PROYECTO DE TP
Expediente 1386-D-2013
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA DAR CUMPLIMIENTO EFECTIVO AL PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES ESTIPULADAS EN LA LEY 25471, A FAVOR DE LOS EX AGENTES DE "YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES - YPF -".
Fecha: 25/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 17
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder
Ejecutivo Nacional a fin de que a través del organismo competente, se
sirva:
- Dar cumplimiento
efectivo al pago de las indemnizaciones estipuladas en la Ley Nacional
N° 25.471 a favor de los Ex Agentes de Yacimientos Petrolíferos
Fiscales, actualizando el monto indemnizatorio establecido en la
mencionada Ley, tomando como criterio de actualización la variación
del índice de salarios del sector privado registrado y publicado por el
Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, pudiendo a tal fin emitir
bonos o nuevas acciones de la empresa Y.P.F. a favor de los ex
agentes alcanzados en la Ley N° 25.471.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley N° 23.696 estableció en su
ART. 91 un Programa de Propiedad Participada.
Luego, la Ley N° 24.145 transformó
Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad del Estado en Y.P.F Sociedad Anónima,
estableciendo en su Art. 8 las diversas categorías de acciones representativas del
capital, asignando la Categoría "C" a las acciones que adquiera el personal de la
empresa hasta el DIEZ POR CIENTO (10%) del capital social, bajo el régimen de
Propiedad Participada establecido en la Ley N° 23.696.
En diciembre de 1994 se dictó una
Resolución Conjunta del ex Ministerios de Economía y Obras y Servicios Públicos
(Resolución N° 1507) y el ex Ministerios de Trabajo y Seguridad Social (Resolución
N° 1270), aprobando la documentación y el procedimiento necesario para dar
operatividad al programa de Propiedad Participada de Y.P.F. S.A.
El 11 de julio de 1997 el Poder
Ejecutivo a través del Decreto N° 628 autorizó a los empleados de Y.P.F. S.A. a
vender las acciones Clase "C" que poseían.
La Ley N° 25471 aclaró el alcance del
Art. 8, apartado c) de la Ley 24145, determinando cuál era el personal de la
referida empresa que estaba en condiciones de acceder al Programa de Propiedad
Participada.
A su vez, la Ley N° 25471 reconoció
por parte del Poder Ejecutivo Nacional una indemnización a favor de los Ex
Agentes de Y.P.F. S.A. que no pudieron acogerse al Programa de Propiedad
Participada por causas ajenas a su voluntad o en razón de la demora en la
implementación del mismo. Asimismo, autorizo al Poder Ejecutivo Nacional a la
emisión de Bonos para la consolidación de la deuda reconocida por dicha Ley a
favor de los Ex Agentes y/o reasignar partidas extrapresupuestarias que resulten
del cumplimiento de dicha Ley.
El 5 de mayo del 2003 el Decreto N°
1077 reglamento aspectos relativos a las indemnizaciones establecidas por la Ley
N° 24471, fijando al 31 de diciembre de 2002 el valor promedio para el cálculo de
la indemnización que reconoce dicha Ley.
Pese a esto, la realidad indica que los
Ex Agentes de Y.P.F. de todo el país no han cobrado las indemnizaciones que
legítimamente les corresponde cobrar, situación que resulta totalmente injusta y
que se torna necesario reparar.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CARRANZA, CARLOS ALBERTO | SANTA FE | FRENTE PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |