PROYECTO DE TP
Expediente 1497-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA REPRESION CONTRA LOS TRABAJADORES DEL CASINO DE BUENOS AIRES, EL DIA 4 DE DICIEMBRE DE 2007.
Fecha: 16/04/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo, a través
de sus organismos correspondientes, informe:
- Quién ordenó la represión
contra los/as trabajadores/as del Casino de Buenos Aires, que tuvo lugar el 4 de
diciembre de 2007.
- Cuántos efectivos de
Prefectura Naval participaron de la misma y quién fue el responsable del
operativo.
- Qué sanciones se impusieron
contra quienes habían participado de tal represión y contra su/sus
responsable/responsables.
- Cuántas personas de la
fuerza de seguridad actuante fueron separadas y sancionadas por dicho acto.
- Cuáles fueron las órdenes
impartidas a las fuerzas de seguridad durante la manifestación de los trabajadores
del Casino de Buenos Aires que tuvo lugar el 30 de enero de 2007.
- Cuáles fueron los motivos por
los cuales se llevó a cabo un operativo represivo conjunto entre Policía Federal y
Prefectura Naval en esa fecha contra los y las trabajadoras que estaban
participando de dicha manifestación.
- Quiénes fueron los
responsables del operativo represivo conjunto en esa fecha.
- Si ha realizado algún tipo de
investigación sobre las denuncias de aplicación de apremios ilegales y torturas a
las personas detenidas en la manifestación del 30 de enero de 2007. En ese caso,
cuál ha sido el resultado de esa investigación y qué medidas se han implementado
a partir de ello.
- Informe si la Secretaría de
Derechos Humanos ha intervenido a raíz de las denuncias formuladas sobre este
tema. Si es así, remita la información correspondiente.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Durante el transcurso del año 2007, la
empresa Casino de Buenos Aires, con sede en la zona de Puerto Madero, fue
escenario de varios conflictos sindicales. Estos estuvieron relacionados,
básicamente, con las pésimas condiciones laborales a las que se ven sometidos
las y los trabajadores de dicha empresa y el impulso de estos últimos para la
conformación de una comisión de delgados/as que actuara en defensa de sus
intereses y reclamos laborales. A ello se sumó la disputa entre dos sindicatos, el
Sindicato de Obreros Marítimos (SOMU) y el que nuclea a los trabajadores de
juego de azar y afines (ALEARA), quienes desconociendo la voluntad de los
trabajadores/as y la representatividad de la comisión de delgados/as conformada,
pretendían encuadrar a los trabajadores/as del Casino de Buenos Aires bajo su
órbita.
Uno de los episodios más álgidos de
estos conflictos tuvo el 9 de noviembre de ese año, cuando los y las trabajadoras
de la empresa llevaban a cabo una asamblea informativa. En ella se debatía la
reducción de la jornada laboral como consecuencia de los problemas de salud
provocados por las insalubres condiciones de trabajo -manifiestos, por ejemplo,
en los altos índices de pérdidas de embarazos-, conocidos también por la empresa
debido a un informe realizado y elevado oportunamente por los y las empleadas
donde constaban las patologías sufridas. Durante la celebración de la reunión, un
grupo de personas con distintivos del SOMU ingresó en el lugar y propinó a los y
las asambleístas agravios verbales y físicos, originando la reacción de estos
últimos y provocando incidentes que dejaron como saldo una docena de personas
heridas y varios destrozos en las instalaciones. Estos incidentes, que indicarían
asimismo una maniobra empresarial para evitar la satisfacción de las demandas
de los y las trabajadores, dieron como resultado, por un lado, el despido de 35
trabajadores/as, acusados/as de generar hechos de violencia, pese a que lo único
que se les puede imputar es la defensa, a través del dialogo, de sus derechos
laborales, hecho que fue imposible mantener por los ataques a los que fueron
sometidos/as. Por el otro, tuvo lugar la intervención del Juzgado Federal Nro. 1, a
cargo de la Jueza María Servini de Cubría, quien determinó la clausura del Casino
de Buenos Aires, medida que se mantuvo hasta el miércoles 14 de noviembre de
2007.
Pese a la violencia de la que fueron
objeto y de la complicidad empresarial en la misma, los y las trabajadoras
continuaron implementado medidas de fuerza pacíficamente, entre las cuales se
destacaban los acampes en las inmediaciones del Casino. Empero, en la noche
del 4 de diciembre, el grupo Albatros de la Prefectura Naval desató una violenta
represión contra quienes acampaban en el acceso al Casino, represión que ni
siquiera se detuvo ante trabajadoras embarazadas. Allí, además del abogado
Edgardo Moyano, defensor de los y las trabajadores del Casino, fueron detenidos
11 trabajadores/as mientras otros 7 debieron ser trasladados al Hospital Argerich
con politraumatismos y heridas de diferente consideración. Cabe destacar que el
en ese momento Ministro de Interior, Aníbal Fernández, aseguró el 5 de diciembre
que se separaría y sancionaría a los miembros de la Prefectura que habían
incumplido la orden de no intervenir en el conflicto gremial, puesto que según
palabras del propio Ministro recogidas por el diario Clarín del 5 de diciembre, ellos
debían "cuidar la situación y no participar activamente". Con ello, entonces, no se
sabe ni quién ni por qué fue ordenada la represión.
A su vez, durante la tarde del día
siguiente, el Ministerio de Trabajo ordenó a la empresa, según consignaron los
medios de comunicación nacionales, el cese de los despidos y dispuso el dictado
de la conciliación obligatoria que comenzaría a regir el 12 de diciembre,
perdurando durante 15 días hábiles.
El miércoles 12 de diciembre, a
pesar de la vigencia de la conciliación obligatoria, los y las trabajadores
despedidas, cuyo número se elevaba para esos momentos a 81, se vieron
impedidos de ingresar a la empresa puesto que esta, desacatando la medida del
Ministerio de Trabajo, presentó un recurso de amparo ante el Juzgado Federal
Nro. 1 a cargo de la jueza María Servini de Cubría. Aún cuando no era de su
competencia, este Juzgado dio lugar al recurso pero, luego de una reunión
sostenida ese mismo día por la Jueza con diputadas nacionales, legisladoras/es
porteñas/os y delegados/as de los/as trabajadores/as, se ordenó la clausura
nuevamente del Casino Flotante.
Ello no impidió que la empresa
continuara con los despidos, que hacia fines de diciembre afectaban a 97
trabajadores/as, situación por la cual los y las trabajadoras continuaron
implementando medidas de protesta. Una de ellas tuvo lugar el 30 de enero de
2008 y consistió en una pacífica manifestación ante la cual se respondió con una
inusitada violencia represiva. En efecto, en la noche de esa jornada, mientras
transcurría la manifestación, la Policía Federal y la Prefectura Naval, en operativo
conjunto y con una gran cantidad de personal, reprimieron a los trabajadores
durante más de una hora con un saldo de 16 personas detenidas. Cabe destacar
que 10 de las detenciones ocurrieron en la sede de la Facultad de Ingeniería,
donde ninguna de estas fuerzas tiene jurisdicción para actuar, acto que entonces
violó burdamente la autonomía universitaria, rememorando la tristemente célebre
"Noche de los Bastones Largos".
Este operativo tomó un ribete
abominable cuando la totalidad de los trabajadores detenidos (10 por la Policía
Federal y 6 por la Prefectura Naval) fueron sometidos a ultrajes, torturas y
apremios ilegales en dependencias de ambas fuerzas. Los detenidos por la
Prefectura Naval, luego de ser esposados, fueron bajados del transporte en el que
estaban siendo trasladados y de a uno golpeados por un grupo de no menos de 4
personas cada uno, para luego ser nuevamente introducidos a los celulares y
recién allí llevados a dependencias oficiales para ser fichados, procedimiento que
recuerda a las más oscuras épocas de nuestro país.
Los detenidos por la Policía Federal
corrieron suertes parecidas, destacándose la situación particular de Daniel
Venditti, supervisor de juegos, que fuera brutalmente golpeado luego de ser
reducido teniendo como consecuencia una lesión en su ojo derecho que hizo en
un principio temer por la integridad de dicho órgano.
Lo que motiva este pedido de informes
se centra justamente en los episodios represivos aquí reseñados, no sólo porque
su fiereza es inadmisible en un Estado de Derecho donde el derecho a la protesta
es parte de nuestras garantías constitucionales, sino también porque es
imperioso, habida cuenta de la experiencia histórica política de la Argentina de las
últimas décadas, que las fuerzas de seguridad actúen bajo el control irrenunciable
de los poderes democráticos y en un todo respetuosas de la vigencia de los
derechos humanos.
Por todo ello solicitamos a este cuerpo
la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
GARCIA, SUSANA ROSA | SANTA FE | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
SANCHEZ, FERNANDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
CARCA, ELISA BEATRIZ | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
QUIROZ, ELSA SIRIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
REYES, MARIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
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