PROYECTO DE TP
Expediente 1297-D-2012
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO (LEY 20744): MODIFICACION DEL ARTICULO 18, SOBRE TIEMPO DE SERVICIO.
Fecha: 21/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 14
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º. -. Modificase el artículo 18
de la ley 20.744 de contrato de trabajo (texto ordenado en 1976) y sus modificatorias, el
que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 18.- Tiempo de
servicio. Cuando se concedan derechos al trabajador en función de su antigüedad, se
considerará tiempo de servicio el efectivamente trabajado desde el comienzo de la
vinculación, el que corresponda0 a los sucesivos contratos a plazo que hubieren
celebrado las partes y el tiempo de servicio anterior, cuando el trabajador, cesado en el
trabajo por cualquier causa, reingrese a las órdenes del mismo empleador.
Se considerará también a los fines de su
antigüedad tiempo de servicio, el efectivamente prestado por el trabajador, por intermedio
o a través de una empresa de servicios eventuales para un mismo empleador
usuario."
ARTICULO 2º. -. Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este proyecto tiene como antecedente el
Expediente 3261-D-2010, que ha perdido estado parlamentario.
Creemos necesario introducir estas
modificaciones a este artículo, ya que existe un universo de trabajadores que se
encuentra prestando servicios a un empleador a través de una empresa de servicios
eventuales, y cuando el empleador decide efectivizarlo como trabajador dependiente del
mismo, el tiempo de servicio que prestó para el mismo empleador a través de la empresa
de servicios eventuales no es reconocido por este.
Esta modificación tiende a
evitar la desprotección laboral en la que se puede encontrar el trabajador, en este sentido
podemos citar a Ricardo Guibourg, "La tercerización puede derivar en desprotección,
cuando genera una disminución de costos mediante el incumplimiento de normas
laborales o hace desaparecer el respaldo de los derechos por vía de la subcontratación
de empresas insolventes, ficticias o evanescentes. Las normas laborales deben, pues
reconocer las condiciones reales del trabajo real; pero no deben ponerse
incondicionalmente a su servicio ni abdicar a favor de ellas la protección de los
trabajadores" (1)
La tercerización laboral o outsourcing
(externalización), fue uno de los tantos institutos empleados en la década del `90 para
precarizar y flexibilizar las relaciones laborales producto del modelo neoliberal, donde
ubica a los trabajadores empleados bajo esta modalidad en una situación de desigualdad
ante trabajadores que en una misma empresa usuaria son contratados bajo la modalidad
de relación de dependencia.
Con este proyecto queremos propender a
evitar fraudes laborales y renuncias ilegales a derechos fundamentales de los
trabajadores y trabajadoras.
Sr. Presiente, por las razones aquí expuestas,
y por las que se darán oportunamente, es que se solicita la aprobación del presente
Proyecto de Ley.
(1) Guibourg, Ricardo A. Después de tocar
fondo. De lege ferenda. DT 2008 (marzo), 245.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
RIESTRA, ANTONIO SABINO | SANTA FE | UNIDAD POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
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TRABAJO Y PREVISION SOCIAL |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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09/05/2012 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen con disidencias |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 0380/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1009-D-2011, 0176-CD-2012, 1297-D-2012 y 0176-CD-2012 | CON MODIFICACIONES; CON UNA DISIDENCIA PARCIAL | 31/05/2012 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1009-D-2011, 0176-CD-2012, 1297-D-2012 y 0176-CD-2012 | 28/11/2012 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1009-D-2011, 0176-CD-2012, 1297-D-2012 y 0176-CD-2012 |