PROYECTO DE TP
Expediente 1497-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL PLAN DE MANEJO ESTABLECIDO EN LA LEY 25463, QUE DECLARA MONUMENTO NATURAL A LA PANTHERA ONCA, CONOCIDA COMO YAGUARETE, YAGUAR, TIGRE OVERO Y ONCA PINTADA.
Fecha: 27/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE
DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA LEY 25.463 (QUE DECLARA MONUMENTO
NATURAL A LA PANTHERA ONCA CONOCIDA COMO YAGUARETÉ, YAGUAR, TIGRE OVERO Y ONCA
PINTADA.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional para que a través
de la Administración de Parques Nacionales o el organismo que corresponda informe sobre:
1. Si se ha desarrollado el Plan de Manejo establecido en
la ley 25.463 y cuales son los principales puntos del mismo
2. Cuales han sido las acciones realizadas en el marco
de la citada ley a fin de tener un diagnóstico de la situación del yaguareté como especie
amenazada.
3. Si se ha coordinado las acciones con las jurisdicciones
provinciales y las organizaciones no gubernamentales que trabajan para revertir la situación de
especie amenazada.
Indique cantidad de yaguaretés al momento de
sancionar la ley 25.463 y cual es la población actual.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el año 2001 se sancionó la ley 25.463 donde se
declaró monumento natural a la panthera onca, conocida como yaguareté, yaguar, tigre overo u onca
pintada, especie que pasó a formar parte de la Lista Roja de Especies Amenazadas de la UICN (Unión
Internacional para la Conservación de la Naturaleza (1) ).
La definición de Monumentos Naturales está
contemplada en la ley 22.351 que en su artículo 8 dice textual:
"Serán Monumentos Naturales las áreas, cosas, especies
vivas de animales o plantas, de interés estético, valor histórico o científico, a los cuales se les acuerda
protección absoluta. Serán inviolables, no pudiendo realizarse en ellos o respecto a ellos actividad
alguna, con excepción de las inspecciones oficiales e investigaciones científicas permitidas por la
autoridad de aplicación, y la necesaria para su cuidado y atención de los visitantes"
Uno de los aspectos fundamentales de la ley 25.463 es
la que encomienda al área que corresponde de la Administración de Parques Nacionales la realización
de un Plan de Manejo para la especie en las áreas bajo su jurisdicción, ajustándolo a la política
faunística nacional.
Sin embargo la crítica situación de la especie parece no
haber variado en estos 13 años ya que la población de yaguaretés se mantiene en niveles
alarmantemente bajos. Las causas podemos encontrarlas en la caza furtiva, las muertes producidas
en las rutas que atraviesan las zonas protegidas y en la fragmentación y pérdida de su hábitat.
Creo firmemente que si hay decisión política el país
cuenta con recursos humanos, materiales e información para que el yaguareté salga del libro rojo. Es
preciso seguir el ejemplo de casos como el tigre de bengala en India, donde la especie pasó de estar
en peligro de extinción a contar con más de 1700 ejemplares y tienen la meta de llegar a los 3000 en
el 2015.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BERTOL, PAULA MARIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
10/09/2013 | DICTAMEN | Pprobado por Unanimidad con modificaciones, unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2534/2013 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1497-D-2013 y 2903-D-2013 | CON MODIFICACIONES; DICTAMEN DE LA COMISION EN MINORIA: ARTICULO 108, SEGUNDO PARRAFO DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS | 24/09/2013 |