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PROYECTO DE TP


Expediente 1528-D-2009
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO - LEY 20744 -. MODIFICACIONES, SOBRE LICENCIA POR DIA EN FAMILIA.
Fecha: 08/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 25
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


LICENCIA POR DÍA EN FAMILIA
Artículo 1°.- Incorpórase como inciso f) del artículo 158 de la Ley N° 20.744, el siguiente texto:
"f) Para compartir con su familia, un (1) día por trimestre, siendo un máximo de cuatro (4) días por año calendario."
Artículo 2°.- Incorpórase como artículo 161 bis de la Ley N° 20.744, el siguiente texto:
"Art. 161 bis. -Licencia por día en familia.
A los efectos del otorgamiento de la licencia a que alude el inciso f) del artículo 158, será requisito que el trabajador o la trabajadora tenga hijos o hijas menores de 18 años de edad.
Esta licencia tendrá carácter irrenunciable".
Artículo 3º.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A través del presente proyecto se propone incorporar en la Ley de Contrato de Trabajo una licencia especial para que el trabajador o la trabajadora puedan pasar un día en familia. Tan simple y tan importante como eso.
Actualmente la Ley nº 20.744 contempla algunos días de licencia para casos especiales: nacimiento de hijo o hija, matrimonio, fallecimiento de parientes, y para rendir examen. Casi la totalidad se refiere a momentos importantes, fuertes, tanto de inicio como de fin de proceso. El caso atípico, el que desentona, es el de la licencia por examen. Nuestra propuesta sigue el modelo de esta última licencia, pero apunta a la importancia de todas las otras.
Uno se ausenta del trabajo porque nace un hijo o una hija, porque contrae matrimonio, porque muere alguien de su familia... pero jamás puede hacerlo para compartir un día con ellos, encontrarse, pasarla bien, vivir juntos que es, realmente, lo importante. En cambio si tiene que estudiar un día e ir a rendir al día siguiente puede faltar dos días seguidos, pudiendo totalizar un total de diez ausencias anuales por esta causa.
Nuestra propuesta es más humilde. Esperamos que el trabajador o la trabajadora puedan tomarse un día cada tres meses, contabilizando apenas cuatro días en total al año, para pasar el día en familia. Una salida al aire libre, una visita cultural, una tarde de juegos, un desayuno todos juntos... o lo que se nos ocurra, pero en familia. Somos conscientes que actualmente los días no laborables son días de descanso, de recuperarse, para seguir trabajando. Este proyecto propone un cambio cultural: dedicar un día laboral a estar en familia.
En principio, hay una restricción para su acceso: tener hijos menores de 18 años. Creemos, a la par, que 4 días al año no afecta negativamente la productividad de una empresa. Es más, hay argumentos que nos llevan a pensar lo contrario: un trabajador o una trabajadora feliz, con más tiempo de disfrute familiar, rinde más y mejor, se enferma menos, crea otro clima de trabajo, todo lo que redunda en beneficios laborales.
Los argentinos otorgamos la máxima valoración a la familia. Sin perjuicio de nuestras propias vivencias que así lo reafirman, hay diversas encuestas que lo confirman. Una de ellas, publicada en los matutinos "La Nación" y "Clarín" el día 28 de diciembre de 2005, dice que para el 80 % de los argentinos la familia es el eje en el que debería estar centrada la sociedad. Inclusive el 48 % de las personas opina que la solución de fondo para evitar problemas sociales como la delincuencia juvenil, las adicciones y la violencia, se encuentra en que el Estado adopte políticas que promuevan la vida familiar. Alarmante es que 69 % de los individuos considere que la calidad de vida familiar es más débil que hace treinta años y que el 46 % conciba que se debilitará aún más en el futuro.
La familia es un valor apreciado por nuestro pueblo. El hogar sigue siendo el lugar privilegiado de encuentro de las personas donde, en lo cotidiano, se recrea el sentido de pertenencia. Gracias a los afectos auténticos de nupcialidad, paternidad y maternidad, filiación y fraternidad, aprendemos a sostenernos mutuamente en las dificultades, a comprendernos y perdonarnos, a acompañar a las niñas, los niños, los adolescentes y a los jóvenes, a tener en cuenta, valorar y querer a los abuelos y a las personas con capacidades diferentes. Cuando hay familia, se expresan verdaderamente el amor y la ternura, se comparten las alegrías haciendo fiesta y sus miembros se solidarizan ante las dificultades cotidianas, la angustia del sufrimiento, y el dolor que provoca la enfermedad y la muerte.
La familia es una comunidad de personas, la célula social más pequeña y, como tal, es una institución fundamental para la vida de toda sociedad. ¿Qué espera de la sociedad? Ante todo que sea reconocida su identidad y aceptada su naturaleza de sujeto social. Esto supone que se debe ayudar a las personas a tener un auténtico proyecto de vida, que incluya alimento, vivienda, trabajo, salud, educación, posibilidad de reunir a la familia y vivir dignamente. Y esto implica, necesariamente, una igualdad real de oportunidades.
Desde este marco, y partiendo siempre del valor y la importancia que tiene la familia en el proceso de realización personal de sus integrantes, es fundamental que se tengan en cuenta los siguientes aspectos:
1. La familia es la unidad básica y esencial de la organización social, brindando un entorno especial para el desarrollo natural y realización personal de todos los que forman parte de ella.
2. Es la institución social fundamental que une a las personas vinculadas por nacimiento o por elección en un hogar y una unidad doméstica.
Se sabe que el medio social que más directamente influye sobre el niño, la niña y el adolescente es la familia. Ella es la que define conductas, permite el crecimiento psicosocial, asegura la individualización, determina la autoestima, el respeto, y facilita la interacción.
En los primeros años de vida los acontecimientos relacionados con la familia son los más importantes. La familia es pieza clave para promover hábitos y conductas saludables, es la que influirá positivamente en el rendimiento escolar de sus hijos disminuyendo el riesgo del fracaso escolar y de la deserción, por lo que es fundamental, imprescindible, tener en cuenta la familia que generará personas educadas, competentes para su posterior desenvolvimiento en el mundo productivo social y cultural.
Desde el punto de vista de la salud, hacia finales del siglo XX, comenzamos a hablar de Medicina Familiar. Se reconoció por investigaciones científicas y sociales que muchas de las patologías o enfermedades que se han ido desarrollando en las personas eran producto y tenían su origen en problemáticas familiares, no sólo las de origen infectocontagiosas, cancerígenas o hereditarias de otra etiología, sino, y fundamentalmente, las de orden emocional y social, que se tradujeron en enfermedades tan importantes llegando incluso a la muerte.
Lamentablemente en nuestro país se ha desvirtuado el verdadero sentido de la medicina familiar o el médico de familia, pues se corre detrás de atenciones de la Seguridad Social o el sistema privado, donde lo único que se miden son costos y no la atención integral de la salud. Pero insistiendo en la Medicina de Familia, nos planteamos: ¿por qué es importante la salud familiar?. Porque la familia es:
•Primera en el tiempo: la niña ó niño nace en ella
•Primera en espacio: el niño establece en ella los vínculos afectivos primarios.
•Primera en significación: las actitudes que los padres adopten frente a la vida social, emocional, física y espiritual es recibida y resignificada por ellos.
La familia se constituye en un centro de salud integral para sus integrantes. Es necesario para evitar patologías emergentes como depresión y distress, que se puedan facilitar al trabajador estos días especiales, de compartir y disfrutar en comunicación plena con los afectos más cercanos. La falta de comunicación entre padres e hijos, y entre la pareja, son los mayores problemas de las consultas médicas, porque como se suele decir entre los profesionales de la salud, "no hay enfermedades sino enfermos". Las personas casi en un 90% se enferman porque se encuentra debilitado su sistema inmunológico, por cuestiones que casi siempre tienen que ver con situaciones emocionales de base. Por esta razón creemos importante que el trabajador y la trabajadora sean beneficiados con estos días especiales por la salud de ellos como así también la de su familia.
Este proyecto de ley, que se pone a consideración, contempla la tensión que se produce entre lo laboral y lo familiar. En nuestra sociedad, y en el transcurso de los años, han aparecido grandes dificultades a raíz de no poder compartir momentos esenciales de la vida en familia.
Es necesario tener presente el gran número de familias monoparentales, como así también los casos de familias en donde los padres conviven con sus hijos y ambos trabajan, entre otros tantos ejemplos actuales. Una mujer que es jefa de hogar, y que está todo el día fuera de su casa para conseguir el sustento diario, difícilmente pueda disfrutar de un día con sus hijos. Estas realidades deben ser contempladas por la normativa laboral. Este proyecto propone modificar la ley de contrato de trabajo a fin de contemplar una licencia especial, en resguardo de las relaciones familiares.
En Síntesis:
1. La familia se caracteriza por sus relaciones de intimidad, solidaridad y duración, por lo que se constituye en un agente estabilizador. Es un factor de causa, predisposición y contribución para el desarrollo emocional e intelectual de sus miembros.
2. De acuerdo a las Naciones Unidas (1988) las funciones y acciones de la familia son prioritarias para el desarrollo de sus miembros y el funcionamiento de la sociedad: desarrollar y socializar a sus hijos brindándole cuidado, amor, alimento, satisfacción de las necesidades y un medio intelectual, emocional e interpersonal adecuado para favorecer el bienestar psicosocial.
3. Una familia con un funcionamiento adecuado (familia funcional) promueve el desarrollo integral de los miembros y puede lograr el mantenimiento de estados de salud favorables. Una familia con funcionamiento inadecuado, o familia disfuncional, se convierte en factor de riesgo que puede propiciar aparición de síntomas y enfermedades en sus miembros.
Por todo lo expresado, y teniendo en cuenta el valor que tiene la familia, es que cada uno, desde los lugares donde nos toque actuar, debemos trabajar para potenciar el mayor número de familias funcionales y desarrollar proyectos y programas que contribuyan a modificar situaciones de las familias disfuncionales.
La familia es la institución fundamental de nuestra convivencia. Su respaldo y protección debe constituir el objetivo primordial de nuestra Sociedad y del Estado promoviéndose, en forma prioritaria y vigorosa, su pleno desarrollo.
El disfrute pleno de los derechos humanos fundamentales, dentro del contexto de la familia y en el de la sociedad, es el único punto de partida viable para un acercamiento a la realidad multiforme que constituye hoy la familia.
Esta iniciativa es un desafío para llevar a cabo las necesarias estrategias y efectivas políticas públicas que definan y enmarquen lo más valioso que tiene una sociedad: la familia, bajo la fundamental premisa que la función de Estado debe estar orientada hacia ella, verdadera cuna y gestora de la persona y del desarrollo nacional.
Algunas leyes especiales establecen licencias por prácticas religiosas o, por ejemplo, para casos específicos como un trabajador que es bombero voluntario y debe prestar servicios de urgencia como tal. La ley actual, en cambio, no admite un solo día que el trabajador pueda solicitar una licencia para pasar el día con la familia. Es necesario entonces, modificar nuestra Ley de Contrato de Trabajo con el objetivo de asegurar un sano equilibrio entre lo familiar y lo laboral.
Es nuestra obligación como argentinos y legisladores de la Nación apoyar, fortalecer y proteger a la familia. Por lo tanto, no podemos eludir nuestro compromiso para desarrollar políticas que faciliten su estabilidad, calidad de vida, autonomía y bienestar y que, en consecuencia, eliminen al máximo posible los obstáculos o dificultades que afectan directamente su pleno desarrollo.
Con el impulso y aprobación de esta ley estaremos cumpliendo y preservando lo que nuestra Carta Magna, a través de su artículo 14 bis, textualmente ordena: "...En especial, la ley establecerá: ... la protección integral de la familia ...".
Además, el artículo 75 inc. 22 de nuestra Constitución Nacional incorpora y otorga jerarquía constitucional a una serie de instrumentos internacionales que refuerzan todo lo dicho anteriormente. Citamos a continuación los textos más importantes al respecto:
Declaración Universal de Derechos Humanos
Artículo 16, inciso 3: "La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado".
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Artículo 23, inciso 1: "La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Artículo 10: "Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que:
1. Se debe conceder a la familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad, la más amplia protección y asistencia posibles, especialmente para su constitución y mientras sea responsable del cuidado y la educación de los hijos a su cargo..."
Convención Americana de Derechos Humanos
Artículo 17, inciso 1: "La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por la sociedad y el Estado"
Convención sobre los Derechos del Niño
Artículo 3, inciso 2: "Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas".
Artículo 5: "Los Estados Partes respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres o, en su caso, de los miembros de la familia ampliada o de la comunidad, según establezca la costumbre local, de los tutores u otras personas encargadas legalmente del niño de impartirle, en consonancia con la evolución de sus facultades, dirección y orientación apropiadas para que el niño ejerza los derechos reconocidos en la presente Convención".
Artículo 18, incisos 1 y 2:
"1. Los Estados Partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño. Incumbirá a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño. Su preocupación fundamental será el interés superior del niño.
2. A los efectos de garantizar y promover los derechos enunciados en la presente Convención, los Estados Partes prestarán la asistencia apropiada a los padres y a los representantes legales para el desempeño de sus funciones en lo que respecta a la crianza del niño y velarán por la creación de instituciones, instalaciones y servicios para el cuidado de los niños".
Artículo 27, incisos 1, 2 y 3:
"1. Los Estados Partes reconocen el derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.
2. A los padres u otras personas encargadas del niño les incumbe la responsabilidad primordial de proporcionar, dentro de sus posibilidades y medios económicos, las condiciones de vida que sean necesarias para el desarrollo del niño.
3. Los Estados Partes, de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios, adoptarán medidas apropiadas para ayudar a los padres y a otras personas responsables por el niño a dar efectividad a este derecho y, en caso necesario, proporcionarán asistencia material y programas de apoyo, particularmente con respecto a la nutrición, el vestuario y la vivienda."
Artículo 31, inciso
"1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.
2. Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en la vida cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento".
Para ir finalizando rescatamos algunas de las conclusiones a las que se ha arribado en la investigación volcada en la obra "Bases Para La Elaboración de Políticas Familiares En La Argentina", editada por el Honorable Senado de la Nación:
"...Las familias, los empresarios y los gobiernos de los países desarrollados están reevaluando el rol de la familia y la economía que se había perdido de vista en sus políticas e ideologías promovidas desde los 50. Los padres buscan activamente alternativas que hagan las obligaciones de la familia y del trabajo compatibles. El rol del padre se ha vuelto a enfatizar. La madre sola no es suficiente. La mujer y el hombre se benefician cuando las condiciones de trabajo toman en cuenta la familia. Todavía hay una necesidad de reevaluar la estructura del trabajo en términos de familia... Es importante acordarse de que muchas veces los beneficios no se perciben en el corto plazo sino en el largo plazo. El hombre por naturaleza es sociable y la familia es la unidad orgánica social básica y principal manifestación de esta sociabilidad. Y por lo tanto, si la familia se desmorona la sociedad se debilita. La consecuencia es evidente en los hijos que, por ejemplo, demuestran un rendimiento escolar favorable cuando crecen en una familia funcional...La educación de la población es de fundamental importancia para el desarrollo y la calidad del capital humano y social. Estas son las razones por lo que las políticas familiares, como políticas de Estado, han comenzado a proliferar en muchos países del mundo".
Concluimos que, en atención a que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado, y a que la familia es el primer ámbito de protección y desarrollo de la persona, las políticas de protección, apoyo y promoción de la familia se encuentran entre las de más alta prioridad del Estado. La familia es la institución fundamental de la sociedad, su unidad básica, primer espacio de socialización del ser humano en que se generan derechos, deberes y relaciones, orientados al bienestar y desarrollo integral de las personas y donde se aprenden valores fundamentales para la convivencia social como la solidaridad y la búsqueda del bien común.
Trabajar por el fortalecimiento de la familia y su protección integral es crear un presente y un futuro sólido que promueva la dignificación de las personas y de nuestra sociedad. De todo lo anteriormente dicho se desprende que es imprescindible el impulso de políticas públicas con perspectiva de familia.
Es por todas estas razones que solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ACUÑA, HUGO RODOLFO NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
21/09/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
09/11/2010 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría