PROYECTO DE TP
Expediente 1555-D-2015
Sumario: CODIGO PENAL. MODIFICACION DEL ARTICULO 193 BIS, SOBRE REALIZACION DE PRUEBAS DE VELOCIDADES O DESTREZAS.
Fecha: 08/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 24
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1º - Incorporase al
Artículo 193º bis del Código Penal, el siguiente párrafo, que quedará redactado de la
siguiente forma:
"ARTÍCULO 193º BIS: Será reprimido
con prisión de SEIS (6) meses a TRES (3) años e inhabilitación especial para
conducir por el doble del tiempo de la condena, el conductor que creare una situación
de peligro para la vida o la integridad física de las personas, mediante la
participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo automotor,
realizada sin la debida autorización de la autoridad competente.
La misma pena se aplicará a quien
organizare o promocionare la conducta prevista en el presente artículo, y a quien
posibilitare su realización por un tercero mediante la entrega de un vehículo de su
propiedad o confiado a su custodia, sabiendo que será utilizado para ese fin.
Será reprimido por el doble de la pena
establecida en el primer párrafo de éste artículo, quienes condujeren su vehículo
automotor habiendo ingerido alcohol en mayor cantidad de la permitida por ley o se
encuentren bajo los efectos del consumo de estupefacientes. También serán
reprimidos por el doble de la pena establecida en el primer párrafo de éste artículo
quienes con ánimo de lucro, organicen o promocionen pruebas de velocidad o
destreza automotor sin estar debidamente autorizados por la autoridad competente."
ARTICULO 2º - Comuníquese al
Poder Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley que
auspiciamos tiene por finalidad resguardar el bien más preciado que tiene en común
toda la sociedad, la vida.
Y ello, en el sentido más amplio que
puede tener su significado, en tanto representa preservar la propia, la de los seres más
cercanos y por supuesto, la ajena.
Sin duda alguna, la ley 26.362 que
incorporó al Código Penal el artículo 193 bis, ha sido un importante avance toda vez
que tipificó acertadamente, el delito de quienes ponen en riesgo la vida o la
integridad física de las personas mediante el uso de vehículos automotores con el fin
de realizar pruebas de velocidad o de destreza.
Ahora bien, la realidad
indica que desde hace ya varios años, el consumo de alcohol -particularmente en
los jóvenes- y las drogas han aumentado considerablemente. Pero también, la
organización de las denominadas "picadas" se ha convertido en un fenómeno ante el
cuál no podemos permanecer inermes y en las que en más de una ocasión, se ha
traducido en la muerte de algunas personas.
Ambas situaciones, ameritan que esta
Honorable Cámara considere tratar normas como la que proponemos, porque quienes
realizan pruebas de destreza en forma consciente -tal como hoy se desprende de la
redacción actual del artículo 193 bis- como quienes lo hagan bajo el uso de
estupefacientes o la ingesta considerable de alcohol -presupuesto fáctico no
contemplado en el artículo 193 bis- o las organicen con ánimo de lucro,
inevitablemente, están menospreciando la vida en el sentido más amplio y deben ser,
a nuestro juicio, más severamente penados
En consecuencia, entendemos razonada
y necesaria la modificación propuesta y pedimos a nuestros pares nos acompañen en
la sanción del proyecto de ley en cuestión.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MAC ALLISTER, CARLOS JAVIER | LA PAMPA | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
05/05/2015 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
26/05/2015 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen con disidencias |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2012/2015 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0075-D-2014, 0020-CD-2015, 0398-D-2014, 0534-D-2014, 0885-D-2014, 0607-D-2015, 0606-D-2015, 1238-D-2015, 1555-D-2015, 2006-D-2015, 2124-D-2015, 2195-D-2015, 2236-D-2015, 2393-D-2015, 2604-D-2015 y 2615-D-2015 | CON MODIFICACIONES; CON 2 DISIDENCIAS PARCIALES | 28/05/2015 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0075-D-2014, 0020-CD-2015, 0398-D-2014, 0534-D-2014, 0885-D-2014, 0607-D-2015, 0606-D-2015, 1238-D-2015, 1555-D-2015, 2006-D-2015, 2124-D-2015, 2195-D-2015, 2236-D-2015, 2393-D-2015, 2604-D-2015 y 2615-D-2015 | 10/06/2015 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0075-D-2014, 0020-CD-2015, 0398-D-2014, 0534-D-2014, 0885-D-2014, 0607-D-2015, 0606-D-2015, 1238-D-2015, 1555-D-2015, 2006-D-2015, 2124-D-2015, 2195-D-2015, 2236-D-2015, 2393-D-2015, 2604-D-2015 y 2615-D-2015 | 10/06/2015 | MEDIA SANCION |
Diputados | INSERCIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0075-D-2014, 0020-CD-2015, 0398-D-2014, 0534-D-2014, 0885-D-2014, 0607-D-2015, 0606-D-2015, 1238-D-2015, 1555-D-2015, 2006-D-2015, 2124-D-2015, 2195-D-2015, 2236-D-2015, 2393-D-2015, 2604-D-2015 y 2615-D-2015 | 10/06/2015 | |
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0075-D-2014, 0020-CD-2015, 0398-D-2014, 0534-D-2014, 0885-D-2014, 0607-D-2015, 0606-D-2015, 1238-D-2015, 1555-D-2015, 2006-D-2015, 2124-D-2015, 2195-D-2015, 2236-D-2015, 2393-D-2015, 2604-D-2015 y 2615-D-2015 | ||
Senado | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION O SUBSIGUIENTE CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0075-D-2014, 0020-CD-2015, 0398-D-2014, 0534-D-2014, 0885-D-2014, 0607-D-2015, 0606-D-2015, 1238-D-2015, 1555-D-2015, 2006-D-2015, 2124-D-2015, 2195-D-2015, 2236-D-2015, 2393-D-2015, 2604-D-2015, 2615-D-2015, 4090-S-2015, 0508-S-2016, 3163-S-2016, 4001-S-2016, 4102-S-2016 y 4274-S-2016 | 16/09/2015 | |
Senado | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0075-D-2014, 0020-CD-2015, 0398-D-2014, 0534-D-2014, 0885-D-2014, 0607-D-2015, 0606-D-2015, 1238-D-2015, 1555-D-2015, 2006-D-2015, 2124-D-2015, 2195-D-2015, 2236-D-2015, 2393-D-2015, 2604-D-2015, 2615-D-2015, 4090-S-2015, 0508-S-2016, 3163-S-2016, 4001-S-2016, 4102-S-2016 y 4274-S-2016 | 23/11/2016 | MEDIA SANCION |
Diputados | VUELVE A DIPUTADOS - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0075-D-2014, 0020-CD-2015, 0398-D-2014, 0534-D-2014, 0885-D-2014, 0607-D-2015, 0606-D-2015, 1238-D-2015, 1555-D-2015, 2006-D-2015, 2124-D-2015, 2195-D-2015, 2236-D-2015, 2393-D-2015, 2604-D-2015, 2615-D-2015, 4090-S-2015, 0508-S-2016, 3163-S-2016, 4001-S-2016, 4102-S-2016 y 4274-S-2016 | ||
Diputados | MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0075-D-2014, 0020-CD-2015, 0398-D-2014, 0534-D-2014, 0885-D-2014, 0607-D-2015, 0606-D-2015, 1238-D-2015, 1555-D-2015, 2006-D-2015, 2124-D-2015, 2195-D-2015, 2236-D-2015, 2393-D-2015, 2604-D-2015, 2615-D-2015, 4090-S-2015, 0508-S-2016, 3163-S-2016, 4001-S-2016, 4102-S-2016 y 4274-S-2016 | 22/12/2016 | |
Diputados | CONSIDERACION Y SANCION (INSISTENCIA DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS EN SU SANCION) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0075-D-2014, 0020-CD-2015, 0398-D-2014, 0534-D-2014, 0885-D-2014, 0607-D-2015, 0606-D-2015, 1238-D-2015, 1555-D-2015, 2006-D-2015, 2124-D-2015, 2195-D-2015, 2236-D-2015, 2393-D-2015, 2604-D-2015, 2615-D-2015, 4090-S-2015, 0508-S-2016, 3163-S-2016, 4001-S-2016, 4102-S-2016 y 4274-S-2016 | 22/12/2016 | SANCIONADO |
Diputados | INSERCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0075-D-2014, 0020-CD-2015, 0398-D-2014, 0534-D-2014, 0885-D-2014, 0607-D-2015, 0606-D-2015, 1238-D-2015, 1555-D-2015, 2006-D-2015, 2124-D-2015, 2195-D-2015, 2236-D-2015, 2393-D-2015, 2604-D-2015, 2615-D-2015, 4090-S-2015, 0508-S-2016, 3163-S-2016, 4001-S-2016, 4102-S-2016 y 4274-S-2016 | 22/12/2016 |