PROYECTO DE TP
Expediente 1517-D-2007
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA ANALIZAR LA EXPERIENCIA INTERNACIONAL SOBRE EL DENOMINADO "CINTURON DE SEGURIDAD" DE TRES PUNTOS Y POSTERIOR DESARROLLO DE LOS PROTOTIPOS.
Fecha: 13/04/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 29
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Que vería con agrado que
el Poder Ejecutivo Nacional por intermedio de los organismos que
correspondan, analicen la experiencia internacional sobre el
denominado "cinturón de seguridad" de tres puntos y posterior
desarrollo de los prototipos por parte de los organismos estatales
especializados hasta llegar a obtener un conjunto uniforme de
asientos, cinturones de seguridad, anclajes y superficies de sujeción de
los anclajes que se pueda transferir oportunamente a la industria para
su producción normatizada y en serie. Logrando así incrementar, de
manera sostenible en el tiempo, los índices de seguridad de las
personas transportadas en los viajes de larga distancia.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El denominado "cinturón
de seguridad" es un arnés designado para mantener en su lugar al
ocupante de un vehículo frente a los posibles movimientos
perjudiciales provenientes de una colisión o una frenada repentina.
Como parte de un complejo de seguridad, son diseñados para reducir
los daños de quien los utiliza por golpes contra elementos interiores
del vehículo u otros ocupantes.
Existen diferentes
modelos. El más común es el de dos puntos, es decir, el que sujeta por
la cintura. El denominado de tres puntos, que sujeta por la cintura y
atraviesa el torso en bandolera, lleva ya casi 50 años de utilización. No
existe ningún otro artificio que haya salvado tantas vidas como este
modelo de cinturón de seguridad. Los adelantos posteriores han
sumado beneficios a sus cualidades, sin reemplazarlo. La diferencia
esencial con el de cintura, es que este cinturón de tres puntos (o
combinado) impide en buena medida el desplazamiento del ocupante
del vehículo hacia delante y evita, de esa forma, el choque de su
cabeza contra un parabrisas o, en el caso de los vehículos con asientos
múltiples, contra el asiento precedente. Los problemas graves
derivados de esta acción no merecen mayores comentarios.
Con el transcurso de los
años, los cinturones de seguridad han ido mejorando en su
performance y tras largos debates, normalmente originados por la
reticencia de las empresas de transporte en a realizar una mayor
inversión, distintos Estados han ido incorporando a sus respectivas
legislaciones la obligatoriedad del uso de este artificio aún en los
micros de media y larga distancia. Los australianos han sido pioneros
en esta área y su experiencia es muy relevante.
Como se describe en uno
de los estudios internacionales consultados ("Three Point SEAT Belts
on Coaches- The First Decade in Australia" Abstract ID 05-0017) lo
malo con las reglamentaciones de seguridad es que cualquier mejora
en los estándares parece sumergir en una especie de letargo a los
encargados de realizar nuevos estudios y aún a quienes determinar las
políticas para el sector. Usualmente se requiere de una tragedia para
que esos estándares sean revisados y reemplazados por otros.
Eso ocurrió en 1989 en
Australia. Dos choques de micros de larga distancia en el que
perdieron la vida 54 personas. Ambos fueron choques frontales, en
carreteras de doble vía con una velocidad límite de 100 km/h.
Luego de la
correspondiente investigación, se determinó que ninguna otra cosa que
cinturones de seguridad con sujeción en tres puntos, con una
determinada capacidad de fuerza de choque habrían de ofrecer una
adecuada protección a los pasajeros. Esto condujo a la presentación,
en 1992 de un informe de la Oficina Federal de Seguridad Vial (FORS)
en ese sentido y a la posterior aprobación, en Julio de 1994, de una
reglamentación (ADR 68) que obliga a todos los micros de media y
larga distancia a proveer a todos los pasajeros de esas unidades de un
cinturón de triple anclaje.
Como era de esperarse,
los fabricantes de carrocerías y butacas se opusieron inicialmente a la
idea, argumentando que un cinturón de seguridad con tres puntos de
anclaje requeriría una costosa reconversión dado que los asientos
deberían ser más fuertes y por lo tanto más pesados. Se dijo que
encarecería mucho los costos y el peso de los asientos, lo que influiría
considerablemente en el gasto de combustible y por ende en los
gastos operativos.
El estado australiano,
ante la necesidad de implementar cuanto antes su iniciativa y con el
objeto de no perjudicar a los fabricantes de asientos o carroceros,
ofreció que un instituto de investigación de materiales y seguridad de
su dependencia se hiciera cargo de los gastos emergentes del
desarrollo del nuevo equipamiento (asientos, cinturones, anclajes).
Esta posibilidad fue bien recibida por los fabricantes y en conjunto se
investigaron distintos prototipos hasta lograr uno definitivo que
satisfizo tantos las necesidades de protección de los pasajeros como
los legítimos intereses de los industriales del sector.
Luego de casi 13 años de
aprobada la norma, es evidente que la reticencia era infundada y los
fabricantes de asientos y carrocerías se han ido adaptando a la
regulación ADR 68. Efectivamente, como ejemplo podemos mencionar
que, antes de las modificaciones introducidas por la norma, los
asientos de los micros pesaban alrededor de 30 a 35 Kg cada par.
Luego de varios prototipos más pesados, los asientos actuales apenas
llegan a pesar 25 Kg por par, contra los 40 Kg por par que pesar
habitualmente los asientos comunes que se utilizan en los E.E.U.U.
Esta reducción de peso se consiguió a pesar de haber aumentado
sustancialmente la resistencia de dichos asientos.
A partir de la sanción de
esta norma, ha habido en Australia un número significativo de
accidentes en rutas involucrando a micros de larga distancia pero no se
ha registrado ningún caso fatal entre los viajeros sujetos por los
cinturones de tres puntos.
Los estudios realizados en
los E.E.U.U: (NHTSA) con este tipo de cinturones demostrarían que
son efectivos en un 50% en la reducción de casos fatales en los
choques frontales. Lo que sugiere también un índice elevado de
protección en las demás colisiones.
Los cinturones de tres
puntos, en los micros de media y larga distancia, son a partir de este
año también obligatorios para los vehículos que circulen por las rutas
de todos los socios miembros de la Comunidad Europea. Se ha elegido
esta tecnología luego de evaluar durante un largo período el
comportamiento de distintos artificios de seguridad.
En nuestro país,
impulsados por las circunstancias, se ha querido avanzar rápidamente
en el intento de reducir en parte las notables pérdidas de vidas
ocurridas en los meses recientes en las rutas nacionales y provinciales,
como consecuencia de choques o vuelcos de micros de media y larga
distancia. En consecuencia y seguramente para evitar un mal mayor,
se sancionaron rápidamente y sin demasiado estudio una serie de
normas que hacen obligatorio el uso del cinturón de seguridad en
dichos vehículos de transporte.
Por ejemplo, la Resolución
757/2006, publicada en el Boletín Oficial del 20/09/2006, establece la
obligatoriedad para los servicios de larga distancia de pasajeros, de
proveer a todos los asientos destinados al pasaje, acompañante y
auxiliar de a bordo de cinturón de seguridad "pélvico", es decir de los
denominados de dos puntos.
Ahora bien, nadie ignora
que lo "urgente es enemigo de lo bueno" y esta máxima puede
aplicarse una vez más a nuestra constante actitud cortoplacista.
¿Debían colocarse cinturones de seguridad en los micros de larga
distancia? Pensamos que sí, indudablemente. ¿La acción debía ser tan
rápida que no tuviera en cuenta los estándares aprobados
internacionalmente? Esta es una pregunta un poco más difícil de
contestar. Lo cierto es las medidas que se han adoptado deberían ser
consideradas como de simple emergencia. Creemos que, con más
serenidad, podríamos comenzar a planificar un sistema de seguridad
integral para los vehículos de pasajeros que se adapte a las normas
internacionales y que no nos relegue a utilizar estándares ampliamente
superados.
Nos parece que el modelo
adoptado los Australia, en cuanto a utilizar los recursos estatales para
el desarrollo de los nuevos asientos, cinturones y anclajes en los
micros de larga distancia, podría redundar en una rápida asimilación de
la propuesta por parte de los industriales del sector y de algún modo
garantizaría que esos desarrollos se ajustaran a cubrir las verdaderas
necesidades de seguridad de los pasajeros.
De este modo, en algún
momento nos encontraríamos utilizando una tecnología
verdaderamente efectiva y no un simple paliativo que, tarde o
temprano, demostrará con costo en vidas humanas, su baja
eficiencia.
Por lo expresado, solito a
los señores Legisladores me acompañen en el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BAIGORRI, GUILLERMO FRANCISCO | SAN JUAN | VIDA Y COMPROMISO |
MARINO, ADRIANA DEL CARMEN | SAN JUAN | FRENTE PRODUCCION Y TRABAJO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TRANSPORTES (Primera Competencia) |