PROYECTO DE TP
Expediente 1409-D-2014
Sumario: FORESTACION, REVEGETACION Y ADECUACION ECOLOGICA EN LAS ZONAS DE LAS RUTAS NACIONALES.
Fecha: 26/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 15
El Senado y Cámara de Diputados...
FORESTACION, REVEGETACION Y
ADECUACION ECOLOGICA EN LAS ZONAS DE LAS RUTAS NACIONALES.
Forestación, revegetación y adecuación
ecológica en las zonas de las rutas nacionales
Artículo 1º.- Se establece un plan de
forestación, revegetación y adecuación ecológica de las zonas de camino de las rutas
nacionales y otras propiedades del Estado Nacional que quedaron como sobrantes sin
destino y canteras viales en desuso; como también otros pasivos ambientales y espacios que
podrían recibir el mismo tratamiento.
Artículo 2º.- La adecuación ecológica
comprenderá a todas las actividades implicadas en el manejo de los recursos naturales
tendientes a lograr un ecosistema equilibrado, que se llegó a turbar por las acciones del
hombre a lo largo del tiempo; e incluirá:
a) La generación de masas boscosas
predominantemente nativas (forestación);
b) la revegetación con componentes de
diferentes estratos y fisonomías;
c) la protección de relictos bióticos y
abióticos como patrimonio socio-ambiental;
d) la priorización del uso de especies
autóctonas y minimización de las exóticas invasoras declaradas o potenciales.
Artículo 3º.- Se propenderá alcanzar los
objetivos de un desarrollo sustentable cumplimentando los compromisos asumidos por la
República Argentina en los tratados y acuerdos internacionales ambientales.
Artículo 4º.- La Dirección Nacional de
Vialidad, será la responsable de proyectar, coordinar, y llevar a cabo las distintas
actividades tendientes a lograr la adecuación ecológica en el plazo previsto por la
presente.
Artículo 5º.- En el supuesto de las rutas,
autovías o autopistas que se encontraren concesionadas las actividades tendientes a la
forestación, revegetación y protección de relictos vegetales autóctonos y adecuación
ecológica, serán realizadas por la Dirección Nacional de Vialidad y el concesionario
respectivo, debiendo ser supervisado por Vialidad Nacional.
Artículo 6º.- La forestación, revegetación,
protección de relictos y todas las tareas y funciones que tengan incidencia en el logro de
una adecuación ecológica de todas las rutas nacionales y predios de la DNV existente en el
territorio, tendrán como finalidad:
a) Evitar que se inicien y/o agraven los
focos de erosión localizados dentro de las áreas que abarca la presente Ley.
b) Proteger, prevenir -a las localidades
próximas a las rutas- de la erosión provocada por el viento y el agua, a través de la
forestación y mejoramiento de las condiciones ambientales del suelo.
c) Generar ambientes propicios para el
desarrollo de corredores biológicos para la unión de parches y relictos segmentados y para
la disminución del efecto borde de los fragmentos boscosos.
d) Proveer los servicios ambientales que
aseguren protección contra los procesos erosivos, fomentando la biodiversidad, mejorando
el paisaje, incrementando la seguridad vial y propendiendo a una adecuada información
ambiental.
e) Salvaguardar los relictos geológicos,
ambientales y antropológicos, entendidos como patrimonio socio-ambiental, propendiendo
a su protección, estudio y valoración por parte de los usuarios y la comunidad en
general.
f) Concientizar a la población respecto de la
importancia del recurso forestal como indicador de calidad de vida y de preservación de la
cobertura del suelo como herramienta de la lucha contra la desertificación;
g) Colaborar activamente en la mitigación
de la contaminación del aire y la disminución de los gases invernadero generados por el uso
de las rutas y otras acciones asociadas a la Dirección Nacional de Vialidad.
Artículo 7º.- La Secretaría de Ambiente y
Desarrollo Sustentable de la Nación, Universidades Nacionales, el Instituto Nacional de
Tecnología Agropecuaria -INTA- y el Servicio Geológico Minero Argentino -SEGEMAR-
colaborarán con la Dirección Nacional de Vialidad en la elaboración de los estudios y
proyectos pertinentes.
Artículo 8º.- Toda obra vial referida a
construcción, pavimentación, repavimentación u obras de conservación en la zona de
camino, deberá contar con un Plan de Adecuación Ecológica que quedara establecido en la
reglamentación de la ley.
Artículo 9º.- Toda obra de adecuación
ecológica se efectuará, prioritariamente, con mano de obra local, de manera que signifique
un incremento en los puestos de empleo a lo largo de todo el país.
Artículo 10º.- El Presupuesto de la Nación
afectará las partidas necesarias a los efectos del cumplimiento de la presente ley, la que
deberá estar reglamentada en el tiempo mínimo posible.-
Artículo 11º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Vengo ante V. H. a solicitar la aprobación del
proyecto de ley que, contemplando aspectos referidos a la problemática ambiental, pretende
legislar sobre la conveniencia de forestar, reforestar y aplicar la adecuación ecológica en las
rutas de la Nación.
La pérdida del hábitat natural por disturbio
antrópico es una problemática ambiental que ha ganado importancia a nivel mundial en los
últimos años, y como consecuencia han surgido investigaciones y prácticas para mitigar los
daños ambientales y restaurar los ambientes afectados. La construcción de caminos es una
acción que genera un desequilibrio en los ecosistemas, y si bien la Dirección Nacional de
Vialidad (D.N.V.) históricamente manifestó su interés por la cuestión, en la actualidad se
considera imprescindible la incorporación de proyectos acordes a las actuales demandas
ambientales, económicas, sociales y viales.
Con este proyecto se establecerá un plan de
forestación, revegetación y adecuación ecológica que generará numerosos beneficios en
distintos aspectos, entre los que se encuentran:
Ambientales:
- Mitigación de los impactos ambientales
negativos derivados de la construcción de rutas nacionales (remoción de árboles,
movimiento de suelo, alteración del paisaje, discontinuidad del ecosistema, contaminación
de los recursos naturales, etc.).
- Mitigación de los impactos ambientales
negativos generado por: a) el uso de las rutas nacionales (modificación del uso del suelo,
contaminación sonora y atmosférica producida por los vehículos, etc.); b) por terceros en
áreas próximas a la red vial (generando barreras físicas, visuales y biológicas que separan el
área del camino de las zonas con actividades, tales como: agricultura, industria, etc.).
- Captura de dióxido de carbono del
aire.
- Lograr rutas "limpias" en el marco del
"desarrollo sustentable".
Viales:
- Prevención de la somnolencia del
usuario al interrumpir la monotonía visual.
- Provisión de guiado visual.
- Protección contra el encandilamiento
mediante la forestación del cantero central en autopistas.
- Provisión de áreas de descanso y
protección de las inclemencias meteorológicas.
- Apreciación de un paisaje más amigable
y relajado.
- Disminución del costo de
mantenimiento de las rutas por obstrucción de alcantarillas, corte de pasto, corrección de
cárcavas y sitios erosionados.
- Disminución de los problemas de
drenaje hidráulicos (profundización y alteración de las pendientes longitudinales de las
cunetas, consecuencias producidas al colmatar los cauces, etc.).
- Mejora de la estabilidad de los
taludes.
Sociales:
- Fomento de la valoración del entorno y
de la educación ambiental.
- Generación de empleo directo e
indirecto en las tareas de plantación y de mantenimiento.
- Fomento de las economías
regionales.
- Articulación de las capacidades
instaladas en cada región mediante la gestión de proyectos integradores.
Institucionales:
- Mejora de la imagen pública de
D.N.V.
- Puesta en valor de los espacios
territoriales públicos subutilizados.
- Instalación del estado como
cogenerador de servicios ambientales.
Por otro lado, las actividades viales
involucran tareas que implican modificaciones en el medio físico, químico y biológico,
alterando el funcionamiento de los ecosistemas y la disposición de los recursos. Para la
obtención de materiales destinado a la construcción de obras viales, la Dirección Nacional
de Vialidad precisa explotar canteras de áridos. Hasta hace algunos años las tareas de
mitigación de los impactos ambientales producidos por la actividad extractiva no eran
prácticas habituales y las canteras eran abandonadas.
Actualmente las canteras abandonadas se
encuentran en situaciones diversas, la mayoría profundizando el impacto negativo
generado. Algunas se han empleado como sitios de disposición de basura a cielo abierto,
provocando focos infecciosos, de proliferación de vectores, y de contaminación de diversa
índole. Otras almacenan agua como consecuencia de la explotación por debajo del nivel
freático o por la variación posterior del mismo, formándose represas o pequeños embalses,
facilitando la contaminación de la capa freática y provocando salinización del suelo
circundante y de la propia capa.
Por todas estas razones resulta indispensable
poner en práctica medidas correctoras para restaurar los daños ocasionados.
Antecedentes de forestación, efectuada por la
Dirección Nacional de Vialidad.
1936-1950: se instrumentó el Primer Plan
Forestal de DNV. Se plantaron 25.000 árboles por año.
1941-1950: La DNV anunció el "mes del
árbol vial", entre el 11 de agosto y el 11 de septiembre de cada año. Se plantaron 500.000
árboles por provincia por año.
1993: se formuló el primer marco legal propio
de la DNV en materia específicamente ambiental, el Manual de Gestión Ambiental de
Obras Viales.
1996: se creó la Unidad ambiental de la
Repartición integrada por la División Gestión Ambiental, que funciona en la Casa
Central.
2002: se crearon y se dieron funciones a los
Centros de Gestión Ambiental.
2005: La Nación adhirió al protocolo de
Kyoto (Ley Nº 25.438).
2006: en la autopista Rosario- Córdoba, en el
tramo que une la ruta provincial E59 con Ballesteros, se incluyeron -como medidas de
mitigación de impactos ambientales negativos- las forestaciones compensatorias,
promoviendo la plantación de especies autóctonas (22.000 plantas en 26 hectáreas) y se
expropiaron 42 ha de masa boscosa nativa para su preservación.2007: se aprobó la versión
actualizada del Manual de Evaluación y Gestión Ambiental de Obras Viales (MEGA
II).
2008: El día 10 de junio se licitó el Plan
Forestal de la Autopista Rosario- Córdoba, que incluye la forestación de 311 Km., desde la
ciudad de Carcarañá (Pcia. de Santa Fe) hasta la ciudad de Pilar (Pcia. de Córdoba.
Por lo expuesto y por los fundamentos que se
podría ampliar de considerarse necesario en el debate, solicito a la probación del presente
proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BEDANO, NORA ESTHER | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TRANSPORTES (Primera Competencia) |
AGRICULTURA Y GANADERIA |
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |