PROYECTO DE TP
Expediente 1555-D-2007
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LAS DECLARACIONES DE FUNCIONARIOS DEL "FONDO MONETARIO INTERNACIONAL", POR LAS CUALES SE DEBERIA PONER UN LIMITE MENOR AL 20 % A LOS AUMENTOS SALARIALES EN EL MARCO DE LAS NEGOCIACIONES COLECTIVAS.
Fecha: 16/04/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su repudio ante
las declaraciones efectuadas por funcionarios del Fondo Monetario
Internacional, que señalaron la necesidad de ponerle un límite menor
al 20% a los aumentos salariales en el marco de las negociaciones
colectivas de trabajo, las cuales resultan violatorias de derechos
consagrados en nuestra Constitución Nacional y en los Convenios Nos.
87 y 88 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificados
oportunamente por nuestro país.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Funcionarios del Fondo Monetario
Internacional han declarado su insatisfacción por la evolución de las negociaciones
colectivas de trabajo y no han hecho más que proponer la intervención del Estado
para frenar las aspiraciones de la clase trabajadora tal como lo acreditan los
principales medios de prensa del país.
Tales declaraciones no pueden
generar sino la indignación del pueblo argentino teniendo en cuenta la historia del
organismo y las intenciones detrás de unas palabras que buscan un efecto
calculado.
En primer lugar debemos tener en
cuenta la historia de las recomendaciones y mandatos del FMI hacia nuestro país.
Por un lado, este organismo fue el impulsor de las privatizaciones y la apertura
comercial indiscriminada y salvaje que generaron el desempleo masivo que llevó a
la miseria a millones de familias argentinas. Luego, promovió la privatización del
sistema jubilatorio que no hizo más que quebrar las finanzas del Estado y
adicionalmente fomentó la flexibilización laboral que creo la indigna e inmoral
modalidad de los contratos basura como única opción al abismo desesperante de
la desocupación.
Pero además debemos tener en
cuenta que las manifestaciones de este organismo sistemáticamente resultan
funcionales al sector financiero internacional. En este caso estas aseveraciones no
buscan sino eternizar el nivel extraordinario de ganancias de las empresas
multinacionales que invierten en el país y frenar así el virtuoso proceso de
redistribución del ingreso que se está dando en estos últimos años y al que todavía
le queda mucho camino por recorrer.
Cabe agregar que el tenor de las
declaraciones referidas resulta violatorio del artículo 14 bis de la CN, que consagra
el derecho de los trabajadores a percibir un salario digno. En el mismo sentido los
Convenios Nos. 87 y 88 de la OIT consagran los referidos derechos, así como la
intangibilidad del salario, para garantizar una remuneración digna.
Por todas estas razones, y con la
esperanza de que el pueblo argentino no vuelva a ser víctima de discursos
funcionales a intereses externos y funestos para la clase trabajadora, propongo
ante mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RECALDE, HECTOR PEDRO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
26/04/2007 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2177/2007 | 09/05/2007 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 06/06/2007 | APROBADO |