PROYECTO DE TP
Expediente 1429-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA CONSERVAR Y REPARAR LOS YACIMIENTOS DE ARTE RUPESTRE DE LAS "CUEVAS PINTADAS" EN EL DEPARTAMENTO DE GUACHIPAS, PROVINCIA DE SALTA.
Fecha: 15/04/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 25
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que
el Poder Ejecutivo Nacional, a través de los organismos que
correspondan, adopte las medidas de conservación y reparación
necesarias, en los yacimientos de arte rupestre de la Cuevas Pintadas,
ubicados en la localidad de Las Juntas, Departamento de Guachipas,
provincia de Salta, a efectos de mantener las pinturas y motivos que
quedan en buen estado, y de restaurar los dañados, preservando la
originalidad de estas pinturas prehispánicas, declaradas Lugar
Histórico Nacional por Decreto 349/99.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Los pueblos aborígenes huachipas,
calchaquíes, diaguitas y pulares, entre los que surgió la cultura santamarina, son
los referentes de ser los autores de las pinturas rupestres de las Cuevas Pintadas
de Guachipas, provincia de Salta, declaradas Lugar Histórico Nacional por decreto
del Poder Ejecutivo Nacional N° 349/99.
Entre los años 900 y 1470 de nuestra
era, los abrigos rocosos del denominado cerro de las Cuevas Pintadas o de las
Juntas, fueron objeto del arte rupestre de los pueblos indígenas de la zona, que
dejaron impresos en los aleros de las cuevas, variados motivos de distinta y
discutida significación. El lugar habría sido elegido como sitio de culto, y las
pinturas se enmarcarían en un contexto ceremonial de ritos de propiciación e
iniciación, por lo que se cree que los antiguos habitantes se dirigían a las cuevas
para las celebraciones en fechas determinadas, y después retornaban a los
lugares donde vivían.
En el marco de un paisaje quebrado y
montañoso, y después de un trayecto espectacular del actual camino - escarpado
y sinuoso de unos 30 km desde la localidad de Guachipas -, aparecen estas rocas
cretácicas de areniscas rojas; es en sus cavidades, formadas por la erosión, que
los pueblos antiguos del lugar figuraron formas antropomorfas y representaciones
zoomorfas de camélidos, arañas, zorros y otros animales de la zona, y también
representaron una variada iconografía geométrica.
Desde su descubrimiento en 1903, se
han identificado treinta y tres (33) aleros pintados en las cuevas, entre los que se
destaca el denominado "Ambrosetti"; hoy este alero, que era tal vez la más
importante de las paredes de roca dibujada, representa un caso paradigmático del
deterioro, del vandalismo y del abandono del que es víctima todo el lugar histórico,
por la acción y la omisión del hombre.
Es en este punto, en el queremos
hacer notar la preocupación que como legisladoras tenemos, por la falta
protección del patrimonio arqueológico y cultural argentino, del que el Estado es
custodio.
En efecto, las pinturas rupestres de las
Cuevas Pintadas se encuentran actualmente en total estado de abandono. No
solamente la falta de cercamiento al lugar arqueológico denota la falta de interés
en mantenerlo, sino que desde el acceso - y aún más en todo el camino desde
Guachipas - no hay señales o están tapadas, y en el lugar no hay alguien que
guíe, ni que dé indicaciones al viajero y en definitiva no hay estructura alguna de
mantenimiento y seguridad. Por su parte, un cartel invita al turista a no pasar las
manos por las pinturas y a no dañarlas; por el contrario, el estado de desidia
estimula el vandalismo, ya que no solamente cualquiera accede a tocar las
pinturas, sino que desde hace unos pocos años han aparecido dibujos y
raspaduras encima de las pinturas rupestres, provocando daños que parecen
irreparables.
Otra consecuencia de la falta de
cercamiento al sitio, es el ingreso de animales domésticos que pastan a la vera de
las cuevas; el entorno y el sentido ancestral del yacimiento quedan así
desvirtuados por su presencia.
La calificación que la Comisión
Nacional de Museos y Monumentos y Lugares Históricos hace de los lugares
históricos nacionales, como áreas en las que transcurrieron o tuvieron origen
hechos trascendentes, de carácter histórico, artístico o espiritual, significa que la
preservación del lugar incluyendo su entorno, tiene por finalidad transmitir y
afirmar los valores históricos que en ese lugar o bien se concretan.
En concordancia con estos
enunciados, es imperioso que el Estado Nacional, adopte las medidas pertinentes
para detener el deterioro y en lo posible repararlo. Prevenir el daño y mantener la
originalidad de la obra artística ancestral única, no es sólo porque en este caso
tenga un valor histórico artístico y arqueológico invalorable, sino que además, las
Cuevas Pintadas, representan una incuestionable atracción turística para la
región.
Otorgar al sitio histórico de las Cuevas
Pintadas una infraestructura adecuada, proteger sus pinturas rupestres - obligando
a los visitantes a mantener la distancia necesaria que impida el contacto -, instalar
servicios permanentes de seguridad y guía, señalizar debidamente el acceso y el
camino desde la localidad de Guachipas, cercar el sitio para que no ingresen
animales, son algunas de las medidas mínimas con las que este lugar histórico
nacional, estaría debidamente protegido. Es en este sentido, que invitamos a
nuestros pares a acompañarnos en esta solicitud al Poder Ejecutivo, mediante la
aprobación de este proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DIEZ, MARIA INES | SALTA | RENOVADOR DE SALTA |
TORFE, MONICA LILIANA | SALTA | RENOVADOR DE SALTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
CULTURA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
07/05/2008 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0252/2008 | CON MODIFICACIONES | 20/05/2008 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 07/05/2008 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 21/05/2008 | APROBADO |