PROYECTO DE TP
Expediente 1362-D-2006
Sumario: CONFORMACION DE UNA COMISION DE HOMENAJE AL SEGUNDO CENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO DE 1810.
Fecha: 03/04/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 23
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º- El Poder Ejecutivo Nacional conformará una Comisión de Homenaje al Segundo Centenario de la Revolución de Mayo de 1810, que será la encargada de dirigir las celebraciones oficiales pertinentes, y designará a sus integrantes.
ARTICULO 2º- La Comisión estará integrada por un representante de la Honorable Cámara de Diputados; un representante del Honorable Senado de la Nación; un representante del Poder Ejecutivo Nacional; un representante de cada región del país, seleccionado por los gobernadores de las provincias que las componen; un representante del Consejo Nacional Universitario; un representante del sector agroalimentario, seleccionado por el Secretario del área a propuesta de las entidades representativas del sector; un representante del sector industrial, seleccionado por el Secretario del área a propuesta de las entidades representativas del sector; un representante del sector de informática y comunicaciones, seleccionado por el Secretario del área a propuesta de las entidades representativas del sector; un representante del sector del cine y las artes audiovisuales, seleccionado por el Secretario del área a propuesta de las entidades representativas del sector; un representante de ADEPA y un representante de ATA.
Art. 3º- La Comisión escogerá 10 ciudades capitales del mundo para la celebración del Segundo Centenario de la Revolución de Mayo. En cada una de ellas y en la Capital Federal de la República Argentina, se llevará a cabo una exposición agrícola, ganadera, industrial, tecnológica y de servicios de la República Argentina.
Art. 4º- El Poder Ejecutivo promoverá un concurso para la producción de obras artísticas que reflejen los logros de la nación en los últimos 200 años. Dichas obras se dividirán de la siguiente forma y serán exhibidas en las exposiciones anteriormente nombradas:
- Obras literarias: categoría ensayo, categoría novela y categoría poesía.
- Obras plásticas: categoría pintura y categoría escultura.
- Obras audiovisuales: categoría fotografía y categoría cine documental.
Art. 5º - La comisión elevará al Honorable Congreso de la Nación un presupuesto plurianual para la realización de las actividades mencionadas en esta ley a los efectos de su inclusión en los presupuestos anuales de la Nación.
A los mismos efectos presentará anualmente al Poder Ejecutivo Nacional, para ser elevado al Congreso Nacional junto con los proyectos de ley de presupuesto, un informe sobre los gastos que voluntariamente asuman el sector privado o las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 6º- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Hace ya casi un siglo, con motivo de la celebración del primer centenario de la Revolución de Mayo, se sancionó la Ley Nº 6.286, que disponía los lineamientos generales para la conmemoración de dicho acontecimiento.
En aquel momento, los festejos consistieron principalmente en:
- La realización de una exposición en la ciudad Capital de la Nación, en la que se mostraban los avances conseguidos por nuestro país en materia agrícola, ganadera e industrial.
- La erección de numerosos monumentos recordatorios de los héroes de la Revolución de Mayo y de la Independencia, en diferentes lugares de la república.
- La realización de diversos concursos artísticos con motivo en la Revolución.
- La invitación a gobiernos de América y de Europa a sumarse a los festejos.
Cien años después, debemos reafirmar nuevamente lo nuestro pero no con la actitud mezquina de quienes se cierran en sí mismos, sino buscando promocionar y hacer conocer lo mejor que tenemos, en un ejercicio de nacionalismo creador y positivo.
Por considerar escaso y poco fructífero un festejo sólo en nuestra casa, entendemos que sería mucho más provechoso llevarlo también hacia otros países y pueblos, para que puedan apreciar lo bueno que la República Argentina es capaz de ofrecer a la humanidad. Esta oportunidad única nos permitirá entonces intensificar relaciones con potencias extranjeras y asentar las bases para vínculos sólidos y duraderos para lo que resta del recién comenzado Siglo XXI.
Sería importante que, retomando un espíritu de grandeza y generosidad que vamos perdiendo, rindamos homenaje y difundamos el sentido de las estrofas de nuestro Himno Nacional cuando cantan:
"Se levanta la faz de la tierra
una nueva y gloriosa Nación,
coronada su sien de laureles
y a sus plantas rendido un León"
Estamos lejos de aquellos orgullosos hijos de la tierra que con sus escasos medios derrotaran a los ejércitos de las principales potencias internacionales, en el rechazo de las invasiones inglesas, en las guerras de la independencia, en la guerra contra el imperio lusitano o en el bloqueo anglo-francés del puerto de Buenos Aires. Nos sentimos evidentemente lejos de los logros de aquél primer centenario, en el que el ingreso de los argentinos era de los más altos del mundo, superando a los de las principales potencias europeas, a excepción de Inglaterra.
Sin embargo, si hacemos las cosas bien, como podemos y debemos, el segundo centenario debiera encontrarnos nuevamente en la senda del progreso, el estado de derecho, la libertad personal, la igualdad básica de todos los habitantes y el funcionamiento democrático de las instituciones republicanas. Para festejar tales eventos y nuestros logros culturales, educativos, científicos, artísticos y productivos, debemos iniciar de inmediato las tareas. Ello evitará la improvisación tan frecuente, permitirá fijar objetivos y aunar esfuerzos para impulsar una relación mejor y más importante entre nuestra nación y las demás.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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CULTURA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0802-D-08 |