PROYECTO DE TP
Expediente 1405-D-2007
Sumario: BACTERIA "L CASEI DEFENSIS": OBLIGATORIEDAD DE INCLUIR UNA LEYENDA EN PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE CONSUMO HUMANO, ADVIRTIENDO SUS CONTRAINDICACIONES.
Fecha: 11/04/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 27
El Senado y Cámara de Diputados...
INCLUSION EN
LOS PROSPECTOS DE UNA LEYENDA ADVIRTIENDO LAS
CONTRAINDICACIONES EN PRODUCTOS ALIMENTICIOS QUE
CONTENGAN LA BACTERIA L CASEI DEFENSIS
Artículo 1°: Será
obligatorio indicar en todos los productos alimenticios, sustancias
alimenticias y bebidas destinadas al consumo humano que contengan
la bacteria L Casei Defensis lo siguiente:
a)
Leyenda sobre contraindicaciones, efectos secundarios y advertencias
que contenga el producto;
b)
Dosis recomendadas;
c)
Certificación de organismos públicos de regulación.
Art. 2°: La leyenda
referida al artículo anterior deberá ser clara y visible para el
consumidor.
Art. 3°: Comuníquese al
Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El proyecto de ley que se
somete a la consideración del Honorable Congreso de la Nación tiene
por finalidad incorporar en los prospectos de los productos
alimenticios, sustancias alimenticias y bebidas destinadas al consumo
humano que contengan la bacteria L Casei Defensis una leyenda que
indique las contraindicaciones, efectos secundarios y/o adversos del
mismo en el consumo diario, continuo, y/o prolongado; pero de una
manera clara y fácil de ser visible.
Dicha finalidad se basa en
la necesidad de proteger los derechos de los consumidores,
establecidos en nuestra Constitución Nacional y garantizar el acceso a
la información, principalmente en productos que son consumidos como
complementos de la capacidad de defensa inmunológica.
L casei
defensis es una bacteria perteneciente al grupo de los lactobacilos o
Lactobacillus que se puede encontrar espontáneamente en los
alimentos de origen lácteo y viviendo en simbiosis -asociación- con el
resto de bacterias habituales del intestino humano. Se caracterizan por
formar ácido láctico como producto principal de la fermentación de los
azúcares dando lugar a yogur a partir de la leche y otros productos
comestibles como los quesos.
Es
considerable destacar que diversos estudios realizados han confirmado
que en el intestino humano, la L casei defensis ha demostrado que
puede reducir la incidencia y disminuir la duración de ciertos tipos de
diarrea de origen infeccioso ejerciendo un papel protector sobre la
flora intestinal normal lo que condiciona a su vez un mejor
funcionamiento de las células que conforman las paredes intestinales.
También, han demostrado mejorar algunos de los parámetros -
medidas de valoración- del sistema inmunológico -defensivo- intestinal
local. En concreto, las bacterias del género Lactobacillus se distinguen
por su capacidad de atravesar en gran número la barrera gástrica y
sobrevivir durante el tránsito intestinal, lo que permite desarrollar sus
efectos beneficiosos en el intestino. Entre dichos efectos beneficiosos
de los Lactobacillus destaca el mantenimiento de la flora intestinal, la
modulación de la renovación celular a nivel del epitelio intestinal, la
contribución a la conservación del equilibrio del sistema
inmunológico.
Sin embargo, no hay
pruebas de que estos resultados puedan ser extrapolables al sistema
inmunológico general. Es decir, actualmente no se puede afirmar que
la presencia de esta bacteria en el intestino nos pueda proteger frente
a una infección sistémica como pudiera ser, por ejemplo, una gripe.
Incluso se ha descubierto que esta bacteria es generada normalmente
por el 98% de los organismos, pero cuando se le suministra
externamente por un tiempo prolongado, el cuerpo deja de
elaborarla y paulatinamente "olvida" que debe hacerlo y cómo hacerlo,
sobre todo en personas menores a 14 años. En realidad, surgió como
un medicamento para esas pocas personas que no lo elaboraban, pero
ese universo era tan pequeño que el medicamento resultó no rentable;
y para hacerlo rentable se vendió su patente a empresas alimenticias.
Además, existen varios trabajos de experimentación en animales y
humanos que han demostrado que el consumo de ciertos probióticos y
prebióticos, como esta bacteria disminuye el nivel de colesterol en
sangre, sin embargo, aunque se han sugerido posibles mecanismos,
ninguno se ha verificado.
En consecuencia, el
Gobierno Nacional a través de la Secretaría de Salud obligó a la
Empresa Láctea "La Serenísima" a indicar en su publicidad que el
producto no debe consumirse por un tiempo prolongado; y cumplieron,
pero en una forma tan sutil que ningún consumidor lo percibe (por
ejemplo "desafío actimel: consúmalo durante 14 días" o "haga de
agosto su actimel"). Es decir que si una madre decide completar la
dieta con cualquier producto alimenticio que contenga la bacteria L
Casei Defensis, no percibe ningún aviso sobre su inconveniencia y no
ve que puede estar haciendo un daño importante a futuro a causa de
las manipulaciones publicitarias para impulsar los negocios; y tampoco
se le informa a esa madre que al hijo le está suministrando un
medicamento.
Es por ello, que
consideramos fundamental que mediante una Ley se obligue a todas
las empresas alimentarías a indicar en sus productos estos efectos
colaterales para que la población sea quién decida consumir o no dicho
producto, y se evite ser engañada mediante avisos publicitarios. Se
trata de proteger y ejercitar uno de los principios básico del Estado que
es garantizar la salud de su pueblo mediante acciones concretar e
intervención directa.
Por las razones aludidas
solicito de mis pares, la aprobación del presente proyecto de ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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