PROYECTO DE TP
Expediente 1594-D-2010
Sumario: COMISION BICAMERAL DE LA DEFENSORIA DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. CREACION EN EL AMBITO DEL H. CONGRESO, A FIN DE DAR CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 49 DE LA LEY 26061.
Fecha: 30/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 24
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Crear en el ámbito del Congreso
Nacional la Comisión Bicameral de la Defensoría de los Derechos de Niñas, Niños
y Adolescentes, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 49 de la Ley
26061.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el año 2005 este Congreso aprobó
la Ley 26061 de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes como
consecuencia directa de la Reforma Constitucional de 1994, en la que se incorpora
la Convención de los Derechos del Niño. Dicha incorporación significó un gran
impacto en el paradigma vigente en ese momento.
La sanción y promulgación de la Ley
26061 posibilita que el Estado argentino cumpla con las obligaciones
internacionales contraídas oportunamente y que, desde un campo normativo
expreso se concrete el derecho constitucional de familia en la satisfacción de la
plena eficacia de los derechos fundamentales y humanos de las niñas, niños y
adolescentes.
La Ley 26061, que tiene por objeto la
protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se
encuentren en el territorio de la República Argentina, para garantizar el ejercicio y
disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento
jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte,
prevé diversos instrumentos en el marco del Sistema Integral de Protección de
derechos. Uno de los instrumentos más importantes creados en el marco de la
mencionada ley es sin dudas el de Defensor de Niñas, Niños y Adolescentes, que
tiene como responsabilidad sustantiva la defensa de los derechos de las niñas, niños
y adolescentes ante las instituciones públicas y privadas y la supervisión y auditoria
de la aplicación del sistema de protección integral.
A más de cuatro años de la sanción de
la Ley 26061, este congreso tiene como deuda pendiente la designación del
Defensor de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, designación que debió
realizarse dentro de los noventa días de sancionada la ley, de acuerdo a lo
establecido en el Art. 49 de la misma.
Por el citado artículo, el Defensor de
Niñas, Niños y Adolescentes será propuesto, designado y removido por el
Congreso Nacional, quién designará una comisión Bicameral que estará integrada
por diez miembros, cinco de cada cámara, respetando la proporción en la
representación política, quienes tendrán a su cargo la evaluación de la designación
que se llevará a cabo mediante un concurso público de antecedentes y
oposición.
Por lo expuesto, solicitamos la
aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
MERCHAN, PAULA CECILIA | CORDOBA | LIBRES DEL SUR |
CORTINA, ROY | CIUDAD de BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
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