PROYECTO DE TP
Expediente 1585-D-2009
Sumario: EXPRESION DE REPUDIO AL ARTICULO PERIODISTICO PUBLICADO EN EL DIARIO CLARIN EL DOMINGO 5 DE ABRIL DE 2009, BAJO EL TITULO "LA FABRICA DE HIJOS", POR SU TOTAL MENOSPRECIO A LA CONDICION FEMENINA.
Fecha: 13/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su enérgico repudio al artículo periodístico
publicado en el diario Clarín el domingo 5 de abril en las páginas 28 y 29 bajo el título "La
fábrica de hijos" por su total menosprecio a la condición femenina".
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El artículo en cuestión ("La fábrica de hijos:
conciben en serie y obtienen una mejor pensión del estado" cuya fotocopia se adjunta,
publicado en las páginas 28 y 29 en el diario Clarín el domingo 5 de abril) representa una
ofensa a todas las mujeres habitantes de nuestro país.
Es llamativo que los emisores (integrantes de
la franja de población "mejor informada") obvien los lineamientos de la ley 26485 (de
protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres)
recientemente sancionada por este Congreso.
La citada norma, que justificó
una amplia cobertura en los medios de comunicación masivos, especifica en su artículo 6°
las diversas formas de manifestación de la violencia contra las mujeres. Y refiere
especialmente algunas, como la enunciada en el inciso f), que me permito citar: "Violencia
mediática contra las mujeres: aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes
estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera
directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame,
discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así
también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes
pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones
socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las
mujeres".
También llamativo resulta la ignorancia del
texto respecto de la vigencia de la ley 25673, de Creación del Programa Nacional de
Salud Sexual y Procreación Responable, así como la jerarquía constitucional de la
Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer
suscripta por el Estado argentino, en cuyo 16º artículo se salvaguardan los derechos de
las mujeres a "a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y el intervalo
entre los nacimientos", de lo que se colige que esas "fábricas de hijos" no hacen más que
ejercer un derecho que la Constitución Nacional les garantiza.
En la semana que todos recordamos al Dr.
Alfonsín y su esfuerzo por consolidar la democracia, el diario Clarín a doble página
publica un artículo con tono notoriamente crítico a la vigencia de un derecho consagrado
en democracia, que asiste a mujeres sujetos de ese derecho, como lo son las mujeres
que sean o hayan sido madres de siete o más hijos nacidos con vida.
Este derecho, está garantizado por la ley
23746, sancionada el 28 de septiembre de 1989, y reglamentado por el decreto del Poder
Ejecutivo 2360/1990. Democracia pura. Plena vigencia de los derechos. Y
sugerentemente, promueve esta circunstancia la crítica al Estado que cumple, que
universaliza el derecho para las madres de siete o más hijos, que evidentemente ha
variado desde siete años a esta parte, pero que no necesariamente "varía en tiempos de
campaña".
Cuanto menos dolorosa resulta, además, la
comparación del presupuesto que el Estado destina a la ayuda de estas mujeres madres
(o al cumplimiento de un derecho legítimamente otorgado) con la "recaudación completa
de 40 partidos de la Selección de Maradona en el Monumental"; va de suyo que el
parangón es menos necesario que injusto, y que todos hemos aprendido desde los años
de la niñez lo engorroso que es sumar (o comparar) peras con manzanas. De hacerlo,
también podría optarse por decir que el presupuesto destinado a la atención de este
derecho representa poco menos que el 2 % del volumen de dinero que alguna empresa
percibe gracias a las mieles del fútbol codificado.
Leemos, con tristeza, la opinión
de una reconocida especialista que ha dedicado muchas de sus valiosas horas a la
defensa de los derechos de las mujeres, quien presuntamente arguye: "Hecho el subsidio,
hecho el formato familiar". ¿Acaso alguien ha supuesto que 747 pesos es la llave mágica
de cualquier panacea? ¿Es dable suponer que alguien se convierte en una "fábrica" y así
"se aprovecha" de la ayuda del Estado? Presumir que ése sea el modus operandi de más
de 200.000 mujeres revela un criterio más cercano a la mezquindad humana que a la
objetividad periodística.
Podemos leer que "para obtener una pensión
asistencial (...) los hijos pueden ser propios o adoptados". Afortunadamente eso es lo que
prevé el decreto reglamentario de la ley 23746. De allí que resulte difícil, en el ejercicio de
una lectura neutra, comprender qué significancia pretende otorgarle el uso de tipografía
en negritas a la plausible igualdad entre "entre hijos propios o adoptados".
Es evidente que la intención editorial fue la de
mostrarle a la sociedad que las mujeres madres que luchan cotidianamente con la
escasez de recursos, son sospechadas de abusar del Estado para obtener beneficios
económicos.-.
Desde el título, al asimilar a la mujer con una
fábrica de hijos, es evidente un total menosprecio de la condición femenina. La ofensa se
acentúa cuando se presume que las mujeres sólo tienen hijos con fines económicos,
negándoles toda capacidad respecto de sus decisiones y deseos.
Por lo expuesto, solicitamos se apruebe el
presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DI TULLIO, JULIANA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CONTI, DIANA BEATRIZ | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) |