PROYECTO DE TP
Expediente 1388-D-2012
Sumario: SERVICIO NACIONAL DE RADIODIFUSION PARA LAS ISLAS MALVINAS: CREACION.
Fecha: 22/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 15
El Senado y Cámara de Diputados...
CREACION DEL
"SERVICIO NACIONAL DE
RADIODIFUSION PARA LAS ISLAS MALVINAS"
Artículo 1º: Créase, en el ámbito de
la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual del Poder Ejecutivo
Nacional, el "Servicio Nacional de Radiodifusión para las Islas Malvinas".
Artículo 2º: El "Servicio Nacional de
Radiodifusión para las Islas Malvinas" estará a cargo de Radio y Televisión
Argentina Sociedad del Estado (RTA S.E.).
Artículo 3º: El "Servicio Nacional de
Radiodifusión para las Islas Malvinas" tendrá por objeto garantizar, a través de los
medios materiales y tecnológicos conducentes, la generación, emisión y/o
retransmisión de señales radioeléctricas propias que permitan su recepción en las
Islas Malvinas a través de la o las estaciones de radiodifusión que integran el
Sistema Nacional que se consideren más adecuadas.
Artículo 4: La Autoridad Federal de
Servicios de Comunicación Audiovisual llamará a Concurso, en los términos del
Capítulo II de la Ley 26.522, a aquellas licenciatarias de señales de radiodifusión
privadas que deseen ser retransmitidas a través del "Servicio Nacional de
Radiodifusión para las Islas Malvinas".
A los efectos del otorgamiento de los
derechos de retransmisión se deberán tener en cuenta los criterios de evaluación
establecidos en el art. 34.
Dicho Concurso será gratuito para los
interesados.
Artículo 5º: La retransmisión de
señales de radiodifusión privada no tributaran el gravamen previsto en el art. 94 de
la Ley 26.522 por el servició de repetición.
Artículo 6: De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La radiodifusión es uno de los medios de
comunicación más utilizados en el mundo actual, habida cuenta de su importante rol
como medio de acercamiento, intercambio y enriquecimiento cultural de la
población.
La radiodifusión incluye en su programación contenidos educativos, culturales y
científicos que promueven la formación y capacitación de todos los actores
sociales. Pretende ser un medio para difundir y promover producciones artísticas,
culturales y educativas que se generen en las distintas regiones del país, como así
también hacer una cobertura completa de temas de interés nacional, regional e
internacional.
En este mismo sentido, la Ley 26.522 en
su art. 121 establece como algunos de los objetivos de Radio y Televisión Argentina
Sociedad del Estado (RTA S.E.) los siguientes: - La promoción del federalismo y la
Integración Regional Latinoamericana;
- La difusión de las garantías y derechos fundamentales consagrados en la
Constitución Nacional; - La defensa de la persona humana y el respeto a los
derechos personalísimos; - La promoción de la expresión de la cultura popular y el
desarrollo cultural, educativo y social de la población; - El ejercicio del derecho de
los habitantes al acceso a la información pública; - La participación de los medios
de comunicación como formadores de sujetos, de actores sociales y de diferentes
modos de comprensión de la vida y del mundo, con pluralidad de puntos de vista y
debate pleno de las ideas- El fortalecimiento de acciones que contribuyan al
desarrollo cultural, artístico y educativo de las localidades donde se insertan y la
producción de estrategias formales de educación masiva y a distancia, estas
últimas bajo el contralor de las jurisdicciones educativas correspondientes; Lo que
se pretende con el presente proyecto es garantizar el derecho a la información,
como así también contribuir al intercambio y difusión cultural, al desarrollo de
sentimientos de amistad y pertenencia, y al afianzamiento de la unidad entre los
habitantes de las Islas Malvinas y los de nuestro territorio continental, con el objeto
de comenzar a transitar el camino hacia la integración entre ambos territorios como
condición necesaria para hacer efectiva nuestra soberanía. Ya en otros proyectos
con igual sentido he señalado la importancia de promover el acercamiento e
interrelación cultural entre los habitantes del continente y las islas y, de hecho, el
Reino Unido se mostró en su momento proclive a ceder finalmente el territorio a la
Argentina, en un período de tiempo convenido, en tanto se garantizara la
integración del mismo al área continental, no teniendo en cuenta los deseos de los
isleños (autodeterminación) sino sus intereses. Por ello, estoy convencido que
resulta adecuado maximizar las medidas de integración como un presupuesto
necesario para el real ejercicio de la soberanía. Por los argumentos expuestos,
solicito a mis pares el acompañamiento de la presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
DE NARVAEZ, FRANCISCO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
GAMBARO, NATALIA | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR |
VIDELA, NORA ESTHER | SAN LUIS | FRENTE PERONISTA |
CARRANZA, CARLOS ALBERTO | SANTA FE | FRENTE PERONISTA |
PEREZ, ALBERTO JOSE | SAN LUIS | FRENTE PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
COMUNICACIONES E INFORMATICA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO CARRANZA CARLOS (A SUS ANTECEDENTES) | 18/04/2012 | |
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO PEREZ ALBERTO JOSE (A SUS ANTECEDENTES) | 18/04/2012 | |
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 7473-D-14 |