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PROYECTO DE TP


Expediente 1438-D-2010
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA MODIFICACION EN LA ESTRUCTURA DE CONDUCCION SUPERIOR DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA -SENASA-.
Fecha: 25/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su preocupación por la modificación en la estructura de conducción superior del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria -SENASA- mediante el Decreto 237/2009.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 30 de marzo del año 2009 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 237/09 mediante el cual se modifica sustancialmente la estructura de conducción superior del SENASA, asignando sólo un rol consultivo y no vinculante al Consejo de Administración, integrado por los actores intervinientes en materia de sanidad y calidad animal tanto del sector público como privado.
Mediante la nueva disposición, el Presidente del SENASA y el Vicepresidente ejecutivo conformarán la estructura funcional superior del órgano (artículo 1), transformando al Consejo de Administración en un Consejo Consultivo asistente del Presidente del SENASA (artículo 10) y conservando la representación de organismos oficiales y privados con la siguiente composición:
- uno por Sociedad Rural Argentina
- uno por Federación Agraria Argentina
- uno por Confederaciones Rurales Argentinas
- uno por Confederación Intercooperativa Agropecuaria Cooperativa Limitada
- uno por la Industria de la carne
- uno por la Industria Pesquera
- dos por las Industrias Alimentarias a propuesta de la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios
- uno por la Industria de insumos de la industria alimenticia
- cinco por las provincias representando en forma rotativa a las cinco regiones del país
- uno por las asociaciones de consumidores
- uno por los trabajadores de SENASA.
Asimismo, el Decreto 237/09 ha limitado el rol del nuevo Consejo Consultivo a la emisión de opinión no vinculante sobre las cuestiones requeridas por el Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos (SAGPyA) y/o el Presidente del SENASA sobre temas que hacen al mencionado organismo (artículo 14).
Entendemos que esta decisión de quitarle jerarquía al Consejo implica la eliminación de la participación de los actores relevantes en el proceso de toma de decisiones del SENASA, a la vez que refuerza la posición del Poder Ejecutivo Nacional y la discrecionalidad para la adopción de políticas en materia de sanidad agroalimentaria. La modificación del organismo afianza la centralización en la toma de decisiones y, lejos de apostar al consenso del sector público y privado interesado en la materia, hegemoniza unilateralmente la adopción de políticas menoscabando así a las instituciones y organizaciones representativas del sistema agroalimentario.
Los órganos públicos que planifican y ejecutan la política agroalimentaria, como responsables directos del crecimiento y desarrollo sustentable de la cadena agroalimentaria, deberían otorgar estabilidad y previsibilidad a todos los actores sociales, a través de estructuras funcionales participativas que impliquen espacios políticos de construcción concertada con representación directa de la sociedad civil organizada. Ello no es más que instrumentar prácticas organizativas democráticas donde todos los interesados participen. Sin embargo, el Decreto 237/09 atenta contra la conformación de esas prácticas porque delega y concentra en dos funcionarios del Gobierno Nacional las decisiones que competen a todos los actores relacionados con la matriz agroalimentaria nacional.
Según la norma, "resulta imprescindible adecuar las atribuciones de los órganos de conducción del mencionado Servicio Nacional, a la vez de fortalecer sus atribuciones de manera tal de optimizar su eficacia y posibilitar la toma de decisiones urgentes que permitan una gestión institucional en concordancia con los 'status' sanitarios alcanzados por la REPUBLICA ARGENTINA". En realidad, la optimización de la eficacia y la urgencia en las decisiones no dependen directamente del número de miembros del órgano conductor, sino de la capacidad de organización democrática del ente y de la construcción de legitimidad con los actores de la sociedad civil.
La pérdida de posición de los productores agropecuarios organizados en su interlocución con el Estado es una tendencia creciente que se afirma después del conflicto desatado durante el año 2008 con la Resolución 125 y, entonces, pareciera que se adopta la confrontación y no la racionalidad a la hora de planificar la institucionalidad agrícola en la Argentina.
En consecuencia, señalamos la preocupación de lo que implica esta medida en términos de exclusión de los actores sociales relevantes e interesados en la adopción de decisiones, así como también manifestamos la preocupación en la modalidad en la cual se adopta esta reorganización institucional, ya que aún con el diálogo abierto con las entidades agropecuarias, el Gobierno Nacional insiste en su poder omnímodo de acción.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GARCIA, SUSANA ROSA SANTA FE COALICION CIVICA
QUIROZ, ELSA SIRIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA
RE, HILMA LEONOR ENTRE RIOS COALICION CIVICA
BALDATA, GRISELDA ANGELA CORDOBA COALICION CIVICA
CARCA, ELISA BEATRIZ BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
11/05/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría