PROYECTO DE TP
Expediente 1441-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LOS NUEVOS PARAMETROS DE ARSENICO EN EL AGUA POTABLE.
Fecha: 26/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 15
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
En virtud de lo establecido en la
Resolución Conjunta SPRyRS N° 68/2007 y SAGPyA N° 196/2007, donde se
establecieron nuevos parámetros de presencia de arsénico para el agua potable
(a 0,01mg/l); y la Resolución Conjunta 34/2012 y 50/2012 de la Secretaría de
Políticas, Regulación e Institutos y de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y
Pesca, donde se concede una prórroga de 5 años más para cumplir con dichos
parámetros, se solicita al Poder Ejecutivo Nacional informar a esta honorable
Cámara respecto a los siguientes puntos.
1. Indique cuáles son las causas
por las que en el período 2007-2012, establecido en la Resolución Conjunta
mencionada, no se llegaron a concretar dichos objetivos; y en consecuencia
cuáles fueron las acciones llevadas a cabo, los programas implementados y el
presupuesto ejecutado en dicho período.
2. En virtud de la prórroga
solicitada debido a la necesidad de un estudio epidemiológico de la exposición al
arsénico relacionado con el consumo de agua de las provincias comprometidas,
requiriendo además que se fijen los niveles límites para cada región del país,
indique cuáles son los plazos, etapas y el alcance de dichos estudios
epidemiológicos y la fecha estimada de su finalización.
3. Informe cuáles son los estudios
epidemiológicos o la información con la que se cuenta actualmente para el
diseño y la implementación de las políticas públicas delas áreas
correspondientes. Detalle por regiones afectadas.
4. Si los organismos mencionados
han tenido en cuenta el Principio de Precaución reconocido en la normativa
ambiental vigente y han comenzado a actuar en tal sentido. En caso afirmativo,
informe las acciones llevadas a cabo. En caso negativo, explique los motivos en
forma detallada.
5. En virtud de lo mencionado en la
resolución Conjunta N° 34/2012 y 50/2012, donde el C.O.F.E.S. y el M.A.S.P. y
M.A. sugieren solicitar al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios que arbitre los medios necesarios para afrontar los recursos
económicos para la implementación de las posibles soluciones en los tiempos
establecidos. Indique cuáles son estos recursos económicos y cuáles serían las
posibles soluciones.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene por
objeto exhortar al Poder Ejecutivo Nacional para dar cumplimiento a lo
estipulado en la Resolución Conjunta N° 34/2012 y 50/2012, considerando el
nuevo plazo otorgado por la resolución mencionada, para la modificación del
valor establecido para el arsénico en agua potable (de 0.05mg/l a 0.01mg/l),
(Resolución Conjunta SPRyRS N° 68/2007 y SAGyA Nº 196/2007 modificación
de los art. 982 y 983 del Código Alimentario Argentino
Considerando que el COFES y el
M.A.S.P. y M.A. solicitaron una prórroga por 5 años más para cumplir con los
parámetros de la exposición de arsénico en agua potable, debido a la necesidad
de un estudio epidemiológico, es de interés conocer cuáles han sido las políticas
llevadas a cabo en el periodo 2007-2012 y las próximas acciones planificadas
para el período 2012-1017 en pos del mismo objetivo.
Resulta evidente que es de suma
importancia determinar el contenido de arsénico en el agua para consumo
humano a fin de poder determinar de manera certera cuál es el riesgo de
toxicidad al que se enfrenta la población que la consume. A todo ello, es de vital
trascendencia delimitar cuáles son las zonas de la República Argentina que se
encuentran más vulnerables y que merecen una intervención urgente por parte
del Estado, traducida en obras de infraestructura para la modernización de las
plantas de tratamientos.
Es indiscutible que el agua y la
salud de la población son dos dimensiones inseparables. La disponibilidad de
agua de buena calidad es una condición indispensable. Por tanto, tener acceso a
agua segura es fundamental para la salud y el bienestar de las personas, ya que
de estar contaminada, se convierte en uno de los principales vehículos de
transmisión de enfermedades
La Organización Mundial de la
Salud asevera que el alto grado de concentración de arsénico en el agua pone
en riesgo la calidad de vida de los ciudadanos. Las enfermedades transmisibles
por el agua generan patologías que demuestran y evidencian el grado de
deterioro de una población, siendo los sectores más afectados aquellos que
sufren la pobreza, la marginalidad, viviendo en condiciones habitacionales y de
higiene sanitaria deficientes. Está científicamente comprobado, según la OMS,
que la exposición a concentraciones mayores de ingesta de Arsénico provocan
trastornos y enfermedades graves como el H.A.C.R.E. (Hidro Arsenicismo
Crónico Regional Endémico). Dicha patología es producida por el consumo
prolongado de altos niveles de arsénico a través del agua y los alimentos. Se
caracteriza por presentar lesiones en la piel y alteraciones sistémicas cancerosas
y no cancerosas.
Uno de los ejemplos es la Localidad
de Lobos, Pcia. de Buenos Aires. La misma, a través de varias Organizaciones
no gubernamentales, viene realizando análisis de muestras de agua de
consumo, dando éstos como resultado, niveles muy altos de arsénico, en alguno
de los casos hasta 0.07 mg/l, excediendo totalmente los límites establecidos por
la OMS y CAA.
En el año 2007 se realizó el Foro
del agua, organizado por el Centro de estudios Ambientales de Lobos, con el
motivo de concientizar sobre la problemática y dar a conocer alternativas para el
tratamiento del agua, tales como el intercambio iónico, ósmosis inversa, entre
otros.
En el año 2008, el Laboratorio
Bromatológico de Lobos, realizó un análisis físico y químico de una muestra de
agua, dando como resultado 0.07 mg/l.
En el año 2010, la Facultad de
Agronomía de la Universidad de Bs. As., realizó el análisis de dos muestras de
agua, una filtrada y otra de tanque familiar, dando como resultados 0.027 mg/l
y 0.108 mg/l respectivamente .
Por último, cabe destacar que el
agua es un derecho humano fundamental, pues así lo establece el Pacto sobre
Derechos Económicos Sociales y Culturales, firmado en el año 2002 por 145
países, (entre los cuales se encuentra Argentina). El mismo, obliga a asegurar
progresivamente que la totalidad de los habitantes tenga en forma equitativa y
sin discriminación acceso al agua potable segura.
El presente proyecto tiene su
antecedente en el expediente 2991-D-2012.
Por lo expuesto, solicito a mis
pares, la aprobación de este proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GONZALEZ, GLADYS ESTHER | BUENOS AIRES | UNION PRO |
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
SCAGLIA, GISELA | SANTA FE | UNION PRO |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO | SALTA | CONSERVADOR POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 133 (2015), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |