PROYECTO DE TP
Expediente 1509-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LOS PROGRAMAS DE MONITOREO Y FISCALIZACION DE PUBLICIDAD Y PROMOCION DE PRODUCTOS SUJETOS A VIGILANCIA SANITARIA, DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT).
Fecha: 27/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 16
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que, a través de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Tecnología Médica (ANMAT), informe sobre distintos aspectos referidos al
Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos
sujetos a Vigilancia Sanitaria, creado a través de la Disposición 2845/11, a
saber:
1. Cuáles son los alcances de la
ejecución y funcionamiento del presente Programa.
2. Informe la cantidad de
notificaciones que se han realizado a los responsables de las publicidades que se
considerasen emitidas en infracción a la normativa desde su creación hasta la
actualidad, según plantea el artículo 2º de la mencionada disposición.
3. Indique cantidad y descripción de
informes técnicos, especificando las conductas en infracción y si se ha ordenado
iniciar el sumario sanitario correspondiente.
4. Si la Dirección de Planificación y
Relaciones Institucionales de ANMAT propuso estrategias para optimizar el
funcionamiento del Programa. En caso afirmativo, remita a esta Cámara una
descripción detallada sobre las mismas.
5. Si se han dictaminado las normas
complementarias propuestas para el funcionamiento del citado Programa. Sírvase
brindar información de las mismas.
6. Enviar resultados y conclusiones
que tiene ANMAT en relación al funcionamiento de dicho Programa desde el año
2011 a la fecha.
7. Mencione los motivos por los cuales
la información acerca del referido Programa no se encuentra disponible en la
actualidad en la página web de ANMAT.
8. Cuáles son los recursos económicos
destinados a solventar el desarrollo del referido Programa. Explicite montos,
discriminados anualmente.
9. Cualquier otra información que
sirva al presente.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Programa de Monitoreo y
Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria
que funciona en el ámbito de la Dirección de Planificación y Relaciones
Institucionales, fue creado por la disposición 2845/11 de ANMAT.
La función del Programa consta en
evaluar las publicidades emitidas en los medios de comunicación donde se
promocionan medicamentos de venta libre, a los fines de verificar el cumplimiento
de la normativa vigente en la materia.
Publicidad engañosa, para los autores
O'Guinn, Allen y Semenik, es aquella cuyas características de un anuncio son
distintas a las afirmaciones reales del desempeño de la marca. La Asociación
Argentina de Agencias de publicidad, marcan como conceptos fundamentales
dentro de su código de ética , el respeto de la libertad y dignidad de la persona
humana que debe ser el deber de todo profesional que esté, en forma directa o
indirecta, vinculado a las comunicaciones sociales.
La ley también entiende por engañosa
la publicidad que silencia datos de los productos o servicios que pueden inducir a
error a los destinatarios.
El Estado no solo tiene que garantizar
la accesibilidad a los medicamentos sino también que es su obligación que sea
seguro. Para tal fin desde ANMAT se han implementado diferentes sistemas de
vigilancia desde su producción hasta la venta de los mismos.
La Asociación de
Agentes de Propaganda Médica (AAPM) realizo denuncias ante la ANMAT debido a
"la proliferación de publicidades de medicamentos de venta libre para
enfermedades estivales, que promocionan supuestos efectos "milagrosos" y
alientan la automedicación, al mismo tiempo que ocultan los daños colaterales
nocivos que provocan cuando esos productos medicinales son ingeridos sin la
prescripción y el monitoreo de un profesional de la salud"
Estas publicidades, muchas veces
realizadas por figuras del espectáculo, emiten recomendaciones no científicas
como consejos médicos, transformando los mismos en verdades absolutas. El
resultado es una publicidad engañosa para el espectador.
Según información brindada por la
AAPM, ponen de manifiesto esta preocupación aportando a la ANMAT argumentos
científicos tales como: "durante el 2011 se asistieron 3741 pacientes en la guardia
de la División Toxicología del Hospital Fernández de la Ciudad de Buenos Aires. El
11,5 % de los casos atendidos en Toxicología del Fernández (430 pacientes),
correspondieron a intoxicaciones medicamentosas, 125 casos se originaron en
medicamentos de venta bajo receta archivada y los 305 restantes en su gran
mayoría en medicamentos de venta libre, informó el profesor Carlos Damin, jefe de
la División Toxicología del mencionado centro asistencial porteño. "Esto ubica a los
medicamentos como la segunda causa de intoxicación por frecuencia en un
hospital general de agudos, siendo la primera la intoxicación por bebidas
alcohólicas, 1029 pacientes, la tercera el monóxido de carbono, 390 pacientes y la
cuarta la cocaína, 290 pacientes" detalló el facultativo del Hospital Fernández.
Así como en el año 2011 la Argentina
puso en ejecución un sistema de control y seguimiento de los medicamentos desde
su producción o importación hasta la llegada a manos del paciente, con el objeto
de evitar el robo, adulteración y falsificación de los mismos y asegurar así su
legitimidad y calidad a través del sistema de trazabilidad-creado por Resolución
435/2011 del Ministerio de Salud de la Nación- los datos aportados por la AAPM
ponen de manifiesto la importancia de avanzar en la búsqueda de estrategias
referidas a la fármaco vigilancia para medicamentos de venta libre.
Actualmente no se cuenta con
información sobre el funcionamiento de dicho Programa en la página web de
ANMAT siendo este el lugar apropiado para comunicar a la sociedad acerca del
accionar del Programa.
Porque consideramos que un
medicamento no es una mercancía sino un bien social es que pretendemos, con
este pedido de informes, contar con los elementos necesarios que nos permitan
analizar el funcionamiento actual del referido Programa, solicitando información
sobre diferentes aspectos a los fines de garantizar la correcta implementación del
mismo.
El presente proyecto de resolución
tiene como antecedente el Expediente 6123-D-2013 de mi autoría, presentado en
esta Honorable Cámara el 2/09/2013.
Por todo lo expuesto anteriormente,
es que se solicita a las Sras. Diputadas y a los Sres. Diputados me acompañen en
la sanción del presente Proyecto de Resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
RIESTRA, ANTONIO SABINO | SANTA FE | UNIDAD POPULAR |
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