PROYECTO DE TP
Expediente 1412-D-2013
Sumario: LEY 20247 (SEMILLAS Y CREACIONES FITOGENETICAS): MODIFICACION DEL ARTICULO 5, SOBRE COMPOSICION DE LA COMISION NACIONAL DE SEMILLAS.
Fecha: 26/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 18
El Senado y Cámara de Diputados...
MODIFICACION ARTICULO 4 LEY 20247 DE
SEMILLAS Y CREACIONES CITOGENETICAS
Art. 1:
Sustitúyese el texto del
el art. 5 de la Ley 20247 de Semillas y Creaciones Citogenéticas por
el siguiente: " La Comisión estará integrada por diez (10) miembros
designados por el Ministerio de Agricultura , Ganadería y Pesca. Los
mismos deberán poseer especial versación sobre semillas. Cinco (5)
de estos miembros serán funcionarios representantes del Estado, de
los cuales dos (2) pertenecerán al Instituto Nacional de Semillas (
INASE), dos (2) al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria y
uno (1) al Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca con rango no
inferior a Director. Cinco (5) otros miembros representarán a la
actividad privada, de los cuales uno (1) representará a los
fitomejoradores, dos (2) representarán a la producción y al comercio
de semillas y dos (2) representarán a los usuarios, elegidos
alternativamente entre las cuatro Entidades representativas, a saber:
Federación Agraria Argentina, CONINAGRO, Sociedad Rural Argentina
y Confederaciones Rurales Argentinas. El Ministerio de Agricultura
Ganadería y Pesca determinará entre los representantes del Estado
cuáles actuarán como presidente y vicepresidente de la Comisión. Los
restantes miembros integrantes de la Comisión se desempeñarán
como vocales de la misma. En el caso de los usuarios su
representación durará un año y deberàn alternar sus lugares."
Art. 2:
De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley 20.247
sancionada el 30 de marzo de 1973, ha tenido vigencia hasta
nuestros días y ha sido una herramienta útil que a través de los años
ha servido de sostén para tan importante actividad.
Es por muchos que
están en tema sabido que se está en proceso de cambios, pero
mientras está vigente, es necesario realizar ciertos ajustes.
Es necesario, actualizar
alguno de sus aspectos como lo es la composición de la Comisión
Nacional de Semillas creada en su artículo 4 y desarrollada en el 5,
donde explícitamente son nombrados sus integrantes. En el caso de
la Junta Nacional de granos, por ejemplo, esta institución fue
desarticulada en los tiempos de la presidencia del doctor Menem
como parte de una reestructuración, en aquel momento realizada. La
Dirección de Fiscalización fue reemplazada por el INASE y por lo tanto
es necesario reestructurar la composición de esta Comisión para
darle, con fuerza de ley, una integración acorde al momento.
Tambien es necesaria
una readecuación y actualización de esta importante ley, como se
menciona mas arriba, para lo cual me comprometo a trabajar
activamente.
La urgencia de dar una
salida a esta situación fácilmente corregible, me mueve a presentar
hoy esta modificación que espero sea tenida en cuenta. Por ello, Sr.
Presidente, solicito la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |