambiente de la Nación, deberán
compatibilizar con las provincias en las cuales la especie posea distribución
natural, la implementación del plan de manejo nacional, con el objetivo de
lograr la supervivencia de la especie.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El venado de las pampas
(Ozotoceros bezoarticus; Linné 1758) es un cérvido mediano también conocido
como guasú-ti ("venado blanco" en guaraní"), yoam shezcé (puelche), taruka
(quichua), venado de campo (Uruguay) o veado campeiro (Brasil). Alcanza una
altura en la cruz de 70 ó 75 cm., mide 110 a 135 cm de largo y pesa entre 30 y
40 Kg. De esbelto aspecto, tiene el pelaje corto y liso, de color variable entre
bayo claro y pardo grisáceo. Es blanco alrededor de los ojos, los costados del
labio superior, la punta de la quijada, el interior de las orejas, la parte inferior
del cuerpo, cuello, cola y zona posterior de los muslos. La cola, de unos 15 cm
de largo, tiene la punta oscura. Esta coloración le permite mimetizarse con los
pastizales en donde habita.
El venado de las pampas habita
sabanas y pastizales del sur de América del Sur. En Argentina se distribuía en el
norte y centro del país, con registros para 14 provincias que forman parte de
las ecorregiones del Chaco Seco, Chaco Húmedo, Espinal, Campos y Malezales,
y Pampas (Cabrera 1943, Giménez Dixon 1987, Jackson 1977, Jackson 1987,
Jackson y Langguth 1987, Moreno 1993, Chébez y Johnson 1984, 1994, Chébez
et al., 2008). Hasta el siglo XIX era posible ver venados en toda la pampa
húmeda argentina y uruguaya y en cantidades tales que no hacían presagiar un
futuro tan incierto para la especie. Esa abundancia quedó registrada en
distintas manifestaciones culturales, tales como pinturas, libros de la época, o
topónimos: la isla Gama, por ejemplo, cercana al Puerto San Blas al sur de
Bahía Blanca, Venado Tuerto en Santa Fe, o la misma capital "puntana": San
Luis de la Punta de los Venados.
Debido a diversos factores
antrópicos que se fueron intensificando desde fines del siglo XIX, la especie se
encuentra actualmente categorizada En Peligro para nuestro país (Resolución
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable -SAyDS- 1030/2004, Díaz y
Ojeda 2000), y Cercana a la Amenaza (González y Merino 2008) a nivel global y
Amenazada en las poblaciones del extremo septentrional de su área de
distribución (Argentina, Uruguay y sur de Brasil). Entre los factores de su
declinación se destacan: la pérdida y fragmentación de su hábitat, debida
principalmente al avance de la frontera agrícola-ganadera que provocó el
reemplazo de su hábitat natural, la caza deportiva y comercial desmedida (a
modo de ejemplo es menester destacar que entre 1860 y 1870 se exportaron
más de dos millones de pieles desde el Puerto de Buenos Aires), la depredación
por parte de especies exóticas introducidas (chanchos y perros) y la
introducción de enfermedades por parte del ganado doméstico y las especies
exóticas asilvestradas (chanchos, perros y ciervos axis) (Jackson et al. 1980,
Jackson y Langguth 1987, Beade et al. 2000, Demaría et al. 2003).
Como resultado de la acción de
estas amenazas, la especie se extinguió en más del 99% del territorio que
ocupaba en nuestro país, convirtiéndose en el mamífero argentino más
amenazado y cercano a la extinción.
En la actualidad se reconocen al
menos dos subespecies en la Argentina, distribuidas en cuatro poblaciones
relictuales. La subespecie Ozotoceros bezoarticus leucogaster (Cabrera, 1943)
se encuentra en los malezales y fofadales del Aguapey, en la provincia de
Corrientes (Merino y Beccaceci 1999, Parera y Moreno 2000, Jiménez Pérez et
al. 2007), y en el noreste de los Bajos Submeridionales, ubicados al norte de la
provincia de Santa Fe (Caminos et al. 1998, Pautasso et al. 2002). La
subespecie pampeana Ozotoceros bezoarticus celer (Cabrera, 1943) es
endémica de nuestro país, y se encuentra en la porción costera de Bahía
Samborombón, provincia de Buenos Aires (Vila y Beade 1997, Beade et al.
2003) y en el centro-sur de la provincia de San Luis (Dellafiore 1997, Dellafiore
et al. 2003, Demaría et al. 2003).
En los últimos 30 años se habrían
extinguido núcleos poblacionales como el de Lomada Concepción-Chavarría y el
de Malezales de El Socorro, en la provincia de Corrientes; el de Punta Médanos
al sur de la Bahía de Samborombón, provincia de Buenos Aires; el de cercanías
de Guayama en el departamento Metán de la provincia de Salta y el de los
campos del sur de la provincia de Misiones, entre otros.
Las mismas amenazas que en el
pasado llevaron a la especie a esta situación, destrucción y modificación de su
hábitat, caza indiscriminada y competencia y transmisión de enfermedades por
parte del ganado y ciervos exóticos, son las que enfrenta en la actualidad.
Sumado a ello los cuatro núcleos poblacionales confirmados, que aun quedan
en Argentina, están aislados entre sí y cuentan con muy pocos individuos,
tornándolos muy frágiles al no tener intercambio génico y frente a cualquier
cambio de su entorno. .
La declaración de Monumento
Natural a nivel nacional, representa el paso siguiente en materia de protección
y conservación de la especie, a la declaración de Monumento Natural ya
promulgada por las cuatro provincias donde habita en la actualidad:
- En la provincia de Buenos Aires,
la especie fue declarada Monumento Natural por el Decreto Nº 7.913/84. Con
posterioridad a través de la Ley Nº 11.689/95 y su Decreto Reglamentario Nº
2.846/97, se la declaró Monumento Natural. Esta figura legal constituye un
soporte legal más adecuado que el anterior, dado que establece la protección
absoluta, siendo factible sobre ellos únicamente la realización de
investigaciones científicas debidamente autorizadas y la práctica de
inspecciones gubernamentales, e incluye la veda total y permanente para la
caza de Venado de las Pampas. Por otra parte, en 1998, el Honorable Consejo
Deliberante de General Lavalle declaró al venado de las pampas Patrimonio
Histórico Cultural Natural (Ordenanza Nº 704/98 y Decreto Nº 285/98) y en
2001, otorgó el título de Capital Provincial del venado de las pampas a la
localidad de General Lavalle (Ley Nº 12.678/01). En relación a la protección de
hábitat de la especie, se han sancionado varias leyes y decretos.
- En la provincia de San Luis, a
través del Decreto Nº 3.860/78 se tomaron las primeras medidas de
conservación de la especie en la provincia. En 1987 se declaró Monumento
Natural Provincial mediante la Ley Nº 4.778, que fue derogada por la Ley Nº
5.499/04 en la que se declara de interés público al venado de las pampas,
quedando sometido a un régimen especial de protección, conservación,
repoblación y estudio técnico y científico; prohibiendo su caza y/o captura, la
modificación de su hábitat, acosamiento, persecución, tenencia indebida,
tránsito y/o comercialización de sus despojos o elementos elaborados con
éstos.
- En la provincia de Corrientes fue
declarado Monumento Natural de interés provincial a través del Decreto Nº
1.555/92. Se prohíbe por lo tanto su caza, captura por cualquier medio,
acosamiento, persecución, tenencia, tránsito, y/o comercialización de
ejemplares vivos o muertos, de sus despojos o elementos elaborados con estos.
Sin embargo el Decreto, hasta la fecha, no está reglamentado.
- Finalmente, en la provincia de
Santa Fe la especie fue declarada Monumento Natural por Ley Nº 12.182/03.
Tal declaración implica: la total y permanente veda de su caza; la expresa y
absoluta prohibición de su captura por cualquier medio; el acosamiento,
persecución, tenencia, tránsito o comercialización de la especie, viva o muerta,
de sus despojos o elementos elaborados con estos; el decomiso de las especies
aprehendidas, sus despojos, los productos elaborados con éstos y de la
totalidad de los elementos utilizados para su captura y faena. Asimismo, se
establecen multas que deben ser destinadas a acciones concretas de
preservación y recuperación poblacional de especies en peligro de extinción o
vulnerables.
Por otra parte, en lo que respecta
al comercio Internacional, Argentina mediante Ley Nº 22.344 y su Decreto
Reglamentario Nº 522/97 suscribió a la Convención CITES (Convención
Internacional para el Comercio de Especies Amenazadas de Fauna y Flora
Silvestres), que ha incluido al Venado de las Pampas en el Apéndice I,
prohibiendo su comercio internacional (Miñarro et. al. 2011).
A nivel nacional, se encuentra
amparado por la Ley Nacional Nº 22.421 -Protección y Conservación de la
Fauna Silvestre-, su Decreto Reglamentario Nº 666/97 y las Resoluciones
Complementarias SAyDS Nº 513/07, SAyDS Nº 1030/04 y SAGyP Nº
62/86.
La situación actual del venado de
las pampas en la Argentina es muy comprometida y requiere de urgentes y
estrictas medidas de protección, por lo que sólo el real compromiso de
autoridades, especialistas, organizaciones no gubernamentales, propietarios de
tierras y pobladores locales, amparados por una legislación coherente, permitirá
evitar su desaparición. En este marco, es imprescindible contar con una norma
que coordine y reglamente aquellas acciones tendientes a conservar la especie.
La figura de Monumento Natural Nacional se erigiría como el instrumento legal
ideal que obligaría a mancomunar esfuerzos de las provincias entre sí, la
Administración de Parques Nacionales, la Dirección de Fauna Silvestre de la
Nación y organizaciones no gubernamentales en la búsqueda y realización de
acciones que permitan la supervivencia del venado de las pampas en la
República Argentina.
Por los motivos expuestos, y por
los que se darán en oportunidad de su tratamiento, es que se solicita la
aprobación del presente proyecto.
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- Victoria Lichstchein, Aníbal
Parera y Osvaldo Goicoechea (2000): Primer Encuentro de Especialistas hacia
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- Aníbal Parera (2002): Los
mamíferos de la Argentina y la región austral de Sudamérica, El Ateneo, Buenos
Aires.
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