PROYECTO DE TP
Expediente 1576-D-2012
Sumario: EXPRESAR SATISFACCION Y APOYO AL ACTO DE RECONOCIMIENTO DEL ESTADO URUGUAYO DE LA RESPONSABILIDAD INSTITUCIONAL POR LA DESAPARICION FORZADA DE MARIA CLAUDIA GARCIA IRURETAGOYENA DE GELMAN, OCURRIDA EN EL AÑO 1976.
Fecha: 27/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 18
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Expresar su satisfacción y apoyo
al acto de reconocimiento del Estado Uruguayo de la responsabilidad
institucional por la desaparición forzada de María Claudia García
Iruretagoyena de Gelman ocurrida en el año 1976.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Sr. Presidente de la
República hermana del Uruguay, D. José Mugica, ha llevado adelante un
acto político ante la Asamblea General del Parlamento de enorme
significado para la lucha por los derechos humanos, y para la ratificación de
la vigencia democrática en nuestra región latinoamericana.
Con la presencia de los tres
poderes del Estado, representantes de la oposición, autoridades militares,
organizaciones sociales, el poeta Juan Gleman y su nieta Macarena, más
otras víctimas del Terrorismo de Estado, el Presidente Mugica reconoció que
las instituciones del Estado Uruguayo fueron las responsables por la
desaparición forzada de María Claudia García de Gelman, pero también
reconoció que el Estado Uruguayo se convirtió en un Estado Terrorista y
cometió violaciones masivas y sistemáticas, incluso en alianza con otros
Estados a través del "Plan Condor".
Este acto político de
reconocimiento de responsabilidades tuvo lugar con motivo de una
sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que había
tratado el caso de María Claudia. Uruguay ya había avanzado en este
sentido al derogar en Octubre pasado, a través de sus representantes, la
"Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado", que constituía un
elemento de impunidad normativa.
Este tipo de reconocimientos
de responsabilidad, junto con la posibilidad de someter a juicio a los autores
de violaciones a derechos humanos, constituyen elementos cruciales para el
cumplimiento de las obligaciones de los Estados en materia de memoria,
verdad y justicia.
El caso de Uruguay viene a
sumarse al de otros países latinoamericanos como la Argentina, Brasil, Chile
y otros que han comprendido que la revisión del pasado en materia de
derechos humanos, es absolutamente necesaria para que nunca más
existan golpes de estado y gobiernos militares, y en el mismo sentido, para
la construcción permanente de las instituciones democráticas.
El cumplimiento
por parte de Uruguay de una sentencia de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos viene también a ratificar y consolidar la vigencia del
sistema interamericano de derechos humanos, que para la Argentina ha
sido tan útil, desde aquella visita in loco que realizó la CIDH en el año 1979,
hasta la derogación de la figura penal del desacato.
Todavía quedan muchas
acciones por implementar en nuestra región del cono sur en materia de
memoria, verdad y justicia en relación al período en el cual las dictaduras
militares violaron sistemáticamente los derechos humanos, pero la decisión
del Gobierno del Uruguay se suma a la tendencia en la región, algo que sin
dudas esta Honorable Cámara debe reconocer y apoyar.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PERIE, JULIA ARGENTINA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
24/04/2012 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0303/2012 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 9/2012; 1 FE DE ERRATAS | 07/05/2012 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 23/05/2012 | APROBADO |