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PROYECTO DE TP


Expediente 1314-D-2014
Sumario: EDUCACION AMBIENTAL: REGIMEN.
Fecha: 25/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 14
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


EDUCACIÓN AMBIENTAL
Artículo 1º.- Es objeto de la presente ley garantizar la impartición de la educación ambiental en todo el territorio de la República Argentina, conforme lo dispuesto en el artículo 41° de la Constitución Nacional y las disposiciones específicas de la ley 25.675 y el artículo 89 de la Ley 26.206.
Artículo 2°.- Incorpórese como inciso g) del artículo 92 de la ley 26.206, el siguiente texto:
"g) El estudio del cuidado del medio ambiente en concordancia con los objetivos y principios de la política ambiental establecidos por los artículos 2º y 4º de la ley 25.675.
Artículo 3º - Incorpórese como inciso g) del artículo 112 de la ley26.206, el siguiente texto:
"g) Desarrollar programas y acciones educativas, tendientes a concientizar sobre el cuidado del medio ambiente y la ecología; y los problemas ambientales recurrentes. Coordinar acciones educativas formales e informales del uso responsable del medio ambiente."
Artículo 4º: Incorpórese a la currícula educativa de todos los niveles del Sistema Educativo Nacional y en la Formación Técnica y Docente la enseñanza de la siguiente asignatura:
- "Conceptos teóricos y prácticos de Educación Ambiental"
Artículo 5º: El Ministerio de Educación de la Nación definirá, conjuntamente con el Consejo Federal de Educación y la Secretaría de Ambiente, Desarrollo Sustentable de la Nación y el Consejo Federal de Medio Ambiente, los lineamientos curriculares básicos de las mencionadas asignaturas, de manera tal que permitan dar cumplimiento a lo dispuesto por la presente ley.
Artículo 6º: El Ministerio de Educación de la Nación, en su carácter de autoridad de aplicación de la presente ley, llevará a cabo la elaboración de un manual docente, el cual establecerá las políticas de capacitación, perfeccionamiento y actualización de los docentes, como así también la producción del material didáctico específico.
Artículo 7°: Invitase a las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Artículo 8°: Comuníquese al Poder Ejecutivo y de forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El cuidado del medio ambiente constituye hoy una de las grandes preocupaciones mundiales. El motivo de ello radica en que el mundo está atravesando una grave crisis ambiental, capaz de generar consecuencias inconmensurables para la humanidad. El cambio climático, la escasez de agua potable, el agotamiento de los recursos naturales y la pérdida de biodiversidad tendrán cada vez mayor repercusión en el planeta. Paliar dicha situación es la que nos impulsa a desarrollar el presente trabajo.
Es en el contexto antes descripto que la Educación Ambiental puede significar un aporte valioso en la solución de los problemas que afectan a nuestro ecosistema. En tal sentido, debemos entender a la educación ambiental como el proceso fundamental orientado a la búsqueda de los caminos alternativos que posibiliten la construcción de una sociedad diferente, justa, participativa y diversa (1) .
En concordancia con lo ya dicho, en el presente trabajo analizamos la situación en que se encuentra la educación ambiental en la República Argentina; asimismo se plantea la inclusión de la temática en la currícula nacional, tanto para la educación inicial y primaria, como para los niveles medio y superior, teniendo en cuenta la transversalidad propia de la problemática ambiental. De esta manera, se propone incluir una materia orientada a brindar los conocimientos necesarios para el cuidado del medio ambiente y las herramientas para ponerlos en práctica. Esto significará además un incentivo para que se difundan y entrecrucen los conceptos aprehendidos gracias a la educación ambiental en el resto de las materias y aéreas de estudio, estimulándose así la concientización sobre el cuidado del medio ambiente. También se pretende formar respecto de la problemática ambiental a los estudiantes de profesorado y a los docentes de los niveles mencionados.
En un concepto amplio podemos considerar al ambiente como "el hombre y su entorno vital", es decir "el marco comprensible de los elementos, condiciones y circunstancias de todo orden - físicas y orgánicas - en las que el hombre desenvuelve su vida." (2) De esta manera, nada es ajeno al ambiente.
Desde sus orígenes la especie humana ha interactuado con el medio y lo ha modificado. Sin embargo, lo que hace especialmente preocupante la situación actual, es la
aceleración de esas modificaciones, su carácter masivo y la universalidad de sus consecuencias, lo que nos lleva a ser testigos de una gran crisis a nivel mundial.
Durante la última década han surgido, o bien se han acelerado, diferentes crisis concurrentes de diversa índole: climática, de diversidad biológica, energética, alimentaria, del agua y, finalmente, del sistema financiero y de la economía, con las implicancias sociales que en mayor o menor medida todas ellas aislada o conjuntamente generan.
Un informe del PNUMA (3) , denominado "Perspectivas del Medio Ambiente Mundial: opciones de política para América Latina y Caribe", analiza la situación ambiental a nivel global y destaca que la presión que ejerce el ser humano en el medio ambiente mundial hace que estemos acercándonos a ciertos umbrales críticos o que los hayamos superado. Más allá de esos umbrales, las funciones del planeta que hacen posible la vida podrían cambiar abruptamente.
En dicho informe se muestra que la creciente frecuencia de los fenómenos meteorológicos extremos, muchas veces ligados al cambio climático, plantea riesgos para todos los sectores.
Dentro de esta lógica, resulta claro que la noción de sustentabilidad debe incluirse como principio rector y eje transversal de una política pública que busque solucionar el conflicto ambiental que la humanidad está atravesando. De este modo, pueden integrarse y articularse más efectivamente las distintas instituciones y sectores de la sociedad, con el objetivo común de lograr un equilibrio armónico entre el desarrollo y los procesos productivos, el consumo y la conservación del ambiente. La misma requiere entonces llevar adelante cambios en la sociedad y la cultura, en donde los actores se involucren con la causa por la cual se lucha.
Es así como en este contexto, proponemos a la educación ambiental como un instrumento más dentro de un conjunto de elementos, que nos permiten reflexionar sobre la sociedad y su comportamiento, alcanzando una solución a corto y largo plazo, para los problemas que se nos plantean.
En la década de 1960, comenzó a cuestionarse el modelo de crecimiento establecido desde la revolución industrial y se denunció el impacto que sobre el medio ambiente se producía. Los diagnósticos realizados desde ese momento sobre la crisis ambiental han sido numerosos. Poco a poco, el ser humano ha empezado a tener una nueva mirada del medio en el que está inmerso. Ello trajo aparejado una nueva percepción de la relación existente entre el ser humano, la sociedad y el medio en que vive. Con el correr de los años, eso se ha hecho más relevante. Dentro de los requerimientos que esta nueva visión del entorno requiere, ha surgido la necesidad de adoptar medidas educativas que ayuden, junto a otras herramientas, a frenar el creciente deterioro del planeta.
En líneas generales, la educación ambiental tal como hoy es entendida, es un concepto relativamente nuevo y que toma preeminencia a finales de la década de 1970. Podemos considerar a la educación ambiental como un proceso de construcción en donde se otorgan al individuo las herramientas necesarias para generar en él la concientización necesaria sobre el uso de los recursos y el medio ambiente. Lógicamente dicho proceso tiene que darse en todas las etapas educativas del ser humano. En ese sentido, resulta fundamental que los temas vinculados a la problemática ambiental comiencen a ser tratados en los primeros años de la enseñanza obligatoria. Asimismo, se le debe otorgar a los educadores las herramientas suficientes para que puedan transmitir los conocimientos necesarios a los educandos.
El propósito fundamental de la educación ambiental es lograr que tanto los individuos como el resto de la comunidad comprendan la complejidad del medio ambiente, dada por la interacción entre los diferentes aspectos que lo componen, sean ellos físicos, biológicos, sociales, culturales, económicos, etc. Una vez comprendida la complejidad antes aludida, resulta imperioso que se adquieran los conocimientos, los valores y las habilidades prácticas para participar responsable y eficazmente en la prevención y solución de los problemas ambientales y en la gestión de la calidad del medio ambiente.
La educación ambiental es clave para comprender las relaciones existentes entre los sistemas naturales y sociales, así como para percibir la importancia que tienen los factores socioculturales en la génesis de los problemas ambientales. En ese sentido, la educación ambiental debe impulsar la adquisición de la conciencia, los valores y los comportamientos que favorezcan la participación efectiva de la población en el proceso de toma de decisiones referidas al aprovechamiento responsable de los recursos naturales y el
cuidado del medio ambiente. La educación ambiental debe ser encarada como una práctica pedagógica abierta a la vida social para que de ese modo, los miembros de la comunidad participen en la compleja y solidaria tarea de mejorar las relaciones entre la humanidad y el medio en que vive.
De esta manera, la reforma constitucional de 1994, introdujo en la agenda nacional la importancia de la preservación del medio ambiente y el patrimonio cultural y natural; el uso racional de los recursos naturales, la información y la educación ambiental. En un rasgo de neto corte federal, y reafirmando el dominio originario de las provincias sobre sus recursos naturales, mantiene en cabeza de ellas la potestad para legislar en materia ambiental. En el año 2002 se sancionó la ley 25.675, comúnmente llamada "Ley General del Ambiente". Dicha norma establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y responsable del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación de modelos de desarrollo enfocados en la sustentabilidad. Puntualmente, en su artículo 8° se establecen los instrumentos de la política y la gestión ambiental, entre los cuales se encuentra la educación ambiental.
En el ámbito internacional, el 22 de octubre de 1975 se suscribió la Carta de Belgrado, la cual estableció el compromiso entre los firmantes para la creación de una estructura global para la educación ambiental.
Por otra parte, en diciembre de 2002 la Asamblea General de las Naciones Unidas, a través de la Resolución 57/254, declaró el período 2005-2014 como el Decenio de las Naciones Unidas de la Educación para el Desarrollo Sostenible con el objetivo de incorporar principios y prácticas del desarrollo sustentable a las políticas educativas en los países de la región. Para ello, se designó a la UNESCO como la institución promotora de sus metas. La visión fundamental del "Decenio" es la de un mundo en el cual todos tengan la oportunidad de beneficiarse de la educación y aprender los valores, comportamientos y estilos de vida necesarios para un futuro sostenible y para la transformación positiva de la sociedad. Esta década pretende "promover la educación como fundamento de una sociedad más viable para la humanidad e integrar el desarrollo sostenible en el sistema de enseñanza escolar a todos los niveles." (UNESCO, 2005)
Es así como nuestra República, adhiriendo a este tipo de tratados establece un compromiso con el cuidado del medio ambiente, mediante diversos elementos, entre los cuales se encuentra la educación.
La educación ambiental tiene como cometido prioritario promover el desarrollo de valores y la construcción de conocimientos que permiten a las personas respetar la diversidad natural y cultural.
Proponemos que a nivel nacional se definan los contenidos básicos y se los incluya dentro de la currícula educativa obligatoria, sin perjuicio desde luego, de la competencia que las provincias tienen tanto en lo educativo como en lo ambiental.
Teniendo en cuenta lo que establecen el artículo 41° de la CN, la Ley General de Ambiente y la Ley Nacional de Educación, se propone incluir a la educación ambiental dentro de la currícula nacional en todas sus formas y niveles y aplicando el concepto de la transversalidad. Ello tanto para la educación inicial como para la primaria, media y superior. De esta manera se traducirán en acciones concretas los objetivos propuestos por las normas antes mencionadas.
Cuando hablamos de transversalidad nos referimos a una cualidad distintiva de la cuestión ambiental ya que esta atraviesa un conjunto de temas y problemáticas diversas, permitiendo abordarla desde variados sectores, como ser la industria, la educación, la ecología, la alimentación, los hábitos de consumo, la energía, etc. Por ende no solo proponemos que la educación ambiental esté incluida como una materia más de la currícula, sino que además buscamos insertarla dentro de todo el espectro educativo mediante herramientas teóricas y prácticas, que sirvan para construir una cultura ambiental desde la más temprana edad y a lo largo de toda la ruta del aprendizaje.
Son numerosas y cada vez más las actividades, proyectos y programas de educación ambiental que se llevan a cabo cotidianamente en los ámbitos formales y no formales de educación. Sin embargo, estas acciones, al no estar articuladas en el marco de una estrategia nacional que defina sus objetivos y establezca un marco conceptual que permita unificar criterios, son muchas veces intuitivas, confusas e incluso contradictorias. Es por ello que proponemos establecer un marco normativo básico y unificado para todo el sistema educativo nacional que contemple la temática ambiental.
Uno de los medios para lograr lo antes mencionado es la incorporación, dentro de los objetivos de la política educativa nacional, de la promoción de los principios fundamentales de la ciencia ambiental; del desarrollo sustentable; de la prevención del cambio climático; y de la protección y conservación del medio ambiente y los recursos hídricos.
Otro iniciativa que intentamos promover mediante el presente proyecto se orienta a reforzar la formación del docente en todos los niveles para que incorpore de manera efectiva los contenidos de la educación ambiental. Dada la importancia que la problemática ambiental tiene en la actualidad, resulta imperioso rever los programas de formación docente para promover así la adquisición de conocimientos y estrategias que contribuyan con la interdisciplinariedad y la complejidad ambiental.
La solución al alarmante deterioro del ambiente y el uso irresponsable de los recursos naturales globales, requiere la involucración y la participación activa de la sociedad en su conjunto.
En ese sentido creemos que la educación ambiental se posiciona como una instancia que permite la construcción colectiva de nuestros valores y garantiza un cambio a largo plazo. Para lograr un nuevo ciudadano comprometido con el cuidado de su entorno se requiere de un proceso de sensibilización, concientización y participación y que, a través de la educación ambiental, el ser humano revea su actuar para con la naturaleza, haciendo de ella un aprovechamiento sostenible.
En consecuencia, creemos que se debe garantizar una política nacional de educación ambiental para todo el territorio argentino, sobre la base de los principios de preservación del ambiente, mejoramiento de la calidad de vida y de desarrollo sustentable, conforme lo disponen el artículo 41° de la Constitución Nacional y las directrices especificas plasmadas en las leyes 25.675 -Ley General del Ambiente- y 26.206 -Ley de Educación Nacional- y los tratados y acuerdos internacionales de cariz ambiental, suscritos por nuestro país.
En virtud de lo expuesto, es que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
AGUILAR, LINO WALTER SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
ARENAS, BERTA HORTENSIA SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
PLAINI, FRANCISCO OMAR BUENOS AIRES CULTURA, EDUCACION Y TRABAJO
MÜLLER, EDGAR RAUL CORDOBA COMPROMISO FEDERAL
SALINO, FERNANDO ALDO SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
DE NARVAEZ, FRANCISCO BUENOS AIRES UNION CELESTE Y BLANCO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Giro a comisiones en Senado
Comisión
EDUCACION Y CULTURA
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
04/11/2014 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
25/08/2015 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
23/09/2015 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen con disidencias
03/11/2015 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
03/11/2015 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen con disidencias
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2687/2015 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1006-D-2014, 0149-CD-2015, 1314-D-2014, 0149-CD-2015, 1982-D-2014, 0149-CD-2015, 2090-D-2014, 0149-CD-2015, 2201-D-2015 y 0149-CD-2015 CON MODIFICACIONES; CON 1 DISIDENCIA TOTAL 13/11/2015
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO MÜLLER (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO SALINO (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO DE NARVAEZ (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1006-D-2014, 0149-CD-2015, 1314-D-2014, 0149-CD-2015, 1982-D-2014, 0149-CD-2015, 2090-D-2014, 0149-CD-2015, 2201-D-2015 y 0149-CD-2015 26/11/2015
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1006-D-2014, 0149-CD-2015, 1314-D-2014, 0149-CD-2015, 1982-D-2014, 0149-CD-2015, 2090-D-2014, 0149-CD-2015, 2201-D-2015 y 0149-CD-2015 26/11/2015 MEDIA SANCION
Diputados INSERCION DE LOS DIPUTADOS LOPEZ Y SAN MARTIN CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1006-D-2014, 0149-CD-2015, 1314-D-2014, 0149-CD-2015, 1982-D-2014, 0149-CD-2015, 2090-D-2014, 0149-CD-2015, 2201-D-2015 y 0149-CD-2015 26/11/2015
Diputados INSERCION DE LOS DIPUTADOS DEL CAÑO Y BREGMAN SOBRE SENTIDO DE SU VOTO CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1006-D-2014, 0149-CD-2015, 1314-D-2014, 0149-CD-2015, 1982-D-2014, 0149-CD-2015, 2090-D-2014, 0149-CD-2015, 2201-D-2015 y 0149-CD-2015 26/11/2015
Diputados INSERCION DEL DIPUTADO LOPEZ SOBRE SENTIDO DE SU VOTO CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1006-D-2014, 0149-CD-2015, 1314-D-2014, 0149-CD-2015, 1982-D-2014, 0149-CD-2015, 2090-D-2014, 0149-CD-2015, 2201-D-2015 y 0149-CD-2015 26/11/2015
Senado PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1006-D-2014, 0149-CD-2015, 1314-D-2014, 0149-CD-2015, 1982-D-2014, 0149-CD-2015, 2090-D-2014, 0149-CD-2015, 2201-D-2015 y 0149-CD-2015