PROYECTO DE TP
Expediente 1415-D-2006
Sumario: CREACION DEL CENTRO DE LA CULTURA UNIVERSAL JORGE LUIS BORGES -CCU BORGES- EN EL AMBITO DE LA SECRETARIA DE CULTURA DE LA NACION.
Fecha: 04/04/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 24
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º.- Créase el "Centro de la Cultura Universal Jorge Luis Borges" (CCU Borges) como ente autárquico en jurisdicción de la Secretaría de Cultura de la Nación, que desarrollará sus actividades dentro del marco establecido por la presente ley.
ARTICULO 2º.- El CCU Borges tendrá por finalidad la difusión de manifestaciones culturales de diferentes países y regiones del mundo, de acuerdo a la coordinación que efectúe su dirección con los integrantes de su Consejo Internacional.
ARTICULO 3º.- El CCU Borges tendrá su sede central en la ex Biblioteca Nacional sita en la calle México 564 de la Ciudad de Buenos Aires y podrá tener sedes regionales en distintos puntos del territorio nacional, ya sea propias o por convenios con otras entidades.
ARTICULO 4º.- El CCU Borges será dirigido por un Consejo Directivo de hasta cinco personalidades a ser designadas por el Poder Ejecutivo a propuesta de la Secretaría de Cultura y del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, de acuerdo a lo que disponga la reglamentación.
Los consejeros durarán en sus mandatos cuatro años y podrán ser reelegidos.
El Consejo Directivo se dará su propio reglamento interno, el que deberá ser aprobado por el Poder Ejecutivo.
ARTICULO 5º.- El CCU Borges contará con un Consejo Internacional, integrado por representantes de las embajadas acreditadas ante el gobierno nacional que manifiesten su interés en participar del mismo. Los representantes deberán acreditarse ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y serán incorporados al Consejo Internacional por decisión del Consejo Directivo.
Las representaciones diplomáticas integrantes del Consejo Internacional, podrán organizar y participar en actividades culturales propias de sus naciones y podrán hacer uso de las instalaciones del CCU Borges, de conformidad con lo que disponga el reglamento interno.
ARTICULO 6º.- El CCU Borges contará con un Consejo Asesor Permanente, integrado por representantes de la Fundación Internacional Jorge Luis Borges y de otras entidades vinculadas a la difusión de la cultura universal que determine la reglamentación. El Consejo Asesor Permanente será consultado previamente a la aprobación del reglamento interno y su opinión será recabada por el Consejo Directivo para la toma de decisiones relevantes para el desenvolvimiento del ente.
ARTICULO 7º.- El CCU Borges financiará su funcionamiento con los recursos afectados en el presupuesto nacional y las donaciones o aportes que reciba de acuerdo a las disposiciones de su reglamento interno. El reglamento preverá la participación de las representaciones integrantes del Consejo Internacional en el financiamiento de las actividades que organicen y en las que participen, en el mantenimiento de las instalaciones y en los gastos operativos de funcionamiento.
ARTICULO 8º.- Autorícese al Poder Ejecutivo a realizar gestiones tendientes a formalizar convenios con la UNESCO y con la Municipalidad de General Pueyrredon, Provincia de Buenos Aires, a los efectos de poder utilizar las casas que pertenecieran a la señora Victoria Ocampo en San Isidro y Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, como subsedes del CCU Borges.
ARTICULO 9º.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ciudad capital de nuestra nación, Buenos Aires, sigue siendo internacionalmente reconocida por la variedad de su oferta cultural, aunque para mantener una posición de vanguardia en esta vidriera de nuestro país que es su capital, es necesario innovar y aprovechar nuestras ventajas comparativas.
Proponemos crear un espacio que pueda ser utilizado por las embajadas de los países acreditados ante nuestro gobierno, como centro para sus manifestaciones culturales. Este proyecto permitirá a las diferentes naciones con representación en la Argentina tener un lugar donde poder mostrar los avances en la literatura, la música, la cinematografía, la pintura, etc; y además permitirá recobrar para la vida de la ciudad a un importante edificio del centro porteño.
El nombre del centro no es casual. Jorge Luis Borges es universalmente conocido y reconocido como una maravillosa expresión de la cultura argentina y universal. Entendiendo la universalidad de la cultura humana, Borges reflejó lo más profundo de lo propiamente argentino. Sus libros nos permiten comprender viejas culturas, como las orientales, las nórdicas, la judía, e introducen a los lectores del mundo al experimento cultural argentino. La elección de la sede central del ente a crearse tampoco es casual, ya que en él nuestro autor pasó gran parte de su vida y de sus lecturas.
Es necesario que llevemos adelante esta iniciativa para fomentar la cultura, el turismo, la integración intercultural y el recuerdo al gran escritor que supo vivir entre nosotros. Es por ello que solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
BERTOL, PAULA MARIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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CULTURA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0797-D-08 |