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PROYECTO DE TP


Expediente 1433-D-2011
Sumario: MODIFICACION DE LA LEY DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS (20628); SOBRE DEDUCCIONES ESPECIALES PARA PERSONAS DISCAPACITADAS.
Fecha: 31/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1º - Incorpórese como último párrafo al inciso a) del artículo 23º de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado por Decreto 649/97 y sus modificaciones), el siguiente:
"Los montos previstos en el presente inciso serán incrementados en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) cuando el contribuyente fuere una persona discapacitada".
ARTÍCULO 2º - Incorpórese como último párrafo al inciso b) del artículo 23º de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado por Decreto 649/97 y sus modificaciones), el siguiente:
"Los montos previstos en el presente inciso serán incrementados en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) cuando la persona que revistiera el carácter de carga de familia fuera una persona discapacitada".
ARTÍCULO 3º - Incorpórese como último párrafo del artículo 23º de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado por Decreto 649/97 y sus modificaciones), el siguiente:
"A los efectos del incremento del 50 % de las deducciones personales previstas en los incisos a) y b) del presente artículo, reviste el carácter de persona discapacitada quién se encuentre incluida en el artículo 2º de la Ley 22.431. La condición de persona discapacitada del contribuyente o del familiar a su cargo deberá ser acreditada ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los plazos y condiciones que la misma establezca".
ARTÍCULO 4º - La presente Ley entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y será de aplicación a partir del año fiscal en curso a la fecha de su publicación.
ARTÍCULO 5º - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Señor Presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación:
Tengo el agrado de dirigirme a vuestra honorabilidad a fin de someter a consideración del cuerpo que usted preside el presente proyecto de ley. La actuación que se insta en esta oportunidad, respecto de la cual se persigue su efectiva sanción y consagración como ley nacional, tiene por objeto reformar artículo 23º de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado por Decreto 649/97 (B.O. 06/08/97), y sus modificatorias.
El presente proyecto de ley tiene por objeto modificar el artículo 23º incisos a) y b) de la ley del impuesto a las ganancias, incrementando en un cincuenta por ciento (50%) los montos de las deducciones personales por "mínimo no imponible" y por "cargas de familia" en los casos en los que el contribuyente y/o aquellos familiares que estuvieren a su cargo, fueren personas con discapacidad.
A los fines del presente, se entenderá por persona discapacitada a toda aquella que se encuadre dentro de la definición legal preestablecida en el artículo 2º de la Ley 22.431. La referida disposición jurídica establece lo siguiente: "... se considera discapacitada a toda persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral."
Es de destacar que la ley del impuesto a las ganancias, en su artículo 23º, actualmente otorga un beneficio adicional en el caso de hijos, hijastros, nietos y hermanos que se encuentren "discapacitados para el trabajo", excluyéndolos del tope temporal de 24 años que rige para su cómputo.
El espíritu de esta medida respeta los lineamientos seguidos por la ley 22.431. Dicha norma, sancionada en el año 1981, estableció un "Sistema de Protección Integral de los discapacitados" garantizándoles a estos su atención médica, su educación y su seguridad social. También en virtud de la misma se promovieron estímulos tendientes a neutralizar la desventaja que la discapacidad les provoca, brindándoles oportunidades de desempeñar en la comunidad un rol equivalente respecto de los demás.
Por los motivos expuestos, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
YARADE, FERNANDO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
VILARIÑO, JOSE ANTONIO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
Giro a comisiones en Senado
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
03/08/2011 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2392/2011 15/08/2011
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CITACION SESION ESPECIAL 30/11/2011
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 30/11/2011 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO