PROYECTO DE TP
Expediente 1353-D-2007
Sumario: JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR QUE COBREN EL HABER MINIMO: OTORGAR UN BENEFICIO EN EL PASAJE AEREO DE IDA Y VUELTA, ENTRE DICHA PROVINCIA Y LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 10/04/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º - Las personas de 65 años o
más, con residencia permanente en la provincia de Tierra del Fuego, que perciban
mensualmente la pensión o jubilación mínimas tendrán el derecho a obtener un pasaje aéreo
anual de ida y vuelta por vuelo regular de cabotaje nacional, que una los aeropuertos de la
provincia de Tierra del Fuego y la Capital Federal.-
Artículo 2º - Los beneficiarios, deberán
abonar el veinticinco por ciento (25 %) del costo real del pasaje común siendo el setenta y
cinco por ciento restante (75%), hasta completar el ciento por ciento (100%) del costo real,
abonado por el Estado nacional.-
Artículo 3º - De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Las personas de avanzada edad
radicadas en la provincia de Tierra del Fuego que han colaboraron oportunamente, con su
afincamiento, en el crecimiento demográfico y desarrollo de la región - la provincia de
Tierra del Fuego cuenta con 122. 538.- habitantes conforme censo año 2002 (INDEC) -, se
encuentran en inferioridad de condiciones con relación a los residentes de otras provincias
de la argentina.-
Inferioridad que se traduce en la
imposibilidad cierta, a diferencia de aquéllas, de contar con medios de transporte
alternativos que les permitan, como es el caso, trasladarse al continente manteniéndose
como medio aceptado el transporte aéreo pero cuyo costo resulta elevado, sobre todo para
personas con ingresos mínimos.-
Existe la opción de trasladarse
mediante transporte terrestre, pero el mismo debe ser descartado, puesto que
significa cubrir, en kilómetros, grandes distancias y el costo sería igual o más
oneroso.-
Asimismo, se pretende contemplar en el
presente proyecto el hecho de que el residente fueguino al trasladarse a la Capital Federal,
no siempre tiene a ésta como destino final de su viaje sino, únicamente, como punto de
enlace con otros destinos dentro del país, y que alcanzarlos implica a su vez una nueva
erogación.-
Actualmente, por un pasaje aéreo
regular Ushuaia - Buenos Aires ida y vuelta se abona $ 680.-, suma que un jubilado o
pensionado de Tierra del Fuego que cobre un haber mínimo está imposibilitado de adquirir,
situación que no puede ser soslayada por el criterio de la Honorable Cámara.-
En situación pasiva se encuentran
actualmente radicadas en la provincia de Tierra del Fuego aproximadamente unas 7000
personas..-
Se debe tener en cuenta, al momento de
evaluar el presente, que estas personas al haber decidido oportunamente radicarse en una
región austral, distante de los principales centros urbanos del país, han hecho y hacen por la
defensa de la soberanía, colaborando en la integración nacional .De este modo, negarles la
comunicación con sus compatriotas, al no facilitarle los medios necesarios para lograrla,
implica un injusto desconocimiento a tales principios los que hallan sustento en la
Constitución Nacional.-
Por todo lo dicho y lo que expondremos
en oportunidad del debate, solicitamos a esta Honorable Cámara de Diputados la
aprobación del presente proyecto de ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
WILDER, RICARDO ALBERTO | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE DE UNIDAD PROVINCIAL |
BERTONE, ROSANA ANDREA | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
VELARDE, MARTA SYLVIA | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GENEM, AMANDA SUSANA | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia) |
TRANSPORTES |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |