PROYECTO DE TP
Expediente 1452-D-2013
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA CARRERA DE "CICLO DE LICENCIATURA EN INTERPRETACION Y TRADUCCION EN FORMA DE COMUNICACION NO VERBAL", QUE SE DICTA EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANUS.
Fecha: 26/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 18
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar de interés de esta H. Cámara
de Diputados la carrera de "Ciclo de Licenciatura en Interpretación y Traducción
en Formas de Comunicación No Verbal", dependiente del Departamento de
Humanidades y Artes de la Universidad Nacional de Lanús, Buenos Aires,
Argentina; diseñada en manera conjunta con el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos de la Nación.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 7 de junio de 1995, la Universidad
Nacional de Lanús fue creada por la Ley Nacional Nº 24.496.
La misma, es persona jurídica de
derecho público, cuya sede radica en el partido de Lanús, provincia de Buenos
Aires, Argentina. Dicha Universidad, cuenta con autonomía institucional,
académica y autarquía económico-financiera.
Es dable destacar que, es una
institución abierta, pluralista y gratuita, sostenida por el Estado y la comunidad en
su conjunto, lo que hace aún más fuerte, el compromiso de aquellos que eligieron
a esta Institución para graduarse y así, colaborar con ella.
Esta Universidad tiene como misión
primaria la contribución, a través de la producción y distribución de conocimiento y
de innovaciones científico tecnológico, el desarrollo económico, social y cultural de
la región. Con el fin de mejorar su calidad de vida y fortalecer los valores
democráticos en el conjunto de la sociedad, articulando el conocimiento universal
con los saberes producidos por nuestra sociedad. La Universidad prioriza la
colaboración entre los diversos productores del saber. Como así también la
transformación de la información en conocimiento, atendiendo incluso a las
demandas sociales que puedan suscitarse.
La Universidad Nacional de Lanús
(UNLA) se organiza en cuatro Departamentos Académicos que abordan diversos
ejes, definidos en función de campos epistemológicos orientados hacia los
problemas sociales.
El Departamento de Humanidades y
Artes, cuenta con la siguiente oferta académica de grado y posgrado:
- Licenciatura en Audiovisión.
- Licenciatura en Diseño y
Comunicación Visual.
- Licenciatura en Diseño
Industrial.
- Traductorado Público en Idioma
Inglés.
- Ciclo de Licenciatura en
Música.
- Ciclo de Licenciatura en Museología
Histórica y Patrimonial.
- Ciclo de Licenciatura
en Interpretación y Traducción en Formas de Comunicación no Verbal.
- Especialización y Maestría en
Metodología de la Investigación Científica (a distancia).
- Doctorado en Filosofía.
En este orden de ideas, la Señora
Rectora Dra. Ana Jaramillo, el día 12 de diciembre del 2012, suscribe un Convenio
Específico con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. El
objetivo del mismo fue diseñar la carrera del "Ciclo de Licenciatura en
Interpretación y Traducción en Formas de Comunicación No Verbal".
Esta propuesta constituye el anhelo del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, a través del Programa
Nacional de Asistencia para las Personas con Discapacidad en sus Relaciones
con la Administración de Justicia (A.D.A.JUS).
Este Ciclo tiene como finalidad brindar
una formación y capacitación integral, que siembre en los futuros profesionales la
construcción de herramientas académicas y prácticas necesarias para interpretar
mensajes de la lengua española oral a la Lengua de Señas Argentina y otras
formas de comunicación no verbal y viceversa. De este modo, se garantizarán
interacciones comunicativas, en el ámbito judicial, de las personas que no puedan
expresarse verbalmente.
El Licenciado/a en Interpretación y
Traducción en Formas de Comunicación No Verbal estará en condiciones de:
- Actuar como auxiliar
de la justicia en situaciones que involucren a personas con dificultades o
imposibilidades de comunicación verbal.
- Actuar como
intermediario comunicacional, intérprete y traductor en toda situación en la que
participen personas sordas e hipoacúsicas; y/o grupos que así lo demanden, con
la comunidad en su conjunto.
- Coordinar grupos de
trabajo integrados por personas que presenten rasgos de comunicación no
verbal.
- Asesorar al personal
de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en temas relativos a la
comunicación e integración de personas con discapacidad auditiva, sordos,
hipoacúsicos y/o personas que interactúan mediante otras formas de
comunicación no verbal.
- Integrar equipos
interdisciplinarios de trabajo e investigación para favorecer la integración
lingüístico - jurídico y de las personas con discapacidad.
La carrera está dirigida a determinados
postulantes, dado que deben poseer títulos que los habiliten para cursarla.
Considerando la particularidad e importancia del Ciclo, se prevé que profesionales
de diversas disciplinas básicamente del ámbito de la salud y la justicia se
interesarán en adquirir las competencias que la carrera propone.
A continuación, se detallan aquellas
personas que estarían habilitadas para dicha carrera:
- Tecnicatura superior no universitaria
en Intérprete de Lengua de Señas, Terapeuta ocupacional, Docente de Educación
Especial; Profesorado en audición, voz y lenguaje, Profesorado para la enseñanza
Media y Superior en Ciencias Jurídicas, y titulaciones afines, que serán analizadas
específicamente, cuyos títulos posean una duración mínima de 2 (dos) años y
1300 (un mil trescientas) horas reloj.
- Profesionales del ámbito de la
salud: Fonoaudiólogos, Fisiatras, Enfermeros, Médicos en sus diferentes
especialidades, Terapeuta ocupacional; y titulaciones afines, que serán analizadas
específicamente, con una duración mínima de 2 (dos) y 1300 (un mil trescientas)
horas reloj.
- Profesionales en el ámbito de las
ciencias sociales y humanísticas: Abogados, Procuradores, Psicólogos,
Psiquiatras, Trabajadores Sociales, Sociólogos, Antropólogos, Politólogos,
Comunicadores Sociales, Licenciados en Seguridad Ciudadana y titulaciones
afines, que serán analizadas específicamente, que por lo menos su título de base
sea igual o superior a 2 (dos) y 1300 (un mil trescientas) horas reloj.
- Miembros de las Fuerzas de
Seguridad y Personal Penitenciario, cuya titulación fuere igual o superior a una
Tecnicatura superior con una duración mínima de 2 (dos) y 1300 (un mil
trescientas) horas reloj.
Asimismo, y para mayor información se
copia el "Plan de Estudios del Ciclo de Licenciatura en Interpretación y Traducción
en Formas de Comunicación No Verbal":
Primer Cuatrimestre
Historia de los movimientos políticos y
sociales en la Argentina
Adquisición y desarrollo de los distintos
lenguajes
Filosofía del derecho
Taller de lengua de señas I
Segundo Cuatrimestre
Legislación general
Conceptualización social de la
discapacidad
Taller de lengua de señas II
Procedimiento civil y penal
Principios básicos de la traducción
Tercer Cuatrimestre
Seminario: Comunidad, identidad y
discapacidad
Seminario: Habilidades semióticas,
análisis lingüístico de los datos secundarios
Epistemología y metodología de la
investigación
Taller de lengua de señas III
Cuarto Cuatrimestre
Práctica forense
Jurisprudencia
Régimen Legal de la Traducción y el
Traductor
Taller de tesina
Acto pericial
Ética y deontología profesional
Los requisitos solicitados para concluir
el ciclo son:
- Aprobar 2 (dos) niveles de idioma
inglés de 70 horas cada uno
- Aprobar 2 (dos) niveles de informática
de 70 horas cada uno
- Aprobar el Seminario de
Pensamiento Nacional y Latinoamericano
- Desarrollar y aprobar 40 (cuarenta)
horas de prácticas PRE profesionales
- Desarrollar y aprobar un trabajo final
integrador
Este tipo de carreras, auspiciadas por
una Universidad Pública y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la
Nación, a través del Programa Nacional de Asistencia para las Personas con
Discapacidad en sus Relaciones con la Administración de Justicia, van en
concordancia con la Convención sobre los derechos de las personas con
discapacidad y su protocolo facultativo, suscripta por nuestro Estado en el año
2008, ratificada por la Ley N° 26378.
La Convención sobre los derechos de
la personas con discapacidad, en su artículo 9 sobre Accesibilidad inc. "e" señala:
"Ofrecer formas de
asistencia humana o animal e intermediarios, incluidos guías, lectores e
intérpretes profesionales de la lengua de señas, para facilitar el acceso a edificios
y otras instalaciones abiertas al público;"
Por su parte, el artículo 21, sobre
Libertad de Expresión y de opinión y acceso a la formación, en los incisos "b" y "e"
dicen:
"b) Aceptar y facilitar la
utilización de la lengua de señas, el Braille, los modos, medios, y formatos
aumentativos y alternativos de comunicación y todos los demás modos, medios y
formatos de comunicación accesibles que elijan las personas con discapacidad en
sus relaciones oficiales;
e) Reconocer y
promover la utilización de lenguas de señas."
En su Artículo 24 sobre Educación en
el apartado 4 establece:
"A fin de contribuir a
hacer efectivo este derecho, los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes
para emplear a maestros, incluidos maestros con discapacidad, que estén
cualificados en lengua de señas o Braille y para formar a profesionales y personal
que trabajen en todos los niveles educativos. Esa formación incluirá la toma de
conciencia sobre la discapacidad y el uso de modos, medios y formatos de
comunicación aumentativos y alternativos apropiados, y de técnicas y materiales
educativos para apoyar a las personas con discapacidad."
Como podemos apreciar, nuestra
Nación va en concordancia con los Tratados de Derechos Humanos que, ha
suscripto y ha incorporado a nuestra Ley Fundamental: la Constitución
Nacional.
Es política de este Estado de Derecho
eliminar todas las barreras que se hallen en perjuicio de las personas con
discapacidad.
Nuestra presidenta Dra. Cristina
Fernández de Kirchner en el acto de presentación del "Plan Nacional de
Educación Obligatoria y Formación Docente 2012-2016", hizo mención a que
"estamos en un tiempo nuevo y uno no puede negarse a los cambios de época".
Asimismo, aludió que los que tienen responsabilidades institucionales tienen que
afrontar la inmensa responsabilidad de adaptarse en un mundo en permanente
cambio.
Coincidiendo con la Presidenta, en ese
permanente cambio, se crean nuevas carreras, ofreciendo a los profesionales,
tanto de la salud, educación, justicia, más herramientas para lograr mayor
inclusión, equidad e igualdad social.
Nuestra sociedad avanza y necesita
nuevos formadores que se ocupen de seguir derribando las barreras que aún
existen, para lograr una mayor integración en pos de mayor igualdad con las
personas con discapacidad.
Apoyar estas iniciativas, declararlas de
interés nacional, marca que este Congreso está en sintonía con las coyunturas
sociales que muchas veces enfrentan las personas con hipoacusia y que
necesitan de un profesional para resolverlas. También, tiende a compensar las
desigualdades naturales, para garantizar el derecho pleno de las personas con
discapacidad a participar en igualdad de condiciones, con agentes que hacen de
apoyo en su vida cotidiana.
Por todo lo expresado, solicito a mis
pares que me acompañen con el presente Proyecto de Resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FERNANDEZ SAGASTI, ANABEL | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CLERI, MARCOS | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SANTILLAN, WALTER MARCELO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DE PEDRO, EDUARDO ENRIQUE | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALONSO, MARIA LUZ | LA PAMPA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RIVAS, JORGE | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CALCAGNO Y MAILLMANN, ERIC | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
28/05/2013 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo texto como proyecto de resolución |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2081/2013 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1123-D-2013 y 1452-D-2013 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 13/2013 | 11/06/2013 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO CALCAGNO Y MAILLMANN (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 28/06/2013 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1123-D-2013 y 1452-D-2013 | APROBADO |