PROYECTO DE TP
Expediente 1296-D-2010
Sumario: REGIMEN DE RESTRICCIONES A LA ADQUISICION DE BIENES INMUEBLES POR PARTE DE EXTRANJEROS.
Fecha: 22/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
El Senado y Cámara de Diputados...
RESTRICCIONES A LA
ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES DE PARTE DE EXTRANJEROS.-
Artículo 1.- Restrínjase la compra
de bienes inmuebles por parte de personas de existencia visible extranjeras, de
personas jurídicas extranjeras, de personas jurídicas con accionistas
mayoritarios o minoritarios todas ellas extranjeras, o de personas de existencia
visible o jurídicas nacionales con asociaciones con extranjeras, o de personas
nacionales que estuvieran unidas por concubinato o hubieran contraído enlace
con personas de nacionalidad extranjera.-
Artículo 2.- La presente restricción
también alcanza al establecimiento de condominios, usos, usufructos, y
locaciones de bienes inmuebles de las características establecidas en el artículo
siguiente.-
Artículo 3.- Los inmuebles objeto
de la presente ley son los siguientes:
Todos los bienes inmuebles rurales
que sean una unidad productiva o mayor a ella, en cualquier parte dentro del
territorio nacional;
Todos los bienes inmuebles que
contengan bosques nativos, o que sean ribereños de aguas navegables o no, o
estén ubicados sobre lugares donde existan aguas subterráneas o superficiales
posibles de ser utilizados para el consumo humano, tratadas o sin
tratarse;
Las que estén ubicadas dentro de
parques nacionales o en zona de frontera;
Los inmuebles que tengan valor
histórico, cultural, o arqueológico, cualquiera sea su superficie.-
Artículo 4.- Toda operación
inmobiliaria que se realice dentro de las prohibiciones establecidas en los
artículos precedentes, será nulo de nulidad absoluta.-
Artículo 5.- Todo Escribano Público
que intervenga en operaciones inmobiliarias con las restricciones establecidas
en la presente ley, será pasible de la sanción de suspensión de su matrícula
profesional hasta que se declare nula por parte de la Justicia de dicha escritura
pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior e inhabilitado en el
ejercicio del notariado por 2 años a contar desde el fallo que declare que se
violó la presente ley.-
Artículo 6.- Será responsabilidad
de los Estados Provinciales determinar la superficie de una unidad productiva y
hasta que la misma no se encuentre determinada, queda prohibida la
transferencia de bienes como los establecidos en el artículo 2.- Para determinar
la superficie productiva se deberá consultar a las entidades rurales con
reconocimiento legal en el territorio provincial y consensuada con las mismas en
el caso de discrepancia.- De continuar con las diferencias, se deberá consultar
con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación a
efectos de que aporte sus conocimientos.-
Artículo 7.- Para los casos de que
se transfiriera una Sociedad Jurídica que detente bienes inmuebles como los
establecidos en el artículo 3 de esta ley a una de las personas comprendidas en
los artículos 1 y 2 de la presente, el citado o citados bienes quedarán
exceptuados de la venta y pasarán a manos del Estado Nacional, quien se
constituirá en su propietario.-
Artículo 8.- De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El diario francés "Le Monde" con la
firma de uno de sus prestigiosos periodistas como Christine Legrand, informa
en una nota que suscribe del crecimiento de venta de tierras rurales a
extranjeros en la República Argentina y que ya ha alcanzado el 10% del
territorio nacional y el mismo es corroborado por informaciones suministradas
por la Federación Agraria Argentina.-
Dichos datos han generado onda
preocupación por parte de economistas, ecologistas, representantes de los
pueblos originarios, la Iglesia Católica, titulándose "Argentina esta en venta".-
Es de público conocimiento y se
encuentra en boca de todos, nombres como el de Benetton, quien compró casi
un l.000.000 de has. en la Patagonia, desalojando inclusive a quienes detentan
derechos como los habitantes de los pueblos originarios, o el de Ted Turner
adquirente de 45.000 has de tierras tambien en la Patagonia, a orillas de lagos
sureños.- Quienes intentan transitar por las orillas de los lagos que se
encuentran en dichas tierras, toman conocimiento como sus nuevos dueños
impiden el paso por "el camino de sirga", desconociendo las normas del código
civil, alambrando sus pasos y prohibiendo con guardias armados las violaciones
de lo que ellos determinan.-
También es conocido el caso de
Douglas Tompkins quien no solo detenta tierras en la Patagonia, sino también
la provincia de Corrientes, junto a los esteros del Iberá.-
Joseph Lewis, multimillonario
inglés, detenta unas 14.000 has de tierra en la Patagonia, a orillas del Lago
Escondido.-
Otros extranjeros como Richard
Gere, Matt Damon y Robert Dubai, poseen tierras de grandes dimensiones en
Salta, Jujuy o Tucumán.-
Un viejo informe de Kissinger para
la Agencia de Seguridad Nacional de los EE.UU. plantea la necesidad de
preservar las reservas naturales, particularmente, petróleo, gas, alimentos y
fundamentalmente, fuentes de agua potable de Latinoamérica. Este informe
desclasificado, es la doctrina de la NSA (Seguridad Nacional de EE.UU. en el
cual se propone "preservar y apoderarse de los recursos naturales de los países
latinoamericanos..".-
Cuando se firmó el Decreto Ley
15.385/44 firmado durante el gobierno del General Farrel y cuyo
Vicepresidente era don Juan Domingo Perón, declaraba "la conveniencia
nacional que los bienes ubicados en zonas de seguridad pertenezcan a
ciudadanos argentinos nativos".-
Esta norma dejó de tener vigencia
desde los años del 90 y hoy, se nos permite claramente decir que, desde hace
algunos años, Argentina está en venta.-
Por la seguridad interior de
nuestro territorio, por la defensa de nuestros recursos naturales, por la
seguridad de nuestros reservorios de agua, por la Soberanía de Argentina, tal
como lo hacen diversos países del mundo, es que solicitamos la aprobación del
presente proyecto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BENAS, VERONICA CLAUDIA | SANTA FE | SI POR LA UNIDAD POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES |
AGRICULTURA Y GANADERIA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
02/09/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
16/09/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
14/06/2011 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
31/08/2011 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
07/09/2011 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
13/12/2011 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados Dictamen de Mayoría y Dictamen de Minoría |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0009/2011 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0071-D-2010, 0360-D-2010, 1296-D-2010, 3854-D-2010, 5127-D-2010, 5679-D-2010, 7009-D-2010, 7047-D-2010, 0071-D-2011, 1270-D-2011, 0001-PE-2011, 0090-CD-2011, 2793-D-2011, 2891-D-2011, 4126-D-2011, 4262-D-2011, 4600-D-2011, 4700-D-2011, 5081-D-2011, 5438-D-2011 y 6121-D-2011 | DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES; CON CINCO DICTAMENES DE MINORIA; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA AL EXPEDIENTE 0327-D-2011 | 14/12/2011 |
Senado | Orden del Dia 0920/2011 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0071-D-2010, 0360-D-2010, 1296-D-2010, 3854-D-2010, 5127-D-2010, 5679-D-2010, 7009-D-2010, 7047-D-2010, 0071-D-2011, 1270-D-2011, 0001-PE-2011, 0090-CD-2011, 2793-D-2011, 2891-D-2011, 4126-D-2011, 4262-D-2011, 4600-D-2011, 4700-D-2011, 5081-D-2011, 5438-D-2011 y 6121-D-2011 | UNA DISIDENCIA PARCIAL | 19/12/2011 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | RESOLUCION DE PRESIDENCIA - CAMBIO DE ORDEN DE LAS COMISIONES | 13/10/2010 | |
Diputados | CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0071-D-2010, 0360-D-2010, 1296-D-2010, 3854-D-2010, 5127-D-2010, 5679-D-2010, 7009-D-2010, 7047-D-2010, 0071-D-2011, 1270-D-2011, 0001-PE-2011, 0090-CD-2011, 2793-D-2011, 2891-D-2011, 4126-D-2011, 4262-D-2011, 4600-D-2011, 4700-D-2011, 5081-D-2011, 5438-D-2011 y 6121-D-2011 | 15/12/2011 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0071-D-2010, 0360-D-2010, 1296-D-2010, 3854-D-2010, 5127-D-2010, 5679-D-2010, 7009-D-2010, 7047-D-2010, 0071-D-2011, 1270-D-2011, 0001-PE-2011, 0090-CD-2011, 2793-D-2011, 2891-D-2011, 4126-D-2011, 4262-D-2011, 4600-D-2011, 4700-D-2011, 5081-D-2011, 5438-D-2011 y 6121-D-2011 | 15/12/2011 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0071-D-2010, 0360-D-2010, 1296-D-2010, 3854-D-2010, 5127-D-2010, 5679-D-2010, 7009-D-2010, 7047-D-2010, 0071-D-2011, 1270-D-2011, 0001-PE-2011, 0090-CD-2011, 2793-D-2011, 2891-D-2011, 4126-D-2011, 4262-D-2011, 4600-D-2011, 4700-D-2011, 5081-D-2011, 5438-D-2011 y 6121-D-2011 | ||
Senado | MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0071-D-2010, 0360-D-2010, 1296-D-2010, 3854-D-2010, 5127-D-2010, 5679-D-2010, 7009-D-2010, 7047-D-2010, 0071-D-2011, 1270-D-2011, 0001-PE-2011, 0090-CD-2011, 2793-D-2011, 2891-D-2011, 4126-D-2011, 4262-D-2011, 4600-D-2011, 4700-D-2011, 5081-D-2011, 5438-D-2011 y 6121-D-2011 | 22/12/2011 | |
Senado | CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0071-D-2010, 0360-D-2010, 1296-D-2010, 3854-D-2010, 5127-D-2010, 5679-D-2010, 7009-D-2010, 7047-D-2010, 0071-D-2011, 1270-D-2011, 0001-PE-2011, 0090-CD-2011, 2793-D-2011, 2891-D-2011, 4126-D-2011, 4262-D-2011, 4600-D-2011, 4700-D-2011, 5081-D-2011, 5438-D-2011 y 6121-D-2011 | 22/12/2011 | SANCIONADO |