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PROYECTO DE TP


Expediente 1393-D-2012
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LOS DICHOS DEL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA, DOCTOR JUAN MANUEL URTUBEY, MANIFESTANDOSE EN CONTRA DEL FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, SOBRE EL ABORTO.
Fecha: 22/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 15
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que las expresiones públicas del Sr. Gobernador de la Provincia de Salta, Dr. Juan Manuel Urtubey acerca del alcance de la ley penal vigente en nuestro país desde 1921 implican un recorte arbitrario de los derechos de las mujeres y contradicen el derecho federal vigente correctamente establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo "A. F. s/medida autosatisfactiva" del 13 de marzo de 2012.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Que los problemas de acceso al servicio de salud para las mujeres son tan públicos y notorios como los gruesos déficits de la práctica jurídica que todavía dominan muchos espacios de la administración pública, tanto nacional como provincial.
Que a pesar de la matriz liberal de nuestro Código Penal, sucesivas modificaciones y malas interpretaciones hace que su aplicación resulte, en muchas ocasiones, desviada en perjuicio de ciertos grupos de personas.
Que las mujeres han padecido y padecen muchas veces el recorte de sus derechos debido a la aplicación sesgada de las normas penales.
Que en el fallo "A. F. s/medida autosatisfactiva", del 13 de marzo de 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dirimió una vieja disputa interpretativa acerca del modo en que debían entenderse los permisos de la ley penal para interrumpir un embarazo bajo ciertas circunstancias.
Que este fallo de la Corte ha establecido la mejor interpretación posible de la ley penal de fondo, a la luz del derecho federal y del derecho internacional de los derechos humanos.
Que la interpretación así consolidada, expresa, por sí misma, una reivindicación largamente anhelada por miles de mujeres y colabora a sincerar, sobre la base de argumentos y razones públicas un problema social grave y desatendido.
Que las manifestaciones del Sr. Gobernador, a contrapelo de ello, expresan una posición retrógrada del derecho de las mujeres y pretenden limitar, con ello, sus efectivos derechos.
Que sin perjuicio de su derecho a opinar, incluso erradamente, los gobernadores de provincia no tiene atribuciones constitucionales para interpretar las leyes de este Congreso, por encima de las decisiones jurisdiccionales de los magistrados.
Que las provincias deben ajustarse a la Constitución Nacional, los tratados internacionales y las decisiones de los órganos federales.
Que los dichos del Sr. Gobernador, por todo ello, expresan la intención de regresar la situación de la mujer al estadio interpretativo previo a la decisión de la Corte y constituye, por ello, un desafío público al alcance otorgado en ese fallo al derecho de las mujeres.
Que el recorte de los derechos de las mujeres, o su intento, provocan y justifican el repudio de esta Cámara.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
22/05/2012 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría