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PROYECTO DE TP


Expediente 1472-D-2013
Sumario: "DIA NACIONAL DEL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES", SE INSTITUYE COMO TAL EL 13 DE MARZO DE CADA AÑO.
Fecha: 27/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Día Nacional del Personal de Casas Particulares
Artículo 1°.- Instituyese el 13 de Marzo como "Día Nacional del Personal de Casas Particulares".
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A través de este proyecto propongo crear el "Día Nacional del Personal de Casas Particulares" y conmemorarlo cada 13 de marzo.
La elección del 13 de marzo como el día en que se aprobó un régimen especial que proteja y les asegure los derechos a los que deben acceder los trabajadores y trabajadoras de este sector.
En realidad ya mucho se ha ido diciendo sobre este tema durante todos los debates que se dieron en ambas cámaras. Sabemos que se trataba de un sector de muy desprotegido en la República Argentina; y que es realizado por una gran cantidad de personas.
Con respecto a la legislación que estaba vigente hasta la sanción de esta nueva ley, era el Decreto 326/56 el que estableció el Estatuto del Empleado Doméstico. Dado que la mencionada normativa fue producto de un decreto ley emitido por un gobierno militar, y habiendo pasado más de cincuenta años, creo que es un gran avance el haber aprobado este régimen especial que contenga las particularidades, modalidades y deberes y derechos de quienes forman parte de este trabajo.
Esta era una cuenta pendiente que la Argentina tenía como signataria del convenio de la OIT, por el que en 2010 se pidió a todos los países que hagan realidad una ley que regule el régimen laboral de las trabajadoras de casas particulares.
Resulta muy importante el establecimiento de la jornada laboral de ocho horas, no pudiéndose superar las cuarenta y ocho horas semanales. Hay que destacar la importancia que tiene la incorporación de la protección del trabajo infantil y del trabajo adolescente, siguiendo el criterio establecido en la ley 26.390 de erradicación del trabajo infantil; como así también, se contempla el cobro de horas extras, el pago de francos compensatorios trabajados, catorce días de vacaciones a partir de los seis meses de antigüedad -y así sucesivamente-, el seguro por riesgo del trabajo, el pago del sueldo anual complementario, del sueldo básico, la licencia por maternidad, la licencia por enfermedad y la indemnización por despido, tal como lo establece la ley de Contrato de Trabajo.
El garantizar las condiciones de protección a las trabajadoras, como el descanso obligatorio, el régimen de licencias y el respaldo documental de la relación laboral, establece los datos necesarios para obtener un crédito o poder acceder a otras mejoras, fundamentalmente la merecida jubilación. Esto último, constituye además, un importante aporte para la erradicación del trabajo sin registración, mal llamado trabajo en negro.
Sin lugar a duda, hemos dado un paso significativo en los principios de igualdad, inclusión y justicia social.
Por todo lo expuesto hasta aquí, les pido a mis pares que me acompañen en la aprobación de este proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GARNERO, ESTELA RAMONA CORDOBA CORDOBA FEDERAL
FORTUNA, FRANCISCO JOSE CORDOBA CORDOBA FEDERAL
AGUILAR, LINO WALTER SAN LUIS FRENTE PERONISTA
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
PUCHETA, RAMONA BUENOS AIRES SOCIALISTA DEL MIJD
CONTI, DIANA BEATRIZ BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ITURRASPE, NORA GRACIELA BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA ITURRASPE (A SUS ANTECEDENTES)