PROYECTO DE TP
Expediente 1395-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA LA INMEDIATA CONVOCATORIA DEL CONSEJO DE SEGURIDAD INTERIOR QUE PREVE LA LEY 24059, Y LA CONSTITUCION DE UN COMITE DE CRISIS CON LA PARTICIPACION DE LOS/AS GOBERNADORES/GOBERNADORAS DE PROVINCIAS Y JEFE DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, PARA ABOCARSE AL ANALISIS Y TRATAMIENTO DE UNA "NORMATIVA DE RESPETO DE LA CONVIVENCIA CIUDADANA".
Fecha: 26/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 15
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar
al Poder Ejecutivo Nacional, por conducto de los Ministerios del
Interior y Transporte y de Seguridad, la inmediata convocatoria del
Consejo de Seguridad Interior que prevé la Ley N° 24.059, y la
constitución de un Comité de Crisis con la participación de los/as
Gobernadores/Gobernadoras de Provincias y Jefe de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, para abocarse al análisis y tratamiento
de una "normativa de respeto de la convivencia ciudadana" en
atención al requerimiento efectuado por el Poder Ejecutivo Nacional
en la Asamblea de Apertura del 132° Período Ordinario de Sesiones
del H. Congreso de la Nación, el 1° de marzo de 2014.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El pedido efectuado por
la Señora Presidenta de la Nación Doctora Cristina FERNANDEZ, en
la apertura del 132° período ordinario de Sesiones de este H.
Congreso, en orden a avanzar en la sanción de una norma que
regule diversos aspectos de la convivencia ciudadana, debe ser
recibida con beneplácito por miles y miles de argentinos que,
fundamentalmente en la última década, han visto violentado sus
derechos -particularmente el del libre tránsito por el territorio de la
República-, por manifestaciones que, sin menoscabo del ejercicio del
legítimo derecho de protesta, muchas veces han llegado a registrar
hasta episodios de violencia social.
La
ley N° 24.059 de Seguridad Interior, dictada por este H. Congreso
hace poco más de veinte años, define como seguridad interior "a la
situación de hecho basada en el derecho en la cual se encuentran
resguardadas la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes,
sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del
sistema representativo, republicano y federal que establece la
Constitución Nacional".
En su
última comparencia ante el H. Senado de la Nación el 12 de Marzo
próximo pasado, el Señor Jefe de Gabinete de Ministros informó al
respecto que "...el sistema de seguridad pública en la República
Argentina, está integrado por el sistema de seguridad federal y el
sistema de seguridad provincial. Nosotros tenemos una legislación,
la ley 24.059, y un fallo de la Corte Suprema de Justicia del 13 de
abril de 1859 -el famoso caso "Bonorino sobre Plaza de Toros". En
ese contexto se determina claramente la competencia de las
jurisdicciones provinciales desde el punto de vista de la seguridad
pública (el subrayado es propio), para lo cual es muy trascendente
este hecho: cuando uno analiza el sistema de seguridad pública en
la Argentina observa que tiene 205 mil agentes que son provinciales
y 100 mil que son de carácter federal, y está compuesto por cuatro
fuerzas: Gendarmería Nacional, Policía Federal Argentina, Policía de
Seguridad Aeroportuaria y Prefectura Naval Argentina. Por lo tanto,
los mecanismos para la regulación del tema merecen hacer un
análisis muy profundo y franco..."
Por ende se postula
que el Poder Ejecutivo Nacional por los canales pertinentes,
promueva la inmediata constitución del Consejo de Seguridad
Interior y del Comité de Crisis que prevé la Ley N° 24.059 para
recabar el concurso, opinión y aportes de los Gobiernos Provinciales
y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el abordaje de una
norma que implicaría un cambio sustancial respecto de lo que
hemos vivido los argentinos en la última década.
Por lo expuesto, solicito
a mis pares tengan a bien acompañar con su firma esta
iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BRIZUELA DEL MORAL, EDUARDO SEGUNDO | CATAMARCA | FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia) |