PROYECTO DE TP
Expediente 1498-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS EMPRESAS DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE LARGA DISTANCIA ENTRE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, Y LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 26/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 17
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo
Nacional a fin de que, por intermedio de los organismos que considere
pertinentes, INFORME:
1. Cantidad de empresas
que brindan servicios de transporte de pasajeros de larga distancia entre la
ciudad de Bahía Blanca y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, indicando
razón social, frecuencia, tipo de servicios y tarifa de cada una de ellas.
2. Cual ha sido la evolución
de las tarifas en la prestación de dichos servicios del año 2002 a la fecha,
deslindando pormenorizadamente la situación de cada empresa en
particular.
3. Cual ha sido el parámetro
seguido por las empresas de ómnibus de larga distancia que prestan sus
servicios entre ambas ciudades para determinar los incrementos tarifarios. Cual
ha sido su relación con el incremento en los costos.
4. Cuál es el criterio que
utiliza la CNRT para autorizar las tarifas. Si pose parámetros comparativos para
actualizarlos. En base a que estimaciones se fijan las tarifas.
5. Si la existencia de única
oferta por parte de un solo grupo puede considerarse como atentatoria a la
garantía de la libre competencia.
6. Que diferencias de
prestaciones fueron autorizadas, en especial en lo que refiere a refrigerios y
personal a bordo.
7. Razón social de las
personas jurídicas que integran el "Pool Atlántico". Indicar fecha en que se
constituyo dicho grupo, y tipo societario que conforma.
8. Qué porcentaje de la
totalidad de los servicios ómnibus entre la ciudad de Bahía Blanca y la Ciudad
Autónoma de Buenos aires es brindado por las empresas que integran el "Pool
Atlántico".
9. Qué porcentaje de la
totalidad de los servicios "directos" de transporte de pasajeros de larga
distancia entre la ciudad de Bahía Blanca y la Ciudad Autónoma de Buenos
aires es brindado por las empresas que integran "Pool Atlántico".
10. Si conoce cuales son las
empresas que realizan el servicio de "Tour de compras" (Bahía Blanca / La
Salada, y Bahia Blanca / Flores, Once, La Salada); indicando razón social,
frecuencia, tipo de servicio y tarifas de cada una de ellas.
11. Si conoce con qué
frecuencia y fajo que tarifas la empresa Marilao S.A presta servicios de "Tour
de compras". En caso afirmativo detallar la información que posee al
respecto.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La situación por la que está
atravesando el sistema de transporte de la Republica Argentina es
preocupante, y amerita que se lleven a cabo todas las investigaciones
pertinentes para determinar tanto los responsables de las tragedias
acontecidas recientemente, como la responsabilidades que les cabe a aquellas
personas que posibilitan la existencia de monopolios en la prestación de dichos
servicios.
Es imprescindible conocer con
exactitud el funcionamiento del actual sistema, para a partir de ello encontrar
las soluciones que nos permitan contar con un sistema de transporte eficiente y
digno.
El propósito puntual del presente
proyecto es obtener por parte de los organismos competentes (Comisión
Nacional de Regulación del Transporte, Inspección General de Justicia, etc.) la
mayor cantidad de información posible sobre los servicios de transporte de
pasajeros de larga distancia; y en particular de aquellas empresas que prestan
dicho servicio entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la ciudad de Bahía
Blanca.
Actualmente la totalidad de los
servicios directos (sin escalas) de Bahía Blanca a Buenos Aires son realizados
por el Pool del Atlántico, el cual está conformado por las empresas: Grupo
Plasmar (Plusmar y Marilao S.A), Condor, Grupo Plaza, y El Rápido
Argentino.
La presente realidad quedo
configurada como consecuencia de los siguientes acontecimientos:
En el año 2002 el Grupo Plusmar
compro la empresa Marilao S.R.L (ex Jetmar). A su vez, dicho grupo, en
Noviembre del año 2008 compro a las empresas El Condor S.A y T.A La
Estrella S.A (históricas empresas de ómnibus de larga distancia). En el mismo
mes de Noviembre Marilao modifico su tipo societario pasando a constituir una
sociedad anónima; y la empresa El Condor paso a llamarse El Condor Expreso.
En el mes de Abril del año 2008 la
empresa Plaza empezó a realizar el servicio Bahía Blanca / Buenos Aires. En
un principio solo disponía del servicio de 22:50 horas (con cena caliente y
bebida), el cual realizaba una escala en Liniers. Posteriormente incorporo el
servicio directo de 22:20 horas.
En Noviembre del 2010, las
empresas antedichas conformaron el Pool Atlántico.
Todas las personas jurídicas que
forman parte de dicho Pool poseen idénticas tarifas dependiendo de la calidad
del servicio que se trate: Semicama ($ 276), Cama Ejecutivo ($311), y Suite
Bus ($357).
La cuestión tarifaria amerita un
análisis en particular, ya que las mismas han ido aumentando sin guardar
proporción con el incremento de los costos, sino que han seguido la evolución
de las tarifas aéreas.
El hecho que todos los servicios
directos sean realizados por las empresas que conforman el Pool Atlantico,
sumado a la evolución tarifaria y al tipo de servicio que prestan, marca de modo
evidente la existencia de un abuso en la posición dominante.
Asimismo resulta necesario conocer
con exactitud cuál es el tipo de servicio que presta la empresa Marilao S.A
(Jetmar) en los denominados Tour de compras, siendo imprescindible constatar
si la misma posee la debida autorización para realizar viajes charter.
A partir de la simple constatación
fáctica se puede corroborar que Marilao S.A realiza tours de compras a Buenos
Aires dos veces por semana: los días lunes a Flores/Once y La Salada; y los
días sábados a La Salada. Los servicios son realizados en ómnibus de
categoría Cama Ejecutivo, y poseen una tarifa de $ 340 ida y vuelta. La
regularidad y frecuencia de dichos servicios hacen que los mismos no
constituyan contratos aislados (viajes turísticos pactados para satisfacer las
necesidades de cada caso en particular), sino un servicio regular. Si se
compara la tarifa de los servicios diarios de categoría Cama Ejecutivo ($622 ida
y vuelta), con la tarifa del servicio de tour de compras ($ 340 ida y vuelta) se
observa que existe una diferencia sustancial, la cual en casos de promociones
(comprando dos pasajes ida y vuelta) puede llegar al 120%. El motivo de
tamaña diferencia obedece a la circunstancia de que en este tipo de servicios
la empresa antedicha posee competencia por existir empresas bahienses
dedicas a la organización de viajes de compras.
La ley de defensa de la
competencia (Ley 25.156) sanciona todos los actos y conductas que tengan por
objeto o efecto limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia o el
acceso al mercado, o que constituyan abuso de una posición dominante
(Articulo 1). Por entender que la norma citada se encuentra vulnerada, y a los
efectos de poder contar con la mayor cantidad de información posible sobre las
circunstancias antedichas es que realizamos el presente pedido de
informes.
Por los motivos expuestos, solicito a
mis pares la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
BAZZE, MIGUEL ANGEL | BUENOS AIRES | UCR |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
JURI, MARIANA | MENDOZA | UCR |
BARBIERI, MARIO LEANDRO | BUENOS AIRES | UCR |
MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR |
BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR |
ALVAREZ, JORGE MARIO | SANTA FE | UCR |
ROGEL, FABIAN DULIO | ENTRE RIOS | UCR |
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