PROYECTO DE TP
Expediente 1598-D-2008
Sumario: CREACION DEL SERVICIO DE TELEGRAMA JUDICIAL PARA JUICIOS LABORALES DE CARACTER GRATUITO PARA TRABAJADORES DEPENDIENTES, JUBILADOS Y PENSIONADOS: CONFECCION DE UN FORMULARIO ESPECIFICO, RECAUDOS, GASTOS A CARGO DEL MINISTERIO DE TRABAJO.
Fecha: 18/04/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 28
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º: Crease un servicio de
Telegrama Judicial para Juicios Laborales, de carácter gratuito para trabajadores
dependientes, jubilados y pensionados, el cual será aplicable como medio de
notificación de resoluciones judiciales en extraña jurisdicción.
ARTICULO 2º: La oficina de correos y
telégrafos confeccionará un formulario específico conforme lo establezca la autoridad
de aplicación
ARTICULO 3º: El Telegrama Judicial para
Juicios Laborales deberá contener los siguientes recaudos:
1) Designación y numero del Tribunal y
nombre del Juez y Secretario;
2) Nombre de las partes y objeto del
juicio.
3) Transcripción de la resolución que
deba notificarse o cumplirse;
4) Nombre de las personas autorizadas
para intervenir en su diligenciamiento, entre quienes se encuentran funcionario del
Juzgado, el letrado interviniente o las personas autorizadas en el expediente..
5) La firma del Secretario del Juzgado, y
sello del Tribunal en el que radica la causa en cada una de sus hojas;
6) Se consignará como domicilio del
remitente el del Juzgado donde radique la causa, siendo allí el lugar a donde se
devolverá el aviso de recibo;
ARTICULO 4º: El Telegrama Judicial
para Juicio Laborales solamente será empleado como medio notificatorio en aquellas
provincias que adhieran a ese sistema.
ARTÍCULO 5º:La totalidad de los gastos
que irrogue el presente sistema será solventado por el Ministerio de Trabajo, Empleo
y Seguridad Social.
ARTICULO 6º: El demandado que
resultare condenado judicialmente en costas estará obligado al pago del importe de
los telegramas judiciales para juicios laborales enviados por el trabajador que
hubiese obtenido sentencia favorable. A tal efecto el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social establecerá el costo de las piezas y en el momento oportuno el juez
interviniente transferirá el importe respectivo a la cuenta que dicho Ministerio
indique.
ARTICULO 7º: De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene como fin
inmediato ampliar las limitaciones notificatorias establecidas en el marco de la ley
22172, que obligan en primer término, a recurrir a trámites en extrañas jurisdicciones
que resultan por lo general hartamente engorrosos, dilatorios de los procesos
judiciales y que además obligan a efectuar erogaciones que escapan a las
posibilidades económicas del trabajador.
Considerando que el trabajador es
legalmente la parte mas vulnerable del sistema, y que por ende debe recibir la
protección constitucional al permitirsele que sus comunicaciones sean efectuadas en
forma gratuita es que este proyecto incorpora un Sistema de Telegrama Judicial para
Juicios Laborales, de carácter gratuito, para el caso que en el litigio judicial, el
trabajador que deba realizar notificaciones en extraña jurisdicción, pueda hacerlo
mediante un sistema que respete el principio de gratuidad.
Se trata de situaciones donde debemos
maximizar el amparo .
Asimismo y tratándose de una norma de
corte netamente procesal, se requerirá para su validez la adhesión de las provincias
al régimen aquí propuesto.
Considerando lo vertido hasta aquí
suficiente fundamentación, solicito a mis pares la aprobación del presente.
El presente Proyecto tiene como fin
inmediato adecuar los alcances del citado marco legal, ampliando a tal fin los
supuestos en que podrá ser implementado, ello en virtud de que esta ley se enmarca
en la protección que brinda el Sistema de Seguridad Social por lo que, siendo el
trabajador, los jubilados y los pensionados, considerados legalmente la parte más
vulnerable del sistema, por ende deben recibir la protección constitucional al
permitírsele que sus comunicaciones sean efectuadas en forma gratuita. A tal efecto
este proyecto incorpora entre otras las comunicaciones o reclamos a las ART, las
cursadas por los derechohabientes de los trabajadores, cubriendo de esta manera
las omisiones que contiene el texto de la legislación vigente.
El presente proyecto incorpora un
Sistema de Telegrama Judicial para Juicios Laborales, de carácter gratuito, para el
caso que en el litigio judicial, el trabajador deba efectuar notificaciones en extraña
jurisdicción, pueda realizarlo mediante un sistema que respete el principio de
gratuidad.
Se trata de situaciones donde debemos
maximizar el amparo .
Considerando lo vertido hasta aquí
suficiente fundamentación, solicito a mis pares la aprobación del presente.
Firmante | Distrito | Bloque |
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LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | BUENOS AIRES PARA TODOS EN PROYECTO SUR |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI AUTONOMO 8 + |
BASTEIRO, SERGIO ARIEL | BUENOS AIRES | ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL |
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | ARI AUTONOMO 8 + |
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
MORANDINI, NORMA ELENA | CORDOBA | MEMORIA Y DEMOCRACIA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
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PRESUPUESTO Y HACIENDA |