PROYECTO DE TP
Expediente 1422-D-2011
Sumario: MODIFICACION DE LA LEY 20744, CONTRATO DE TRABAJO; SOBRE LICENCIA POR DIA EN FAMILIA.
Fecha: 31/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
El Senado y Cámara de Diputados...
LICENCIA POR DÍA
EN FAMILIA
Artículo 1°.- Incorpórase
como inciso f) del artículo 158 de la Ley N° 20.744, el siguiente texto:
"f) Para compartir
con su familia, un (1) día por trimestre, siendo un máximo de cuatro (4) días
por año calendario."
Artículo 2°.- Incorpórase
como artículo 161 bis de la Ley N° 20.744, el siguiente texto:
"Art. 161 bis. -
Licencia por día en familia.
A los efectos del
otorgamiento de la licencia a que alude el inciso f) del artículo 158, será
requisito que el trabajador o la trabajadora tenga hijos o hijas menores de 18
años de edad.
Esta licencia tendrá
carácter irrenunciable".
Artículo 3º.- De
forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A través del presente proyecto se
propone incorporar en la Ley de Contrato de Trabajo una licencia especial para
que el trabajador o la trabajadora puedan pasar un día en familia. Tan simple y
tan importante como eso.
Actualmente la Ley nº 20.744
contempla algunos días de licencia para casos especiales: nacimiento de hijo o
hija, matrimonio, fallecimiento de parientes, y para rendir examen. Casi la
totalidad se refiere a momentos importantes, fuertes, tanto de inicio como de
fin de proceso. El caso atípico, el que desentona, es el de la licencia por
examen. Nuestra propuesta sigue el modelo de esta última licencia, pero
apunta a la importancia de todas las otras.
Uno se ausenta del trabajo porque
nace un hijo o una hija, porque contrae matrimonio, porque muere alguien de
su familia... pero jamás puede hacerlo para compartir un día con ellos,
encontrarse, pasarla bien, vivir juntos que es, realmente, lo importante. En
cambio si tiene que estudiar un día e ir a rendir al día siguiente puede faltar dos
días seguidos, pudiendo totalizar un total de diez ausencias anuales por esta
causa.
Nuestra propuesta es más
humilde. Esperamos que el trabajador o la trabajadora puedan tomarse un día
cada tres meses, contabilizando apenas cuatro días en total al año, para pasar
el día en familia. Una salida al aire libre, una visita cultural, una tarde de
juegos, un desayuno todos juntos... o lo que se nos ocurra, pero en familia.
Somos conscientes que actualmente los días no laborables son días de
descanso, de recuperarse, para seguir trabajando. Este proyecto propone un
cambio cultural: dedicar un día laboral a estar en familia.
En principio, hay una restricción
para su acceso: tener hijos menores de 18 años. Creemos, a la par, que 4 días
al año no afecta negativamente la productividad de una empresa. Es más, hay
argumentos que nos llevan a pensar lo contrario: un trabajador o una
trabajadora feliz, con más tiempo de disfrute familiar, rinde más y mejor, se
enferma menos, crea otro clima de trabajo, todo lo que redunda en beneficios
laborales.
Los argentinos otorgamos la
máxima valoración a la familia. Sin perjuicio de nuestras propias vivencias que
así lo reafirman, hay diversas encuestas que lo confirman. Una de ellas,
publicada en los matutinos "La Nación" y "Clarín" el día 28 de diciembre de
2005, dice que para el 80 % de los argentinos la familia es el eje en el que
debería estar centrada la sociedad. Inclusive el 48 % de las personas opina que
la solución de fondo para evitar problemas sociales como la delincuencia
juvenil, las adicciones y la violencia, se encuentra en que el Estado adopte
políticas que promuevan la vida familiar. Alarmante es que 69 % de los
individuos considere que la calidad de vida familiar es más débil que hace
treinta años y que el 46 % conciba que se debilitará aún más en el futuro.
La familia es un valor apreciado
por nuestro pueblo. El hogar sigue siendo el lugar privilegiado de encuentro de
las personas donde, en lo cotidiano, se recrea el sentido de pertenencia.
Gracias a los afectos auténticos de nupcialidad, paternidad y maternidad,
filiación y fraternidad, aprendemos a sostenernos mutuamente en las
dificultades, a comprendernos y perdonarnos, a acompañar a las niñas, los
niños, los adolescentes y a los jóvenes, a tener en cuenta, valorar y querer a
los abuelos y a las personas con capacidades diferentes. Cuando hay familia, se
expresan verdaderamente el amor y la ternura, se comparten las alegrías
haciendo fiesta y sus miembros se solidarizan ante las dificultades cotidianas, la
angustia del sufrimiento, y el dolor que provoca la enfermedad y la
muerte.
La familia es una comunidad de
personas, la célula social más pequeña y, como tal, es una institución
fundamental para la vida de toda sociedad. ¿Qué espera de la sociedad? Ante
todo que sea reconocida su identidad y aceptada su naturaleza de sujeto social.
Esto supone que se debe ayudar a las personas a tener un auténtico proyecto
de vida, que incluya alimento, vivienda, trabajo, salud, educación, posibilidad
de reunir a la familia y vivir dignamente. Y esto implica, necesariamente, una
igualdad real de oportunidades.
Desde este marco, y partiendo
siempre del valor y la importancia que tiene la familia en el proceso de
realización personal de sus integrantes, es fundamental que se tengan en
cuenta los siguientes aspectos:
1. La familia es la unidad básica y
esencial de la organización social, brindando un entorno especial para el
desarrollo natural y realización personal de todos los que forman parte de
ella.
2. Es la institución social
fundamental que une a las personas vinculadas por nacimiento o por elección
en un hogar y una unidad doméstica.
Se sabe que el medio social que
más directamente influye sobre el niño, la niña y el adolescente es la familia.
Ella es la que define conductas, permite el crecimiento psicosocial, asegura la
individualización, determina la autoestima, el respeto, y facilita la
interacción.
En los primeros años de vida los
acontecimientos relacionados con la familia son los más importantes. La familia
es pieza clave para promover hábitos y conductas saludables, es la que influirá
positivamente en el rendimiento escolar de sus hijos disminuyendo el riesgo del
fracaso escolar y de la deserción, por lo que es fundamental, imprescindible,
tener en cuenta la familia que generará personas educadas, competentes para
su posterior desenvolvimiento en el mundo productivo social y cultural.
Desde el punto de vista de la
salud, hacia finales del siglo XX, comenzamos a hablar de Medicina Familiar. Se
reconoció por investigaciones científicas y sociales que muchas de las
patologías o enfermedades que se han ido desarrollando en las personas eran
producto y tenían su origen en problemáticas familiares, no sólo las de origen
infectocontagiosas, cancerígenas o hereditarias de otra etiología, sino, y
fundamentalmente, las de orden emocional y social, que se tradujeron en
enfermedades tan importantes llegando incluso a la muerte.
Lamentablemente en nuestro país
se ha desvirtuado el verdadero sentido de la medicina familiar o el médico de
familia, pues se corre detrás de atenciones de la Seguridad Social o el sistema
privado, donde lo único que se miden son costos y no la atención integral de la
salud. Pero insistiendo en la Medicina de Familia, nos planteamos: ¿por qué es
importante la salud familiar?. Porque la familia es:
•Primera en el tiempo: la niña o
niño nace en ella
•Primera en espacio: la niña o niño
establece en ella los vínculos afectivos primarios.
•Primera en significación: las
actitudes que los padres adopten frente a la vida social, emocional, física y
espiritual es recibida y resignificada por ellos.
La familia se constituye en un
centro de salud integral para sus integrantes. Es necesario para evitar
patologías emergentes como depresión y distress, que se puedan facilitar al
trabajador estos días especiales, de compartir y disfrutar en comunicación plena
con los afectos más cercanos. La falta de comunicación entre padres e hijos, y
entre la pareja, son los mayores problemas de las consultas médicas, porque
como se suele decir entre los profesionales de la salud, "no hay enfermedades
sino enfermos". Las personas casi en un 90% se enferman porque se encuentra
debilitado su sistema inmunológico, por cuestiones que casi siempre tienen que
ver con situaciones emocionales de base. Por esta razón creemos importante
que el trabajador y la trabajadora sean beneficiados con estos días especiales
por la salud de ellos como así también la de su familia.
Este proyecto de ley, que se pone
a consideración, contempla la tensión que se produce entre lo laboral y lo
familiar. En nuestra sociedad, y en el transcurso de los años, han aparecido
grandes dificultades a raíz de no poder compartir momentos esenciales de la
vida en familia.
Es necesario tener presente el
gran número de familias monoparentales, como así también los casos de
familias en donde los padres conviven con sus hijos y ambos trabajan, entre
otros tantos ejemplos actuales. Una mujer que es jefa de hogar, y que está
todo el día fuera de su casa para conseguir el sustento diario, difícilmente
pueda disfrutar de un día con sus hijos. Estas realidades deben ser
contempladas por la normativa laboral. Este proyecto propone modificar la ley
de contrato de trabajo a fin de contemplar una licencia especial, en resguardo
de las relaciones familiares.
En línea con esta
propuesta, ya existen premios a empresas familiarmente responsables. En la
nota titulada "La familia, motor del trabajo" publicada el domingo 2 de enero de
2011 en el suplemento "Hacer Comunidad" del Diario "La Nación", podemos
leer que "ya hay empresas que ponen en práctica acciones orientados a
equilibrar la vida laboral con la familiar". Allí mismo dice que "con el fin de
optimizar su producción y contar con empleados comprometidos, las compañías
eligen programas que unen el trabajo y la familia, e incentivan a su personal a
lograr resultados en el corto y largo plazo". Inclusive se están creando en las
empresas departamentos o comisiones "cuya misión era hacer un relevamiento
de las dificultades para compatibilizar trabajo y familia".
En Síntesis:
1. La familia se caracteriza por sus
relaciones de intimidad, solidaridad y duración, por lo que se constituye en un
agente estabilizador. Es un factor de causa, predisposición y contribución para
el desarrollo emocional e intelectual de sus miembros.
2. De acuerdo a las Naciones
Unidas (1988) las funciones y acciones de la familia son prioritarias para el
desarrollo de sus miembros y el funcionamiento de la sociedad: desarrollar y
socializar a sus hijos brindándole cuidado, amor, alimento, satisfacción de las
necesidades y un medio intelectual, emocional e interpersonal adecuado para
favorecer el bienestar psicosocial.
3. Una familia con un
funcionamiento adecuado (familia funcional) promueve el desarrollo integral de
los miembros y puede lograr el mantenimiento de estados de salud favorables.
Una familia con funcionamiento inadecuado, o familia disfuncional, se convierte
en factor de riesgo que puede propiciar aparición de síntomas y enfermedades
en sus miembros.
Por todo lo expresado, y teniendo
en cuenta el valor que tiene la familia, es que cada uno, desde los lugares
donde nos toque actuar, debemos trabajar para potenciar el mayor número de
familias funcionales y desarrollar proyectos y programas que contribuyan a
modificar situaciones de las familias disfuncionales.
La familia es la institución
fundamental de nuestra convivencia. Su respaldo y protección debe constituir el
objetivo primordial de nuestra Sociedad y del Estado promoviéndose, en forma
prioritaria y vigorosa, su pleno desarrollo.
El disfrute pleno de los derechos
humanos fundamentales, dentro del contexto de la familia y en el de la
sociedad, es el único punto de partida viable para un acercamiento a la realidad
multiforme que constituye hoy la familia.
Esta iniciativa es un desafío para
llevar a cabo las necesarias estrategias y efectivas políticas públicas que definan
y enmarquen lo más valioso que tiene una sociedad: la familia, bajo la
fundamental premisa que la función de Estado debe estar orientada hacia ella,
verdadera cuna y gestora de la persona y del desarrollo nacional.
Algunas leyes especiales
establecen licencias por prácticas religiosas o, por ejemplo, para casos
específicos como un trabajador que es bombero voluntario y debe prestar
servicios de urgencia como tal. La ley actual, en cambio, no admite un solo día
que el trabajador pueda solicitar una licencia para pasar el día con la familia. Es
necesario entonces, modificar nuestra Ley de Contrato de Trabajo con el
objetivo de asegurar un sano equilibrio entre lo familiar y lo laboral.
Es nuestra obligación como
argentinos y legisladores de la Nación apoyar, fortalecer y proteger a la familia.
Por lo tanto, no podemos eludir nuestro compromiso para desarrollar políticas
que faciliten su estabilidad, calidad de vida, autonomía y bienestar y que, en
consecuencia, eliminen al máximo posible los obstáculos o dificultades que
afectan directamente su pleno desarrollo.
Con el impulso y
aprobación de esta ley estaremos cumpliendo y preservando lo que nuestra
Carta Magna, a través de su artículo 14 bis, textualmente ordena: "...En
especial, la ley establecerá: ... la protección integral de la familia ...".
Además, el artículo 75 inc. 22 de
nuestra Constitución Nacional incorpora y otorga jerarquía constitucional a una
serie de instrumentos internacionales que refuerzan todo lo dicho
anteriormente. Citamos a continuación los textos más importantes al
respecto:
Declaración Universal de Derechos
Humanos
Artículo 16, inciso
3: "La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene
derecho a la protección de la sociedad y del Estado".
Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos
Artículo 23, inciso
1: "La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene
derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales
Artículo 10: "Los
Estados Partes en el presente Pacto reconocen que:
1. Se debe
conceder a la familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad,
la más amplia protección y asistencia posibles, especialmente para su
constitución y mientras sea responsable del cuidado y la educación de los hijos
a su cargo..."
Convención Americana de
Derechos Humanos
Artículo 17, inciso
1: "La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser
protegida por la sociedad y el Estado"
Convención sobre los Derechos del
Niño
Artículo 3, inciso 2:
"Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el
cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los
derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él
ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y
administrativas adecuadas".
Artículo 5: "Los
Estados Partes respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de
los padres o, en su caso, de los miembros de la familia ampliada o de la
comunidad, según establezca la costumbre local, de los tutores u otras
personas encargadas legalmente del niño de impartirle, en consonancia con la
evolución de sus facultades, dirección y orientación apropiadas para que el niño
ejerza los derechos reconocidos en la presente Convención".
Artículo 18, incisos 1 y 2:
"1. Los Estados
Partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio
de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la
crianza y el desarrollo del niño. Incumbirá a los padres o, en su caso, a los
representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo
del niño. Su preocupación fundamental será el interés superior del niño.
2. A los efectos de
garantizar y promover los derechos enunciados en la presente Convención, los
Estados Partes prestarán la asistencia apropiada a los padres y a los
representantes legales para el desempeño de sus funciones en lo que respecta
a la crianza del niño y velarán por la creación de instituciones, instalaciones y
servicios para el cuidado de los niños".
Artículo 27, incisos 1, 2 y 3:
"1. Los Estados
Partes reconocen el derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado para su
desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.
2. A los padres u
otras personas encargadas del niño les incumbe la responsabilidad primordial
de proporcionar, dentro de sus posibilidades y medios económicos, las
condiciones de vida que sean necesarias para el desarrollo del niño.
3. Los Estados
Partes, de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios,
adoptarán medidas apropiadas para ayudar a los padres y a otras personas
responsables por el niño a dar efectividad a este derecho y, en caso necesario,
proporcionarán asistencia material y programas de apoyo, particularmente con
respecto a la nutrición, el vestuario y la vivienda."
Artículo 31, inciso
"1. Los Estados
Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y
a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la
vida cultural y en las artes.
2. Los Estados
Partes respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en
la vida cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en
condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y
de esparcimiento".
Para ir finalizando rescatamos
algunas de las conclusiones a las que se ha arribado en la investigación volcada
en la obra "Bases Para La Elaboración de Políticas Familiares En La Argentina",
editada por el Honorable Senado de la Nación:
"...Las familias, los
empresarios y los gobiernos de los países desarrollados están reevaluando el rol
de la familia y la economía que se había perdido de vista en sus políticas e
ideologías promovidas desde los 50. Los padres buscan activamente
alternativas que hagan las obligaciones de la familia y del trabajo compatibles...
La mujer y el hombre se benefician cuando las condiciones de trabajo toman en
cuenta la familia. Todavía hay una necesidad de reevaluar la estructura del
trabajo en términos de familia... Es importante acordarse de que muchas veces
los beneficios no se perciben en el corto plazo sino en el largo plazo. El hombre
por naturaleza es sociable y la familia es la unidad orgánica social básica y
principal manifestación de esta sociabilidad. Y por lo tanto, si la familia se
desmorona la sociedad se debilita. La consecuencia es evidente en los hijos
que, por ejemplo, demuestran un rendimiento escolar favorable cuando crecen
en una familia funcional...La educación de la población es de fundamental
importancia para el desarrollo y la calidad del capital humano y social. Estas son
las razones por lo que las políticas familiares, como políticas de Estado, han
comenzado a proliferar en muchos países del mundo".
Concluimos que, en atención a que
la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo
de la sociedad y el Estado, y a que la familia es el primer ámbito de protección
y desarrollo de la persona, las políticas de protección, apoyo y promoción de la
familia se encuentran entre las de más alta prioridad del Estado. La familia es la
institución fundamental de la sociedad, su unidad básica, primer espacio de
socialización del ser humano en que se generan derechos, deberes y relaciones,
orientados al bienestar y desarrollo integral de las personas y donde se
aprenden valores fundamentales para la convivencia social como la solidaridad
y la búsqueda del bien común.
Trabajar por el fortalecimiento de
la familia y su protección integral es crear un presente y un futuro sólido que
promueva la dignificación de las personas y de nuestra sociedad. De todo lo
anteriormente dicho se desprende que es imprescindible el impulso de políticas
públicas con perspectiva de familia.
Este proyecto es una
representación del expediente 1528-D-2009, de autoría del Diputado Nacional
MC Hugo R. Acuña.
Es por todas estas razones que
solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GUZMAN, OLGA ELIZABETH | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
BRILLO, JOSE RICARDO | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
REGAZZOLI, MARIA CRISTINA | LA PAMPA | PARTIDO JUSTICIALISTA LA PAMPA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
18/04/2012 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |