PROYECTO DE TP
Expediente 1436-D-2010
Sumario: REGLAMENTO DE LA H. CAMARA. MODIFICACION DEL ARTICULO 113, SOBRE OBSERVACION DE DICTAMENES.
Fecha: 25/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Modificar el art. 113 del Reglamento
de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación por el siguiente:
Artículo 113:
"Producidos los dictámenes de las
comisiones serán impresos, numerándolos correlativamente en el orden de su
presentación a la Secretaría. Una vez impresos, se los distribuirá en la forma
prevista en el artículo 50, inciso 5º, se pondrán a disposición de la prensa y
quedarán en observación durante siete días hábiles. El plazo para formular
observaciones se computa desde la notificación fehaciente a los bloque políticos,
de la disponibilidad de las órdenes del día para ser retiradas.
La Cámara no considerará ninguna
propuesta de modificación que no haya sido depositada en la Secretaría dentro de
este término, salvo su aceptación por la Comisión respectiva antes de la
consideración del despacho por la Cámara o pronunciamiento expreso de la misma
por los dos tercios de los votos emitidos, debiendo su autor, en este caso, limitarse
a leerla y procediéndose, sin debate, a determinar si ella se considera o no por la
Cámara.
Los dictámenes de Comisión en
discrepancia con el que fuere aprobado en general y las disidencias parciales
tendrán, en el debate en particular, el tratamiento de las observaciones formuladas
en término; y los diputados que los sostengan podrán, en el curso del mismo,
hacer las propuestas pertinentes".
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto reproduce el
proyecto de resolución correspondiente al expediente 2684-D-2009. A continuación
se transcriben los fundamentos que acompañaron dicha iniciativa.
El objetivo del presente proyecto es
modificar el artículo 113 del Reglamento de esta Cámara, referido al plazo para
efectuar observaciones. En virtud de dicho artículo, los legisladores cuentan con un
plazo de siete días hábiles para presentar observaciones al dictamen emitido por
las Comisiones de Asesoramiento.
El plazo de siete días se computa a
partir de la fecha de su publicación. La publicación la realiza la Imprenta del
Congreso de la Nación, quien imprime en las Ordenes del Día la indicación del
plazo de vencimiento para formular las observaciones.
Sin embargo en la práctica
parlamentaria las órdenes del día son entregadas mucho tiempo después de su
publicación, reduciéndose el plazo para formular la observación y muchas veces
llegan a los despachos de los Diputados cuando el plazo ya está vencido.
La finalidad de este instrumento es
brindar la posibilidad de emitir opinión a los legisladores que no integran las
comisiones emisoras del dictamen. Beneficia a los bloques minoritarios ya que
éstos no cuentan con representación en todas las comisiones.
El objetivo de este proyecto es que el
plazo comience a contarse desde que los bloque políticos tienen acceso a las
órdenes del día impresas. A tal fin, la Secretaría Parlamentaria deberá instrumentar
algún mecanismo de notificación, el que podrá ser a través de la firma de una
planilla, o por algún medio electrónico, para que quede constancia de la
disponibilidad de las órdenes del día, y que a partir de ese momento que empiece
a operar el plazo para observar.
Asimismo, esta herramienta es de
suma importancias ya que las ordenes del día sin observaciones ni disidencias, se
tratan en conjunto en la sesión correspondiente.
Por las razones expuestas, solicito a
mis pares la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
IBARRA, VILMA LIDIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | NUEVO ENCUENTRO POPULAR Y SOLIDARIO |
HELLER, CARLOS | CIUDAD de BUENOS AIRES | NUEVO ENCUENTRO POPULAR Y SOLIDARIO |
SABBATELLA, MARTIN | BUENOS AIRES | NUEVO ENCUENTRO POPULAR Y SOLIDARIO |
BASTEIRO, SERGIO ARIEL | BUENOS AIRES | NUEVO ENCUENTRO POPULAR Y SOLIDARIO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 129 (2011), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 | 16/03/2011 |