PROYECTO DE TP
Expediente 1295-D-2007
Sumario: CREACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE AGRICULTURA SUSTENTABLE, EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION DE LA NACION: OBJETO, CREACION DE UN BONO EQUIVALENTE EN FERTILIZANTES FOSFORADOS, CANJE DE BONOS. CREACION DE UN FONDO NACIONAL QUE ESTIMULE Y PERMITA EL DESARROLLO DE MODELOS DE SISTEMAS DE AGRICULTURA SUSTENTABLES EN CULTIVOS EXTENSIVOS DE SECANO.
Fecha: 09/04/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 25
El Senado y Cámara de Diputados...
Programa
Nacional de Agricultura Sustentable
Artículo 1º: Créase el Programa
Nacional de Agricultura Sustentable para sistemas de producción agrícola en secano
que funcionará en el ámbito de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
del Ministerio de Economía y Producción de la Nación. Este Programa tendrá por objetivo
mantener la sustentabilidad productiva de los suelos que se encuentren bajo producción
agrícola en secano, además de formular y ejecutar políticas inherentes al desarrollo de la
agricultura sustentable en el país.
Artículo 2º: A los fines de estimular la
sustentabilidad de cultivos agrícolas extensivos en secano, se implementará, a través de la
Secretaría de Agricultura de la Provincia donde se encuentren radicados los lotes, un
sistema de bonos canje, que recibirán los productores propietarios y/o productores
arrendadores, que ya estén realizando practicas de producción sustentable en cultivos
extensivos en secano (conforme el sistema de sustentabilidad homologado por el INTA de
la región), como así también demuestren haber cumplimentado lo dispuesto en el Artículo
10º.
Artículo 3º: Este bono tendrá un
valor referencial en equivalentes en fertilizantes fosforados por hectárea que permitirá
cubrir parcialmente la rotación de cultivos y mantener la sustentabilidad de los sistemas
producciones agrícolas, basadas en la producción de cultivos extensivos en secano.
Este bono tiene el valor de 0.1 toneladas de
fosfatomonoamonico por hectárea y por año.
A través del canje de este bono se podrá
acceder a fertilizantes fosforados que se utilizarán en la siembra de los cultivos.
Artículo 4º: La ejecución del Programa se
prevé a través de la realización de un convenio suscripto por los Organismos Provinciales y
el INTA de la región a la que pertenecen los lotes de las unidades de producción agrícola.
Estos serán quienes controlarán la puesta en marcha del Programa y la sustentabilidad de
los sistemas de producción.
Artículo 5º: La responsabilidad de los
Organismos Provinciales será:
a) impulsar y difundir este Plan con el
objeto de mantener la capacidad productiva de los suelos agrícolas, bajo sistemas de
producción en secano.
b) Efectuar el monitoreo y control de
la incorporación de los lotes a este sistema de promoción, como así también el seguimiento
permanente de que los lotes, que se han incorporado a este sistema de promoción,
cumplan con los requisitos que se plantean en los artículos 9, 10, y 12 de la presente
ley.
c) Crear un listado de comercios
habilitados donde pueda efectivizarse el canje de los bonos por los fertilizantes
fosforados habilitados.
d) Emisión de los bonos o certificaciones
que adquieran los propietarios de los lotes que cumplan con las normativas.
e) Entrelazar información con los registros
catastrales provinciales y nacionales para determinar con precisión el lote a certificar.
Artículo 6º: Los objetivos que
llevarán a cabo los INTA Regionales serán:
a) Crear el Mapa Nacional de Agricultura
Sustentable para sistemas de producción en secano, el cual marcará las características
intrínsecas de los distintos modelos de sistemas de producción sustentable de las diversas
regiones agrícolas del territorio nacional, con sus específicas prácticas recomendables para
dichos sistemas de producción. Además, realizará el monitoreo de productividad de lotes
certificados de los sistemas agrícolas, que se encuentren dentro de las normativas que
plantea esta ley en el articulo Nº 10.
b) Planificar y difundir las buenas prácticas
agrícolas para una agricultura sustentable en sistemas de producción extensivos y en
secano, de acuerdo a la diversidad de las regiones agrícolas de nuestro país.
c) Determinar cuales son los fertilizantes
fosforados que son aptos para cada región, creando, asimismo, un listado con ellos para
cada zona, siendo los mismos los que efectivamente puedan canjearse con los bonos en los
comercios habilitados.
Artículo 7º: Créase un fondo nacional
que estimule y permita el desarrollo de modelos de sistemas de agricultura sustentables en
cultivos extensivos de secano. El mismo promocionará las prácticas de agricultura
sustentable para las distintas regiones agrícolas del país y será reglamentado por el Poder
Ejecutivo.
Artículo 8º: Los propietarios de los
lotes que deseen acogerse al programa, deberán registrarse en la Secretaría de Agricultura
de la Provincia a la que pertenezcan los lotes.
Artículo 9º: Requisitos de acceso
para los productores:
- Los lotes de las unidades de producción
agrícolas deberán cumplir con los cánones de buenas prácticas para sistemas de producción
sustentables en secano tal como lo especifica el INTA de la región a la que pertenecen los
mismos.
- Deberán los propietarios de los lotes y los
Organismos Provinciales firmar el Acuerdo de incorporación de hectáreas a este
Programa.
Artículo 10º: El propietario del lote
deberá realizar una declaración jurada anual extendida por un Ingeniero Agrónomo
matriculado, con el objeto de determinar de qué manera logro la sustentabilidad físico y
químico de los lotes. Dicha declaración jurada deberá informar la superficie de cada cultivo,
el geoposicionamiento del mismo, el tipo de cultivo, el fertilizante utilizado y los niveles de
materia orgánica y fósforo. También, deberá especificar el sistema de producción
sustentable que tiene en practica y por cuanto tiempo lo esta llevando a cabo.
Artículo 11º: El plan de incorporación
de hectáreas con sistemas de agricultura sustentable tendrá una duración de cinco años y
a partir de allí se estabilizan por lo cual no se certificarán mas hectáreas hasta que el
Estado Nacional lo crea necesario. Esto quiere decir que año a año se incorporaran
hectáreas certificadas y el fondo tendría que crecer en función de esto, hasta llegar al
quinto año.
Artículo 12º: Los dueños de las
hectáreas certificadas tendrán acceso al bono siempre que expresen y comprueben que las
mismas están bajo un sistema homologado. Es decir que año a año el dueño debe
demostrar que realiza la producción agrícola con sustentabilidad de acuerdo con esta
ley.
Al propietario del lote que no realice lo
expresado en los artículos anteriores, no se le otorgará el bono.
Artículo 13º: El Poder Ejecutivo de la
Nación decretará la reglamentación pertinente a los fines de implementar esta ley, en un
período no mayor a los 120 días a partir de la publicación de la presente.
Artículo 14º: De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la República Argentina, en sus principales
regiones agrícolas, existe una degradación creciente en la fertilidad física y química de los
suelos. Es por ello que creemos que es necesario encontrar un instrumento que permita
mantener la capacidad productiva de los suelos agrícolas.
Se conoce que con la monocultura de soja la
degradación de materia orgánica del suelo y los niveles de nutrientes, van en reducción
continua, llegando a niveles tales que ya existen zonas agrícolas con valores por debajo de
los niveles óptimos. Ello se manifiesta en reducción de rendimientos y seguridad de
cosecha por falta de retención de las lluvias caídas. Cuando nos referimos a nutrientes,
hablamos de niveles de fósforo y azufre fundamentalmente. Existen otros nutrientes que
en el mediano plazo habría que tenerlos en cuenta.
Asimismo, existen sistemas de producción de
trigo soja de segunda continua que ocasionan los mismos problemas que la monocultura
de soja pero con altísimo riesgo de cosecha porque el sistema demanda más lluvias del
promedio de las zonas.
Y es por ello que comenzaron los problemas de
tolerancia y resistencia de malezas a la aplicación de glifosato por no hacer una rotación de
cultivos. Ello mismo se esta percibiendo en el control integrado de plagas y cada vez mas
se dificulta el manejo de las plagas por falta de rotación. Además con los hongos esta
ocurriendo lo mismo que con los insectos.
Por todo esto inferimos que la falta de rotación
origina una pérdida gradual de la capacidad productiva con los inconvenientes económicos y
sociales que trae aparejados al país. Esto significa una disminución gradual de los
rendimientos y por lo tanto una mengua de la demanda tecnológica, de ingresos al
productor, al país y una involución de las comunidades agrícolas. Obviamente a nivel país
las producciones de trigo y soja se desequilibran y ello nos podría traer problemas en la
producción de trigo para el consumo interno y la producción de maíz para consumo de
alimentos balanceados.
Un sistema de rotación de trigo soja de
segunda y maíz con niveles de rendimiento de 3 TN el trigo soja de segunda y 10 TN el
maíz, demanda 200 unidades entre nitrógeno fósforo y azufre que equivale a 150 dólares
por ha por año. La tecnología aplicada con mucho optimismo no llega al 50% de reposición
de nutrientes, es decir que estamos degradando el suelo en 100 unidades de nutrientes por
año o sea el equivalente a 75 dólares por ha por año. Esto significa que exportamos un
promedio de 8 toneladas de granos por ha por año a un costo oculto de 75 dólares por has
por año a cuesta de la extracción del suelo.
La rotación de cultivo con reposición de
nutrientes genera una estabilidad física del suelo y un creciente nivel de materia orgánica
con incremento de rendimiento y seguridad de cosecha. También se optimiza la eficiencia
del uso de las lluvias porque cada vez se necesita menos milímetros de agua para producir
un kilogramo de grano.
La rotación genera una demanda creciente de
genética de alto valor agregado y niveles creciente de fertilizantes. También exige
especialización en la tecnología de siembra, aplicación de insumos y cosecha. La mano de
obra es constante y especializada.
Nos obliga a aplicar en el corto plazo toda la
tecnología de agricultura de precisión.
Demanda mas transporte y logística de
cosecha porque se triplica los volúmenes de cereal por hectárea ya que en una
monocultura se movilizan 3 TN por has y la rotación de trigo soja maíz mueven 8 TN por
hectárea.
Desde el punto de vista fiscal en la rotación
versus monocultura, se tributa mas impuestos sobre los servicios e insumos especialmente
en fertilizantes. En cuanto a los servicios se triplica los de transporte y
almacenamiento.
En cuanto a los ingresos por retenciones en la
monocultura se ingresa por tres toneladas de soja por año mientras que con la rotación de
trigo soja y maíz se ingresa de promedio tres tonelada de trigo soja mas 5 toneladas de
maíz por año. Como conclusión tenemos tres toneladas de soja en la monocultura contra 8
toneladas de un mix de 1.5 TN de trigo mas 1.5 TN de soja mas 5 TN de maíz.
Definimos que la sustentabilidad, en el
contexto de la producción agrícola, implica preservar y/o mejorar la capacidad productiva
del sistema desde el punto de vista agronómico, económico y ambiental y la calidad de los
recursos renovables y no renovables incluidos en el sistema productivo (suelo, agua, aire,
biodiversidad, otros). Entre estos recursos, se destaca el suelo como recurso finito no
renovable (Inpofos). La calidad del suelo se ha definido en términos de sus propiedades
químicas, físicas y biológicas. Entre estas propiedades, la materia orgánica (MO) es
considerada como el más importante indicador de la calidad de suelo. La importancia de la
MO radica en su relación con numerosas propiedades del suelo:
Fisicas: Densidad, capacidad de retención
de agua, agregación y estabilidad de agregados (Fig. 1), color y temperatura
Químicas: Reserva de nutrientes como
nitrógeno (N), fósforo (P), azufre (S) y otros, pH, capacidad de intercambio catiónica,
capacidad tampón, formación de quelatos
Biológicas: Biomasa microbiana, actividad
microbiana (respiración), fracciones lábiles de nutriente.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CANELA, SUSANA MERCEDES | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |