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PROYECTO DE TP


Expediente 1427-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS DENUNCIAS SOBRE EXTRACCION Y POSTERIOR EXPORTACION Y VENTA DE AGUA DULCE A GRANEL DEL RIO PARANA.
Fecha: 31/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, en referencia a la preocupación que nos genera las denuncias recibidas sobre extracción y posterior, exportación y venta de agua dulce a granel del Río Paraná, en violación a lo que prescribe la Ley N° 25688 de REGIMEN DE GESTION AMBIENTAL DE AGUAS, y en consecuencia, al Artículo 41 de la Constitución Nacional, que informe los puntos que se detallan a continuación:
1). Si ha tomado conocimiento de las denuncias realizadas por el titular de la Confederación General del Trabajo de San Lorenzo, Santa Fe, que empresas agroexportadoras de la zona estarían vendiendo agua dulce a buques que operan en los muelles locales.
2) Si ha tomado conocimiento de que a través de una página de Internet, la empresa Makhena (www.makhena.com), con sede en Argentina y Estados Unidos, ofrecía la venta de agua dulce de ríos de llanura de la República Argentina, lo que motivó la presentación del Proyecto de Declaración, Expediente Nº 6586/08.
3) Si se han tomado las medidas pertinentes, y en ese caso, detalle cuales han sido las mismas.
4) Si ha recibido solicitudes de permiso para la toma de agua en los cauces de los ríos Uruguay y Paraná, y cuál ha sido la decisión adoptada en esos casos.
5) Si se ha previsto incluir esta problemática en el Plan Nacional para la preservación, aprovechamiento y uso racional de las aguas, en cumplimiento con el Artículo 7º de la Ley Nº 25688.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Motiva el presente proyecto, la preocupación que nos genera las denuncias periodísticas realizadas por la Confederación General del Trabajo (CGT ) de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, en relación a la extracción de agua dulce del Río Paraná y su posterior venta a buques extranjeros que operan en muelles locales.
En el mismo sentido, y con la misma preocupación que hoy nos motiva, el 25 de noviembre del 2008, junto a la diputada María Petit (mc), debido a la aparición de una oferta en Internet de la empresa Makhena (www.makhena.com), de venta de agua a granel, dulce, cruda, sin tratamiento, provenientes de los ríos de llanura de la República Argentina, presentamos un Proyecto de Declaración, Expediente Nº 6586-D-2008, el que lamentablemente nunca fue tratado en la comisión correspondiente,
La mencionada oferta la realizó la empresa Makhena (www.makhena.com), con sede en Argentina y Estados Unidos, por cantidades entre 60.000 o 70.000 toneladas por envío, para usos tales como la potabilización y consumo, riego, etc., en buques tanque. En la actualidad, esta empresa ha retirado de su sitio web toda la información en relación a la oferta de agua dulce
El 24 de abril del 2009, presentamos un pedido de informes al Poder Ejecutivo, expediente 2067-D-2009, en el que solicitamos al Poder Ejecutivo información en relación a las autorizaciones de la empresa Makhena y si tenía permisos para comercializar agua dulce.
Es importante advertir que de concretarse esta venta de agua dulce, se violaría la Ley N° 25688 de Presupuestos Mínimos Ambientales para la Preservación de las Aguas, su Aprovechamiento y Uso Racional, y por ende, el Artículo 41 de nuestra Constitución Nacional. Esta ley, promulgada el 30 de diciembre del año 2002, expresa que se entiende por utilización de las aguas, entre otras cosas, la toma y desviación de aguas superficiales; y para esa utilización, se requiere permiso de autoridad competente, cosa que, según parece, esta empresa notoriamente no tenía.
Según un informe de la ONU 1.200 millones de habitantes no tienen acceso a una fuente de agua potable segura, alertando que, además, la calidad de agua dulce tiende a disminuir incluso en zonas de gran abundancia.
Dado que el agua potable es un recurso indispensable para los seres vivos y, por sobre todas las cosas, escaso, ya que nada más que el 3% del agua disponible en el planeta es dulce y potable, se deben extremar las medidas para su conservación, cuidado y uso, siempre de manera racional.
Para complementar lo señalado, el uso de los bienes del dominio público es común a todos los habitantes; de ahí que todos ellos puedan usar las aguas del dominio público siempre que no sea en detrimento de los derechos de los demás.
Por los fundamentos expuestos, y porque como entrerrianos es nuestra responsabilidad preocuparnos por el buen uso de nuestros recursos, especialmente el agua de nuestros ríos, es que pido a todos los Diputados presentes que aprueben este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CREMER DE BUSTI, MARIA CRISTINA ENTRE RIOS PERONISMO FEDERAL
ZAVALLO, GUSTAVO MARCELO ENTRE RIOS PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia)