PROYECTO DE TP
Expediente 1509-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL CONTROL DE LLAMADAS QUE LOS DEMORADOS, DETENIDOS Y/O CONDENADOS REALIZAN DESDE TELEFONOS PUBLICOS EN DEPENDENCIAS JUDICIALES, PENITENCIARIAS Y/O COMISARIAS.
Fecha: 13/04/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 29
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder
Ejecutivo Nacional a fin de que informe:
1. Si en el ámbito de
dependencias judiciales, penitenciarias y/o comisarías, existe algún
control sobre las llamadas que los demorados, detenidos y/o
condenados realizan desde teléfonos públicos.
2. En su caso:
a). Cuál es el mecanismo
de control que se realiza para constatar si demorados, detenidos y/o
condenados utilizan los teléfonos públicos para realizar "secuestros
virtuales".
b). Indique si producto
de estos controles se ha constatado que los demorados, detenidos y/o
condenados utilizan los teléfonos públicos para realizar este tipo de
conductas delictivas. En caso afirmativo a la pregunta anterior, indique
qué medidas de seguridad se adoptaron para prevenir disminuir y
combatir esta nueva modalidad delictiva.
3. Informe si durante el
2007 se han realizado campañas informativas sobre "secuestros
virtuales" a fin de alertar a la ciudadanía sobre esta nueva modalidad
delictiva.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Los internos en
establecimientos tienen el derecho a comunicarse periódicamente en
forma oral o escrita con su familia, amigos y abogados ya que así lo
establece el artículo de la ley 24.660. Pero hoy existe una nueva
conducta delictiva denominada "secuestros virtuales" que se realizan
desde los teléfonos públicos de los mismos establecimientos y se ha
cobrado víctimas fatales.
Los secuestros virtuales
son un flagelo instalado en la actualidad y es necesario adoptar
decisiones para prevenirlos. Cabe mencionar que un secuestro virtual
derivó en la muerte de un anciano de 71 años luego de recibir un
llamado extorsivo, en el que le advertían que su hijo estaba
secuestrado. La llamada, partió del penal de Ezeiza, de un teléfono
público de ese complejo penitenciario. El anciano pidió auxilio en un
remisería vecina donde contó que lo acababan de llamar diciendo que
su hijo estaba secuestrado y que querían un rescate de 5.000 pesos,
cuando en realidad todo era una farsa.
Éste fue el segundo caso
en el que la víctima de un secuestro virtual termina muerta, ya que en
2005 el despachante de aduana Facundo Azulay fue asesinado de un
balazo en la cabeza en una villa del partido bonaerense de La Matanza
cuando fue secuestrado luego de ir a pagar un rescate por un familiar
que en realidad no había sido capturado. El líder de la banda que
cometió este crimen también era un preso del penal de Ezeiza que
utilizó un teléfono público del complejo para efectuar el llamado.
Es necesario que en el
ámbito de dependencias judiciales, penitenciarias y/o comisarías,
exista algún control de seguridad sobre las llamadas que los
demorados, detenidos y/o condenados realizan desde teléfonos
públicos, ya que estos son los actuales medios que utilizan los
demorados, detenidos y/o condenados para realizar los secuestros
virtuales.
El Estado debe garantizar
al ciudadano el derecho a la seguridad, esta modalidad de secuestros
virtuales son un problema que se extiende y por lo tanto debemos
contribuir con los medios adecuados para evitarlo.
Es por lo expuesto
precedentemente que solicito a mis pares la aprobación del presente
proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CAMAÑO, DANTE ALBERTO | BUENOS AIRES | NACIONAL SINDICAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |