PROYECTO DE TP
Expediente 1528-D-2009
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO - LEY 20744 -. MODIFICACIONES, SOBRE LICENCIA POR DIA EN FAMILIA.
Fecha: 08/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 25
El Senado y Cámara de Diputados...
LICENCIA POR DÍA EN FAMILIA
Artículo 1°.- Incorpórase como
inciso f) del artículo 158 de la Ley N° 20.744, el siguiente texto:
"f) Para compartir con
su familia, un (1) día por trimestre, siendo un máximo de cuatro (4) días por año
calendario."
Artículo 2°.- Incorpórase como
artículo 161 bis de la Ley N° 20.744, el siguiente texto:
"Art. 161 bis. -Licencia
por día en familia.
A los efectos del
otorgamiento de la licencia a que alude el inciso f) del artículo 158, será requisito
que el trabajador o la trabajadora tenga hijos o hijas menores de 18 años de
edad.
Esta licencia tendrá
carácter irrenunciable".
Artículo 3º.-
De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A través del presente proyecto se
propone incorporar en la Ley de Contrato de Trabajo una licencia especial para que
el trabajador o la trabajadora puedan pasar un día en familia. Tan simple y tan
importante como eso.
Actualmente la Ley nº 20.744
contempla algunos días de licencia para casos especiales: nacimiento de hijo o hija,
matrimonio, fallecimiento de parientes, y para rendir examen. Casi la totalidad se
refiere a momentos importantes, fuertes, tanto de inicio como de fin de proceso. El
caso atípico, el que desentona, es el de la licencia por examen. Nuestra propuesta
sigue el modelo de esta última licencia, pero apunta a la importancia de todas las
otras.
Uno se ausenta del trabajo porque nace
un hijo o una hija, porque contrae matrimonio, porque muere alguien de su familia...
pero jamás puede hacerlo para compartir un día con ellos, encontrarse, pasarla bien,
vivir juntos que es, realmente, lo importante. En cambio si tiene que estudiar un día
e ir a rendir al día siguiente puede faltar dos días seguidos, pudiendo totalizar un
total de diez ausencias anuales por esta causa.
Nuestra propuesta es más humilde.
Esperamos que el trabajador o la trabajadora puedan tomarse un día cada tres
meses, contabilizando apenas cuatro días en total al año, para pasar el día en
familia. Una salida al aire libre, una visita cultural, una tarde de juegos, un
desayuno todos juntos... o lo que se nos ocurra, pero en familia. Somos conscientes
que actualmente los días no laborables son días de descanso, de recuperarse, para
seguir trabajando. Este proyecto propone un cambio cultural: dedicar un día laboral
a estar en familia.
En principio, hay una restricción para su
acceso: tener hijos menores de 18 años. Creemos, a la par, que 4 días al año no
afecta negativamente la productividad de una empresa. Es más, hay argumentos que
nos llevan a pensar lo contrario: un trabajador o una trabajadora feliz, con más
tiempo de disfrute familiar, rinde más y mejor, se enferma menos, crea otro clima de
trabajo, todo lo que redunda en beneficios laborales.
Los argentinos otorgamos la máxima
valoración a la familia. Sin perjuicio de nuestras propias vivencias que así lo
reafirman, hay diversas encuestas que lo confirman. Una de ellas, publicada en los
matutinos "La Nación" y "Clarín" el día 28 de diciembre de 2005, dice que para el 80
% de los argentinos la familia es el eje en el que debería estar centrada la sociedad.
Inclusive el 48 % de las personas opina que la solución de fondo para evitar
problemas sociales como la delincuencia juvenil, las adicciones y la violencia, se
encuentra en que el Estado adopte políticas que promuevan la vida familiar.
Alarmante es que 69 % de los individuos considere que la calidad de vida familiar es
más débil que hace treinta años y que el 46 % conciba que se debilitará aún más en
el futuro.
La familia es un valor apreciado por
nuestro pueblo. El hogar sigue siendo el lugar privilegiado de encuentro de las
personas donde, en lo cotidiano, se recrea el sentido de pertenencia. Gracias a los
afectos auténticos de nupcialidad, paternidad y maternidad, filiación y fraternidad,
aprendemos a sostenernos mutuamente en las dificultades, a comprendernos y
perdonarnos, a acompañar a las niñas, los niños, los adolescentes y a los jóvenes, a
tener en cuenta, valorar y querer a los abuelos y a las personas con capacidades
diferentes. Cuando hay familia, se expresan verdaderamente el amor y la ternura, se
comparten las alegrías haciendo fiesta y sus miembros se solidarizan ante las
dificultades cotidianas, la angustia del sufrimiento, y el dolor que provoca la
enfermedad y la muerte.
La familia es una comunidad de
personas, la célula social más pequeña y, como tal, es una institución fundamental
para la vida de toda sociedad. ¿Qué espera de la sociedad? Ante todo que sea
reconocida su identidad y aceptada su naturaleza de sujeto social. Esto supone que
se debe ayudar a las personas a tener un auténtico proyecto de vida, que incluya
alimento, vivienda, trabajo, salud, educación, posibilidad de reunir a la familia y vivir
dignamente. Y esto implica, necesariamente, una igualdad real de
oportunidades.
Desde este marco, y partiendo siempre
del valor y la importancia que tiene la familia en el proceso de realización personal
de sus integrantes, es fundamental que se tengan en cuenta los siguientes
aspectos:
1. La familia es la unidad básica y
esencial de la organización social, brindando un entorno especial para el desarrollo
natural y realización personal de todos los que forman parte de ella.
2. Es la institución social fundamental
que une a las personas vinculadas por nacimiento o por elección en un hogar y una
unidad doméstica.
Se sabe que el medio social que más
directamente influye sobre el niño, la niña y el adolescente es la familia. Ella es la
que define conductas, permite el crecimiento psicosocial, asegura la individualización,
determina la autoestima, el respeto, y facilita la interacción.
En los primeros años de vida los
acontecimientos relacionados con la familia son los más importantes. La familia es
pieza clave para promover hábitos y conductas saludables, es la que influirá
positivamente en el rendimiento escolar de sus hijos disminuyendo el riesgo del
fracaso escolar y de la deserción, por lo que es fundamental, imprescindible, tener
en cuenta la familia que generará personas educadas, competentes para su posterior
desenvolvimiento en el mundo productivo social y cultural.
Desde el punto de vista de la salud,
hacia finales del siglo XX, comenzamos a hablar de Medicina Familiar. Se reconoció
por investigaciones científicas y sociales que muchas de las patologías o
enfermedades que se han ido desarrollando en las personas eran producto y tenían
su origen en problemáticas familiares, no sólo las de origen infectocontagiosas,
cancerígenas o hereditarias de otra etiología, sino, y fundamentalmente, las de orden
emocional y social, que se tradujeron en enfermedades tan importantes llegando
incluso a la muerte.
Lamentablemente en nuestro país se ha
desvirtuado el verdadero sentido de la medicina familiar o el médico de familia, pues
se corre detrás de atenciones de la Seguridad Social o el sistema privado, donde lo
único que se miden son costos y no la atención integral de la salud. Pero insistiendo
en la Medicina de Familia, nos planteamos: ¿por qué es importante la salud familiar?.
Porque la familia es:
•Primera en el tiempo: la niña ó niño
nace en ella
•Primera en espacio: el niño establece
en ella los vínculos afectivos primarios.
•Primera en significación: las actitudes
que los padres adopten frente a la vida social, emocional, física y espiritual es
recibida y resignificada por ellos.
La familia se constituye en un centro de
salud integral para sus integrantes. Es necesario para evitar patologías emergentes
como depresión y distress, que se puedan facilitar al trabajador estos días
especiales, de compartir y disfrutar en comunicación plena con los afectos más
cercanos. La falta de comunicación entre padres e hijos, y entre la pareja, son los
mayores problemas de las consultas médicas, porque como se suele decir entre los
profesionales de la salud, "no hay enfermedades sino enfermos". Las personas casi
en un 90% se enferman porque se encuentra debilitado su sistema inmunológico,
por cuestiones que casi siempre tienen que ver con situaciones emocionales de base.
Por esta razón creemos importante que el trabajador y la trabajadora sean
beneficiados con estos días especiales por la salud de ellos como así también la de
su familia.
Este proyecto de ley, que se pone a
consideración, contempla la tensión que se produce entre lo laboral y lo familiar. En
nuestra sociedad, y en el transcurso de los años, han aparecido grandes dificultades
a raíz de no poder compartir momentos esenciales de la vida en familia.
Es necesario tener presente el gran
número de familias monoparentales, como así también los casos de familias en
donde los padres conviven con sus hijos y ambos trabajan, entre otros tantos
ejemplos actuales. Una mujer que es jefa de hogar, y que está todo el día fuera de
su casa para conseguir el sustento diario, difícilmente pueda disfrutar de un día con
sus hijos. Estas realidades deben ser contempladas por la normativa laboral. Este
proyecto propone modificar la ley de contrato de trabajo a fin de contemplar una
licencia especial, en resguardo de las relaciones familiares.
En Síntesis:
1. La familia se caracteriza por sus
relaciones de intimidad, solidaridad y duración, por lo que se constituye en un agente
estabilizador. Es un factor de causa, predisposición y contribución para el desarrollo
emocional e intelectual de sus miembros.
2. De acuerdo a las Naciones Unidas
(1988) las funciones y acciones de la familia son prioritarias para el desarrollo de sus
miembros y el funcionamiento de la sociedad: desarrollar y socializar a sus hijos
brindándole cuidado, amor, alimento, satisfacción de las necesidades y un medio
intelectual, emocional e interpersonal adecuado para favorecer el bienestar
psicosocial.
3. Una familia con un funcionamiento
adecuado (familia funcional) promueve el desarrollo integral de los miembros y
puede lograr el mantenimiento de estados de salud favorables. Una familia con
funcionamiento inadecuado, o familia disfuncional, se convierte en factor de riesgo
que puede propiciar aparición de síntomas y enfermedades en sus miembros.
Por todo lo expresado, y teniendo en
cuenta el valor que tiene la familia, es que cada uno, desde los lugares donde nos
toque actuar, debemos trabajar para potenciar el mayor número de familias
funcionales y desarrollar proyectos y programas que contribuyan a modificar
situaciones de las familias disfuncionales.
La familia es la institución fundamental
de nuestra convivencia. Su respaldo y protección debe constituir el objetivo
primordial de nuestra Sociedad y del Estado promoviéndose, en forma prioritaria y
vigorosa, su pleno desarrollo.
El disfrute pleno de los derechos
humanos fundamentales, dentro del contexto de la familia y en el de la sociedad, es
el único punto de partida viable para un acercamiento a la realidad multiforme que
constituye hoy la familia.
Esta iniciativa es un desafío para llevar
a cabo las necesarias estrategias y efectivas políticas públicas que definan y
enmarquen lo más valioso que tiene una sociedad: la familia, bajo la fundamental
premisa que la función de Estado debe estar orientada hacia ella, verdadera cuna y
gestora de la persona y del desarrollo nacional.
Algunas leyes especiales establecen
licencias por prácticas religiosas o, por ejemplo, para casos específicos como un
trabajador que es bombero voluntario y debe prestar servicios de urgencia como tal.
La ley actual, en cambio, no admite un solo día que el trabajador pueda solicitar una
licencia para pasar el día con la familia. Es necesario entonces, modificar nuestra Ley
de Contrato de Trabajo con el objetivo de asegurar un sano equilibrio entre lo
familiar y lo laboral.
Es nuestra obligación como argentinos y
legisladores de la Nación apoyar, fortalecer y proteger a la familia. Por lo tanto, no
podemos eludir nuestro compromiso para desarrollar políticas que faciliten su
estabilidad, calidad de vida, autonomía y bienestar y que, en consecuencia, eliminen
al máximo posible los obstáculos o dificultades que afectan directamente su pleno
desarrollo.
Con el impulso y
aprobación de esta ley estaremos cumpliendo y preservando lo que nuestra Carta
Magna, a través de su artículo 14 bis, textualmente ordena: "...En especial, la ley
establecerá: ... la protección integral de la familia ...".
Además, el artículo 75 inc. 22 de
nuestra Constitución Nacional incorpora y otorga jerarquía constitucional a una serie
de instrumentos internacionales que refuerzan todo lo dicho anteriormente. Citamos
a continuación los textos más importantes al respecto:
Declaración Universal de
Derechos Humanos
Artículo 16, inciso 3: "La
familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la
protección de la sociedad y del Estado".
Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos
Artículo 23, inciso 1: "La
familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la
protección de la sociedad y del Estado.
Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Artículo 10: "Los Estados
Partes en el presente Pacto reconocen que:
1. Se debe conceder a la
familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad, la más amplia
protección y asistencia posibles, especialmente para su constitución y mientras sea
responsable del cuidado y la educación de los hijos a su cargo..."
Convención Americana de
Derechos Humanos
Artículo 17, inciso 1: "La
familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por
la sociedad y el Estado"
Convención sobre los Derechos del
Niño
Artículo 3, inciso 2: "Los
Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que
sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus
padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin,
tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas".
Artículo 5: "Los Estados
Partes respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres o,
en su caso, de los miembros de la familia ampliada o de la comunidad, según
establezca la costumbre local, de los tutores u otras personas encargadas legalmente
del niño de impartirle, en consonancia con la evolución de sus facultades, dirección y
orientación apropiadas para que el niño ejerza los derechos reconocidos en la
presente Convención".
Artículo 18, incisos 1 y 2:
"1. Los Estados Partes
pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que
ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el
desarrollo del niño. Incumbirá a los padres o, en su caso, a los representantes
legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño. Su
preocupación fundamental será el interés superior del niño.
2. A los efectos de
garantizar y promover los derechos enunciados en la presente Convención, los
Estados Partes prestarán la asistencia apropiada a los padres y a los representantes
legales para el desempeño de sus funciones en lo que respecta a la crianza del niño
y velarán por la creación de instituciones, instalaciones y servicios para el cuidado de
los niños".
Artículo 27, incisos 1, 2 y 3:
"1. Los Estados Partes
reconocen el derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado para su desarrollo
físico, mental, espiritual, moral y social.
2. A los padres u otras
personas encargadas del niño les incumbe la responsabilidad primordial de
proporcionar, dentro de sus posibilidades y medios económicos, las condiciones de
vida que sean necesarias para el desarrollo del niño.
3. Los Estados Partes,
de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios, adoptarán
medidas apropiadas para ayudar a los padres y a otras personas responsables por el
niño a dar efectividad a este derecho y, en caso necesario, proporcionarán asistencia
material y programas de apoyo, particularmente con respecto a la nutrición, el
vestuario y la vivienda."
Artículo 31, inciso
"1. Los Estados Partes
reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las
actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida
cultural y en las artes.
2. Los Estados Partes
respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en la vida
cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de
igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de
esparcimiento".
Para ir finalizando rescatamos algunas
de las conclusiones a las que se ha arribado en la investigación volcada en la obra
"Bases Para La Elaboración de Políticas Familiares En La Argentina", editada por el
Honorable Senado de la Nación:
"...Las familias, los
empresarios y los gobiernos de los países desarrollados están reevaluando el rol de
la familia y la economía que se había perdido de vista en sus políticas e ideologías
promovidas desde los 50. Los padres buscan activamente alternativas que hagan las
obligaciones de la familia y del trabajo compatibles. El rol del padre se ha vuelto a
enfatizar. La madre sola no es suficiente. La mujer y el hombre se benefician cuando
las condiciones de trabajo toman en cuenta la familia. Todavía hay una necesidad de
reevaluar la estructura del trabajo en términos de familia... Es importante acordarse
de que muchas veces los beneficios no se perciben en el corto plazo sino en el largo
plazo. El hombre por naturaleza es sociable y la familia es la unidad orgánica social
básica y principal manifestación de esta sociabilidad. Y por lo tanto, si la familia se
desmorona la sociedad se debilita. La consecuencia es evidente en los hijos que, por
ejemplo, demuestran un rendimiento escolar favorable cuando crecen en una familia
funcional...La educación de la población es de fundamental importancia para el
desarrollo y la calidad del capital humano y social. Estas son las razones por lo que
las políticas familiares, como políticas de Estado, han comenzado a proliferar en
muchos países del mundo".
Concluimos que, en atención a que la
defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la
sociedad y el Estado, y a que la familia es el primer ámbito de protección y desarrollo
de la persona, las políticas de protección, apoyo y promoción de la familia se
encuentran entre las de más alta prioridad del Estado. La familia es la institución
fundamental de la sociedad, su unidad básica, primer espacio de socialización del ser
humano en que se generan derechos, deberes y relaciones, orientados al bienestar y
desarrollo integral de las personas y donde se aprenden valores fundamentales para
la convivencia social como la solidaridad y la búsqueda del bien común.
Trabajar por el fortalecimiento de la
familia y su protección integral es crear un presente y un futuro sólido que promueva
la dignificación de las personas y de nuestra sociedad. De todo lo anteriormente
dicho se desprende que es imprescindible el impulso de políticas públicas con
perspectiva de familia.
Es por todas estas razones que
solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ACUÑA, HUGO RODOLFO | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
21/09/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
09/11/2010 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |