PROYECTO DE TP
Expediente 1526-D-2010
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA NEGATIVA DEL GOBIERNO NACIONAL A BRINDAR INFORMACION SOBRE LOS GASTOS EJECUTADOS EN MATERIA DE PUBLICIDAD OFICIAL.
Fecha: 26/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su más enérgico repudio y
preocupación por la negativa del Gobierno Nacional a brindar información sobre
los gastos que el Estado Nacional ejecuta en materia de publicidad oficial, a la
Fundación Poder Ciudadano y a la Asociación por los Derechos Civiles, en el
marco del Decreto 1172/03 que garantiza a la ciudadanía el acceso a la
información pública.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Diversos medios periodísticos
difundieron una denuncia de las organizaciones no gubernamentales Fundación
Poder Ciudadano y Asociación por los Derechos Civiles, que da cuenta de la
negativa del Poder Ejecutivo Nacional de brindar información sobre los gastos
totales del gobierno en materia de publicidad oficial durante el segundo
semestre de 2009.
La respuesta por parte del Jefatura
de Gabinete de Ministros decía que "...la información solicitada refiere a
personas de existencia ideal..." y por ende les es aplicable la garantías previstas
por la ley 25.326, de protección de datos personales.
Desde hace años, el Gobierno
Nacional brinda información a ambas organizaciones. Este año se las negó, lo
que produjo que la Asociación por los Derechos Civiles presentara una medida
judicial en respuesta a la decisión gubernamental.
La organización explica los
objetivos perseguidos en su solicitud, mediante una nota de opinión publicada
en el Diario La Nación, por la Directora del Programa Libertad de Expresión,
Eleonora Rabinovich quien sostiene que "....hemos solicitado datos sobre
publicidad oficial a la Secretaria de Medios de Comunicación (...) y concentra la
mayor parte del manejo de la pauta a nivel nacional. Nos impulsaban las
sospechas y acusaciones sobre el manejo arbitrario de estos fondos del
Gobierno".
De igual forma la controversia en
torno al acceso a la información pública fue ratificada a propósito de la
concurrencia de dicha organización a la reunión ordinaria que la Comisión de
Libertad de Expresión realizara el día 25 de marzo de 2010.
Es tanto la Fundación Poder
Ciudadano, también relató ante la presencia de los Diputados Nacionales
integrantes de la Comisión de Libertad de Expresión reunidos el mismo 25 de
marzo, la negativa que el Ejecutivo ha tenido para con su organización ante la
solicitud de información sobre los usos de los recursos en publicidad
oficial.
Lo paradojal resulta, en este caso,
que esta Ong. contaba incluso con una aplicación desde su página web
www.poderciudadano.org.ar, denominada como "Base de Datos de Publicidad
Oficial", en la que publicaba toda la información que la Jefatura de Gabinete de
Ministros le enviaba referida a los usos de los recursos en publicidad oficial
hasta el año pasado.
Si bien esta negativa a brindar
información pública a la Asociación por los Derechos Civiles y a la Fundación
Poder Ciudadano por parte del Ejecutivo es la primera vez que ocurre, deben
generarse todas las actuaciones que correspondan de manera de evitar que la
situación vuelva a repetirse.
La negación al acceso a la
información pública constituye una flagrante violación al derecho de
información. Si los ciudadanos no tienen acceso a la información que por
derecho propio les asiste, si no pueden acceder a ella a través de este
Congreso, y tampoco pueden acceder a través de las organizaciones de la
sociedad civil entonces, ¿Qué otro mecanismo podemos utilizar para
salvaguardar nuestros derechos y poder ejercerlos plenamente en nuestro
sistema democrático?
Resulta en consecuencia un contra
sentido la decisión gubernamental de negarse a proveer información pública. Se
les responde a las organizaciones que no se les van a brindar la información
porque la misma reúne datos privados de empresas que pueden ver lesionados
sus intereses particulares. Pues bien, el contra sentido se produce toda vez que,
durante la sanción de la ley de medios audiovisuales 26522, el mismo
oficialismo incorporó en el artículo 72 la obligatoriedad para las empresas de
difundir los recursos que recibían por publicidad oficial, sin considerar entonces
que lesionaban ningún interés.
Más aún, numerosos diputados
consideramos que era importante adicionarle un capítulo a aquella ley, que
contuviera parámetros claros para la distribución de recursos públicos utilizados
para la pauta oficial, postura sistemáticamente desatendida entonces.
Consideramos prioritario para
hablar de una política de medios para el país, reglamentar la pauta de
publicidad oficial a través de la sanción de una ley en la materia.
Por supuesto también
consideramos prioritario la sanción de una ley de acceso a la información
pública, ambas normas evitarían que desde el Poder Ejecutivo Nacional se
responda en forma antojadiza toda vez que se solicita información pública sobre
la utilización de los recursos públicos, a la vez de evitar que se vulnere el
derecho de acceso a la información y de los principios constitucionales,
garantizando la independencia de los poderes.
Es necesario que nuestras
instituciones funcionen decidida y eficazmente para garantizar el acceso a la
información pública en nuestro país.
Por lo expuesto, solicitamos a
nuestros pares nos acompañen en este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO | TUCUMAN | UCR |
QUIROZ, ELSA SIRIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
CUSINATO, GUSTAVO | ENTRE RIOS | UCR |
BARBIERI, MARIO LEANDRO | BUENOS AIRES | UCR |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
CORTINA, ROY | CIUDAD de BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |