PROYECTO DE TP
Expediente 1581-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA APLICACION DE LA LEY 26160, DE EMERGENCIA EN MATERIA DE POSESION Y PROPIEDAD DE LA TIERRA DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL.
Fecha: 30/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 24
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que a
través de los organismos correspondientes informe sobre diversas cuestiones relativas
a la aplicación de la Ley Nº 26.160/06 prorrogada por Ley Nº 26.554/09 , de
emergencia en materia de posesión y propiedad de la tierra que tradicionalmente
ocupan las comunidades indigenas en todo el territorio del país y otras cuestiones
conexas:
1-Si se utilizaron todas las estrategias de
intervención posibles ante los gobiernos provinciales que no adhirieron a la Ley Nº
26.160/06, explicite en que consistieron, quienes intervinieron en su aplicación,
acuerdos favorables y/o desfavorables que se alcanzaron .
2-Informe sobre las provincias que
revirtieron su decisión de no adhesión y como se integraron al trabajo ya iniciado.
3-Teniendo en cuenta que las Provincias
que han decidido no adherir a la ley antes mencionada son varias, ¿se ha considerado
la aplicación del relevamiento territorial en forma centralizada?
4-De ser afirmativo el punto anterior,
especifique: -Formas de intervención,
-Recursos humanos disponibles
-Plazos de inició, realización, finalización, evaluación de datos e informe final.
5-¿Hay programas de difusión sobre los
derechos que asisten a las comunidades en relación a los alcances de la Ley Nº 26.160
y sobre los recursos jurídicos disponibles ,por parte de las mismas, ante hechos que
obstaculizan el ejercicio pleno de aquellos derechos?
6-¿Qué estrategias de intervención
dispuso sobre los responsables de la seguridad privados que ejercen actos de violencia
sobre la población indígena? Qué resultados se obtuvieron-
7-¿Qué estrategias de intervención
dispuso sobre los responsables de grupos policiales, militares, responsables de los
actos de violencia sufridos por las comunidades indígenas? Qué resultados se
obtuvieron..
8-Se efectuaron denuncias ante el Poder
Judicial sobre alguno de los grupos involucrados en los actos de violencia mencionados
en los párrafos anteriores .Si es así. especifique :Juzgados intervinientes ,Nº
Expedientes, Dictámenes si ya se produjeron y todo aquello que considere importante
para el diagnóstico de toda la cuestión indígena.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con fecha 1 de Noviembre del año 2006,
se sanciona la Ley Nº 26.160 declarando la emergencia en materia de posesión y
propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas en
todo nuestro territorio y ordenando la realización del relevamiento territorial de las
mismas, suspendiendo todas las acciones legales o privadas que impliquen desalojo o
desocupación, persecuciones, amenazas y amedrentamiento.
Sin embargo, después de cuatro años
,perdió su vigencia y por Ley Nº 26.554/09 fue prorrogada hasta el año 2013 ,mientras
tanto las comunidades de Neuquén ,Salta Jujuy ,Tucumán Chaco ,Formosa ,son
algunas de las Provincias que no cumplen ninguna de las normas que protegen los
derechos de los pueblos indígenas ,tanto en nuestro territorio como a nivel
internacional.
Mientras tanto se suceden diariamente
hechos de extrema violencia sobre :
- la comunidad Paichil Antiao de Villa
la Angostura Neuquén ,
- la Comunidad Qom de La Primavera
Formosa ,
- la Comunidad Wichis de
Embarcación Provincia de Salta ,
- la Comunidad Qom,Wichis de la
Provincia de Chaco
- los Yacimientos arqueológicos en
Punta Canal Ing. Maswicht, Partido de Escobar.
- la Comunidad Chuschugasta en
Tucumán
- la Comunidad Currumil Aluminé
Neuquén
- la Comunidad Toba del
Impenetrable Chaco...etc.
En todo el país la metodología usada en
igual medida ,por grupos privados y/o estatales , tiene una característica común :la
impunidad con que se avasalla cada uno de derechos ,con el silencio por omisión o
complicidad de quienes son responsables velar por el cumplimiento de las leyes que
hacen a una sociedad más justa.
Diversos organismos internacionales están
manifestando su preocupación , ante las innumerables denuncias realizadas por las
comunidades indígenas por desalojos violentos, militarización de los territorios
indígenas, maltrato, detenciones sin causa, destrucción de lugares sagrados de las
comunidades , destrucción de sus viviendas , uso de topadoras ,amedrentamiento
ejercido por las fuerzas militares ,policiales y grupos de civiles que actúan como
fuerzas para policiales ,no inclusión en los planes sociales ,etc..
Nuestro país ha adherido a los convenios
internacionales en defensa de los derechos de los pueblos, por los que asumió el
compromiso de respetar y hacer respetar los derechos a la no discriminación racial ,a
la posesión y propiedad de la tierra que tradicionalmente ocupan las comunidades
indígenas ,a ser respetadas sus creencias ,su idioma, etc. La frase "civilización y
barbarie" sirvió para justificar la intervención militar, los asesinatos, la esclavitud y el
despojo de la identidad sobre todos los pueblos que habitaban los territorios hasta la
llegada de los colonizadores.
La Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, el Comité para la eliminación de la discriminación racial ,son algunos de los
organismos preocupados por la falta de acciones efectivas ante los hechos sufridos por
los pueblos indígenas .Este organismo en el 76ª informe de sesiones realizó las
siguientes observaciones y recomendaciones al Estado parte (Argentina) en respuesta
al informe presentado por nuestro país según Art.9 de la Convención :
1-El Comité recomienda "...realice los
esfuerzos necesarios para lograr la efectiva y eficiente coordinación de todas las
instituciones creadas por el Estado parte para la defensa de los derechos humanos y el
combate a la discriminación racial"
2-"...que el Estado parte continúe
profundizando su debate para encontrar la mejor forma de lograr una adecuada
representación y participación indígena, en particular en los asuntos que les
atañe"
3-"...que el Estado parte tome las medidas
necesarias y efectivas para asegurar que la legislación que prohíbe los desalojos
forzosos se aplique por igual en todo el territorio nacional "."...Asimismo recomienda
que si se llega a determinar que es necesario llevar a cabo un desalojo,el Estado parte
vele por que las personas desalojadas de sus propiedades reciban una indemnización
adecuada y asegure lugares para la reubicaciones dotados de servicios básicos, como
agua potable ,electricidad, medios de lavado y saneamiento y servicios adecuados ,
entre otros escuelas, centros de atención primaria de la salud ..."
-...redoble los esfuerzos para asegurar la
plena participación indígena ,en especial la mujer ,en los asuntos públicos y tome las
medidas efectivas para asegurar que todos los pueblos indígenas participen en todos
los niveles de la administración pública"
Estas son algunas de las recomendaciones
del Comité para la eliminación de la discriminación racial (ampliar en página web del
CERD 16 de marzo 2010)
Por lo expuesto solicito a mis colegas
aprueben este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
QUIROZ, ELSA SIRIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
REYES, MARIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
FLORES, HECTOR | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia) |