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PROYECTO DE TP


Expediente 1519-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CANTIDAD DE EMPLEADOS PUBLICOS QUE REALIZAN APORTES VOLUNTARIOS DESTINADOS A AGRUPACIONES Y/O PARTIDOS POLITICOS.
Fecha: 03/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, proceda a informar qué cantidad de empleados públicos de la Administración central y de organismos autárquicos y descentralizados del Estado Nacional, realizan aportes dinerarios voluntarios que son debitados en su remuneración bruta, destinados a agrupaciones y/o partidos políticos. Asimismo se solicita informe qué partidos políticos y agrupaciones son beneficiarios de estos débitos por planilla salarial.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ley 26.215 DE FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POLITICOS, regula en su Título I. Del patrimonio de los partidos políticos - Capítulo I - Bienes y recursos - Sección I: De los bienes de los partidos políticos, los recursos de los cuales los Partidos Políticos se valen para financiar su actividad político institucional.
Una de las formas de financiamiento de dichas instituciones de la democracia, es la donación.
Diferentes medios periodísticos han publicado denuncias sobre una posible cooptación y/u obligación por parte del personal perteneciente a organismos públicos, donde se realizan descuentos desde sus ingresos remunerativos, destinados a donaciones a partidos y/o agrupaciones políticos.
Entre ellos se encuentra la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), en el que su personal ha venido, de manera creciente, realizando este tipo de aportes, por medio de un descuento automático en sus haberes remunerativos brutos, al partido Nuevo Encuentro.
Cabe aclarar que el artículo 15 de la ley 26.215, prohíbe expresamente en su inciso g): contribuciones o donaciones de personas que hubieran sido obligadas a efectuar la contribución por sus superiores jerárquicos o empleadores;
Sabemos que este tipo de prácticas deteriora nuestras instituciones públicas. Deteriora y desnaturaliza la calidad del empleo público que se debe generar por la capacidad y mérito por parte del personal que integra los organismos públicos, que deben acceder al mismo por medio de los reglados concursos públicos.
Condicionar a los recursos humanos, sea en el acceso o la conservación de su empleo público, es una práctica deleznable que atenta contra el sistema democrático y la estabilidad democrática y la igualdad de oportunidades laborales.
Asimismo, produce una degradación casi irreparable del sistema electoral argentino, ya que coopta las instituciones públicas, corroe el sistema de partidos y deja sin igualdad de condiciones y oportunidades a las demás instituciones políticas que por la vía legal trabajan para mejorar nuestro sistema electoral, en aras del bien común.
Por todo lo expuesto pido el respaldo de la Cámara para este Pedido de Informes.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)