PROYECTO DE TP
Expediente 1268-D-2006
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS PREVISTAS EN EL REGLAMENTO GENERAL DE CLIENTES PARA EMPRESAS DE TELEFONIA CELULAR EN LA PROVINCIA DE SANTA FE.
Fecha: 30/03/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de la Secretaría de Comunicaciones, la Comisión Nacional de Comunicaciones y demás organismos que correspondieren, intimen al cumplimiento de las normas previstas en el Reglamento General de Clientes (Resolución Nro. 490/97 - SECOM) por parte de las empresas prestadoras de servicios de telefonía celular en la provincia de Santa Fe.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Los usuarios de los servicios de telefonía móvil son víctimas del deficiente modo de prestación de las empresas comercializadoras que no coincide con las promisorias ofertas publicitarias, muchas veces cercanas al acoso.
En la provincia de Santa Fe son reiterados los reclamos que he recibido al respecto. Entre otras situaciones concretas, las quejas se refieren a la dificultad en realizar una comunicación telefónica o enviar un mensaje de texto, necesitando repetir la operación varias veces, los abruptos cortes de señal o las constantes derivaciones a las casillas de contestador automático. Sin contar la necesidad de no alejarse de los centros urbanos y/o de la localización de las antenas porque se pierde definitivamente la señal.
Datos estadísticos precisos muestran un crecimiento exorbitante en el uso de líneas de telefonía móvil en la Argentina, las cuales generan al usuario, sólo en concepto de gasto fijo, un monto que va desde $30,17 de mínimo a $250,14 como máximo, según datos aportados por la Subsecretaría de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía de la Nación. Junto con lo cual crece la comercialización de aparatos celulares que llegan en la actualidad a 21 millones, cantidad que muchas veces supera condiciones técnicas instaladas en las distintas zonas para brindar el servicio de manera adecuada.
Todo lo anterior se traduce, primeramente en incomunicación, o sea, el incumplimiento de la prestación del servicio ofrecido, y todas las veces, en mayores costos que siempre termina abonando el usuario, sumado a la pérdida de tiempo y molestias que ello le genera.
Por todo lo que antecede y existiendo como marco de regulación la Resolución 490/97 - SECOM que aprueba el Reglamento General de Clientes para prestadores de Servicio de Telefonía Celular, por la cual se determinan las obligaciones de las empresas responsables del servicio, ella debe ser estrictamente aplicada, sancionando su incumplimiento de ser necesario.
Buscando una mejora en el servicio y la protección de los usuarios, solicito a los Señores Diputados la aprobación del presente.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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ZANCADA, PABLO V. | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |
DEFENSA DEL CONSUMIDOR |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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18/04/2006 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
31/05/2006 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
01/06/2006 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 0405/2006 | CON MODIFICACIONES | 14/06/2006 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 28/06/2006 | APROBADO |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA | 14/03/2007 |