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PROYECTO DE TP


Expediente 1344-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA ABSTENERSE DE APLICAR EL RECARGO ESTABLECIDO POR LA RESOLUCION DE LA "ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP)" NUMERO 3550/2014, A LOS CIUDADANOS ARGENTINOS QUE VISITEN LAS ISLAS MALVINAS, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 26/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 15
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Reclamar a la Administración Federal de Impuestos se abstenga en forma inmediata de aplicar el recargo establecido por la Resolución N° 3550 de 2014 a los ciudadanos argentinos que visiten las Islas Malvinas, y se elimine cualquier restricción o gravamen sobre operaciones que tengan por objeto viajes de argentinos a las Islas Malvinas.
Asimismo, se requiere que se deje sin efecto cualquier otra resolución, reglamento o aplicativo del organismo del que pueda derivarse que se otorgue a las Islas Malvinas trato de territorio extranjero.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es preciso observar el mandato constitucional (1) , y continuar la legítima, constante y consecuente política argentina de reivindicación de los derechos de soberanía sobre las Islas Malvinas, contra la ocupación por parte de Gran Bretaña desde 1833, por la cual nuestro país como política de Estado ha venido denunciando de modo sostenido la violación de nuestra integridad territorial y reclamando la soberanía que nos corresponde en todos los ámbitos internacionales y regionales, obteniendo un importe respaldo internacional en diversos foros.
El persistente y consecuente sostenimiento de la posición argentina de la cuestión Malvinas, como señalábamos, ha encontrado respaldo en la comunidad internacional, no sólo en Naciones Unidas, que a través de sus Resoluciones N° 2065 de 1965 y N° 3160 de 1973, entre otras posteriores, reconoció la existencia de una disputa de soberanía entre los gobiernos de Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda de Norte e instó a las partes a dialogar para obtener una solución pacífica del problema colonial, sino también y más completamente, en los organismos regionales que asumieron el reclamo argentino como propio, tal el caso del Mercado Común del Sur, la Unión de Naciones Sudamericanas y la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños
En particular, respecto de la problemática que nos ocupa, la Resolución N° 3550 de la Administración Federal de Impuestas, estableció un régimen de adelanto del impuesto a las ganancias y/o impuesto sobre los bienes personales respecto de determinadas operaciones con el exterior. La misma disposición ha extendido la utilización de tal herramienta fiscal para operaciones de venta de moneda extranjera para gastos de turismo y viajes.
Tal como fuera reconocido por el Titular de la AFIP, dicha Resolución se aplica a los ciudadanos argentinos que deciden viajar a las Islas Malvinas, resultando esto inaceptable dado que el fin de la norma es gravar operaciones con el exterior.
La política de reivindicación de soberanía requiere de continuidad permanente y, en este sentido, es necesario reafirmar en cada acto institucional la reclamación de pertenencia de las Islas a nuestro dominio territorial. No se puede consentir, por ser contrario al interés
nacional, que tal línea histórica sea vea alterada por un acto que pudiera resultar contradictorio o inconsecuente con la defensa constante de la integridad territorial y la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas.
Por todo lo expuesto es que solicito a mis pares la aprobación el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
JAVKIN, PABLO LAUTARO SANTA FE COALICION CIVICA ARI - UNEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)