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PROYECTO DE TP


Expediente 1260-D-2009
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA FALTA DE CONOCIMIENTO SOBRE EL TEMA QUE DERIVARA EN LAS EXPRESIONES CONFUSAS VERTIDAS POR LA MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL EN OCASION DE LA RECUPERACION DE LA "FABRICA ARGENTINA DE AVIONES DE CORDOBA", Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 27/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que deplora la falta de conocimiento sobre el tema que derivara en las confusas expresiones vertidas por la Ministra de Defensa Nacional, en ocasión de la recuperación de la "Fábrica Argentina de Aviones de Córdoba" al referirse al reclamo público que se hizo por la reimplantación del servicio militar obligatorio para combatir la inseguridad diciendo que " las fuerzas armadas no tienen como misión contener jóvenes para evitar que cometan delitos" y sostuvo que "no existe lógica para reimplantarlo" todo ello de acuerdo con el texto de la Información de Prensa del Ministerio de Defensa Nº 0/58, cuyo número constituye un error formal en un documento público. Ello, sin desmedro de la opinión concreta que pudiera sostenerse sobre el particular.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


De acuerdo con la secuencia numérica de los Informativos de Prensa del Ministerio de Defensa, al correspondiente a las declaraciones periodísticas formuladas por la Sra. Ministra de Defensa en ocasión del acto de recuperación de la ex Área de Material Córdoba, le correspondería el 057/09 y no el Nº 0/58 que no sigue ninguna lógica ni de orden ni de año.
Si bien sólo se trata de un detalle formal, la seriedad de un documento público obliga a prestar debida atención a sus escritos, pues una falta evidente en sus aspectos formales atenta contra la credibilidad de todo el contenido del documento.
Con referencia a los comentarios de la Ministra sobre "que no existe lógica para reimplantarlo" refiriéndose al Servicio Militar Obligatorio que parte de la sociedad reclama, convendría recordarle a la funcionaria, pues parece que no lo supiera, que no hay nada que reimplantar.
En efecto: la Ley Nº 17.531 que lo estableció nunca fue derogada, ni objetan su aplicación legal las catorce modificaciones que tuviera a partir de su promulgación
Lo que sucede es que al entrar en vigencia la Ley Nº 24.429 del Servicio Militar Voluntario, demagógicamente se dejó que el pueblo pensara que la anterior Nº 17.531 quedaba derogada, y no es así.
Brevemente se explica lo anterior en que, de acuerdo con la Constitución Nacional en su Art. 21) dice que "Todo ciudadano está obligado a armarse en defensa de la patria y de esta Constitución........"
La Ley Nº 24.429 de Servicio Militar Voluntario, en su Art. 3) establece que "La cantidad de soldados voluntarios que se requiera incorporar y el cupo para cada una de las Fuerzas Armadas, será fijada anualmente por el Presidente de la Nación a propuesta del Ministerio de Defensa"
Es obvio que estos cupos surgen de las necesidades de personal de tropa de las Fuerzas Armadas. No es un número antojadizo que pueda obedecer a otros factores.
Y en su Art. 19) esta misma ley dice: " En el caso excepcional que no se llegara a cubrir con soldados voluntarios los cupos fijados por el Art. 3), el Poder Ejecutivo podrá convocar, en los términos establecidos por la Ley 17.531, a los ciudadanos que en el año de la prestación cumplan 18 años de edad y por un período que no podrá exceder de un año. Para realizar la convocatoria, el Poder Ejecutivo deberá previamente requerir autorización por Ley al Congreso Nacional, expresando las circunstancias que motivan la solicitud y las razones por las cuales no pudieron cubrirse los cupos pertinentes........."
En síntesis; si el cupo fijado es cubierto con personal Voluntario incorporado con la Ley 24.429 no existe problema; de lo contrario, el saldo faltante debe ser satisfecho con personal convocado de acuerdo con la Ley 17.531 de Servicio Militar Obligatorio.
La otra expresión poco feliz la tuvo la Ministra al expresar que "las Fuerzas Armadas no tienen como misión contener jóvenes para evitar que cometan delitos".
Tampoco figura como Misión Principal, ni Misión Secundaria de las Fuerzas Armadas la cooperación y colaboración con emergencias sociales y catástrofes de toda índole, y no obstante lo han hecho y está muy bien que dentro de sus posibilidades lo hagan aún en el marco regional e internacional. (Pág. Web - Misión de las Fuerzas Armadas)
Uno de sus últimos actos fue la colaboración con el Rally Dakar 2009, hecho de indudable menor importancia que colaborar con nuestra sociedad en todo lo que haga a combatir el fenómeno social de inseguridad que como nunca en la historia moderna del país se está manifestando en estos tiempos.
¿Sabrá esta funcionaria que la pobreza se ha multiplicado en estos últimos años, que la droga ha ganado la calle y que nuestra juventud marginal y empobrecida se está formando en la horrible convicción de que el delito violento es una "salida" para esas calamidades?
Es un hecho que el Servicio Militar Obligatorio era el motivo de muchos abusos y errores, y que agregar el Voluntario en aquella época no fue desacertado.
Pero sería una necedad negar sus aspectos positivos, particularmente cuando hablamos de contención en cuanto a alimentación, salud, educación para analfabetos y aprendizaje de diversos oficios, en especial a la luz de lo que vemos hoy en los jóvenes de escasos recursos. Esas atenciones serían deseadas hoy por muchos que en medio de la pobreza urbana o del interior profundo, no tienen, o no saben ni conocen los beneficios que prestar un año de servicio militar podría depararles.
También es dable recordar cómo se inculcaban los valores fundamentales de amor a la Patria, el respeto a sus símbolos y la corrección de procederes para con el prójimo, cuestión para nada poco significativa que hoy parece olvidada por amplios sectores de la sociedad.
Ignorar la existencia del Servicio Militar Obligatorio favorece a las clases pudientes que trabajan o estudian, pero perjudica a la clase indigente carente de oportunidades.
Complementando las dos leyes del Servicio Militar, Obligatorio y Voluntario, vemos la expresa voluntad de cubrir con ambas, las necesidades de Defensa.
De ahí emerge la cantidad necesaria de tropa. De la necesidad de Defensa, no del antojo político o ideológico de un Presidente de turno.
Por lo que resulta que si en estos momentos esas necesidades no están cubiertas, es porque la dimensión de las Fuerzas Armadas ha sido reducida a una expresión de
medios materiales tan insignificante que recurrir a la Ley Nº 17.531 no hace falta, además de ser "políticamente incorrecto".
Que quede claro que con este proyecto no se alienta bajo ningún concepto, derogar el Servicio Militar Voluntario imponiendo sólo el Obligatorio, sino instar a que el Poder Ejecutivo lleve a nuestras Fuerzas Armadas a un nivel de capacidad operativa equivalente y proporcional al que exhiben nuestros vecinos sudamericanos más importantes, para hacer realidad el cuidado de la soberanía nacional, recurriendo a la Ley Nº 17.531 únicamente en caso necesario.
Asimismo, que al personal de tropa voluntario o convocado, se le brinde la debida contención y se le inculquen los valores de patriotismo y decencia que hasta no hace muchos años imperaban mayoritariamente en nuestra sociedad.
Por todo lo expuesto, solicito de mis pares el apoyo al presente Proyecto de Declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GINZBURG, NORA RAQUEL CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE POR LOS DERECHOS CIUDADANOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia)