PROYECTO DE TP
Expediente 1260-D-2009
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA FALTA DE CONOCIMIENTO SOBRE EL TEMA QUE DERIVARA EN LAS EXPRESIONES CONFUSAS VERTIDAS POR LA MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL EN OCASION DE LA RECUPERACION DE LA "FABRICA ARGENTINA DE AVIONES DE CORDOBA", Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 27/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que deplora la falta de
conocimiento sobre el tema que derivara en las confusas expresiones vertidas por la Ministra
de Defensa Nacional, en ocasión de la recuperación de la "Fábrica Argentina de Aviones de
Córdoba" al referirse al reclamo público que se hizo por la reimplantación del servicio militar
obligatorio para combatir la inseguridad diciendo que " las fuerzas armadas no tienen como
misión contener jóvenes para evitar que cometan delitos" y sostuvo que "no existe lógica para
reimplantarlo" todo ello de acuerdo con el texto de la Información de Prensa del Ministerio
de Defensa Nº 0/58, cuyo número constituye un error formal en un documento público. Ello,
sin desmedro de la opinión concreta que pudiera sostenerse sobre el particular.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
De acuerdo con la secuencia numérica de los
Informativos de Prensa del Ministerio de Defensa, al correspondiente a las declaraciones
periodísticas formuladas por la Sra. Ministra de Defensa en ocasión del acto de recuperación
de la ex Área de Material Córdoba, le correspondería el 057/09 y no el Nº 0/58 que no sigue
ninguna lógica ni de orden ni de año.
Si bien sólo se trata de un detalle formal, la
seriedad de un documento público obliga a prestar debida atención a sus escritos, pues una
falta evidente en sus aspectos formales atenta contra la credibilidad de todo el contenido del
documento.
Con referencia a los comentarios
de la Ministra sobre "que no existe lógica para reimplantarlo" refiriéndose al Servicio
Militar Obligatorio que parte de la sociedad reclama, convendría recordarle a la funcionaria,
pues parece que no lo supiera, que no hay nada que reimplantar.
En efecto: la Ley Nº 17.531 que lo estableció
nunca fue derogada, ni objetan su aplicación legal las catorce modificaciones que tuviera a
partir de su promulgación
Lo que sucede es que al entrar en vigencia la
Ley Nº 24.429 del Servicio Militar Voluntario, demagógicamente se dejó que el pueblo
pensara que la anterior Nº 17.531 quedaba derogada, y no es así.
Brevemente se explica lo anterior
en que, de acuerdo con la Constitución Nacional en su Art. 21) dice que "Todo ciudadano está
obligado a armarse en defensa de la patria y de esta Constitución........"
La Ley Nº 24.429 de Servicio
Militar Voluntario, en su Art. 3) establece que "La cantidad de soldados voluntarios que se
requiera incorporar y el cupo para cada una de las Fuerzas Armadas, será fijada anualmente
por el Presidente de la Nación a propuesta del Ministerio de Defensa"
Es obvio que estos cupos surgen de las
necesidades de personal de tropa de las Fuerzas Armadas. No es un número antojadizo que
pueda obedecer a otros factores.
Y en su Art. 19) esta misma ley
dice: " En el caso excepcional que no se llegara a cubrir con soldados voluntarios los cupos
fijados por el Art. 3), el Poder Ejecutivo podrá convocar, en los términos establecidos por la
Ley 17.531, a los ciudadanos que en el año de la prestación cumplan 18 años de edad y por
un período que no podrá exceder de un año. Para realizar la convocatoria, el Poder Ejecutivo
deberá previamente requerir autorización por Ley al Congreso Nacional, expresando las
circunstancias que motivan la solicitud y las razones por las cuales no pudieron cubrirse los
cupos pertinentes........."
En síntesis; si el cupo fijado es cubierto con
personal Voluntario incorporado con la Ley 24.429 no existe problema; de lo contrario, el
saldo faltante debe ser satisfecho con personal convocado de acuerdo con la Ley 17.531 de
Servicio Militar Obligatorio.
La otra expresión poco feliz la
tuvo la Ministra al expresar que "las Fuerzas Armadas no tienen como misión contener
jóvenes para evitar que cometan delitos".
Tampoco figura como Misión Principal, ni Misión
Secundaria de las Fuerzas Armadas la cooperación y colaboración con emergencias sociales y
catástrofes de toda índole, y no obstante lo han hecho y está muy bien que dentro de sus
posibilidades lo hagan aún en el marco regional e internacional. (Pág. Web - Misión de las
Fuerzas Armadas)
Uno de sus últimos actos fue la colaboración con
el Rally Dakar 2009, hecho de indudable menor importancia que colaborar con nuestra
sociedad en todo lo que haga a combatir el fenómeno social de inseguridad que como nunca
en la historia moderna del país se está manifestando en estos tiempos.
¿Sabrá esta funcionaria que la pobreza se ha
multiplicado en estos últimos años, que la droga ha ganado la calle y que nuestra juventud
marginal y empobrecida se está formando en la horrible convicción de que el delito violento
es una "salida" para esas calamidades?
Es un hecho que el Servicio Militar Obligatorio
era el motivo de muchos abusos y errores, y que agregar el Voluntario en aquella época no
fue desacertado.
Pero sería una necedad negar sus aspectos
positivos, particularmente cuando hablamos de contención en cuanto a alimentación, salud,
educación para analfabetos y aprendizaje de diversos oficios, en especial a la luz de lo que
vemos hoy en los jóvenes de escasos recursos. Esas atenciones serían deseadas hoy por
muchos que en medio de la pobreza urbana o del interior profundo, no tienen, o no saben ni
conocen los beneficios que prestar un año de servicio militar podría depararles.
También es dable recordar cómo se inculcaban
los valores fundamentales de amor a la Patria, el respeto a sus símbolos y la corrección de
procederes para con el prójimo, cuestión para nada poco significativa que hoy parece
olvidada por amplios sectores de la sociedad.
Ignorar la existencia del Servicio Militar
Obligatorio favorece a las clases pudientes que trabajan o estudian, pero perjudica a la clase
indigente carente de oportunidades.
Complementando las dos leyes del Servicio
Militar, Obligatorio y Voluntario, vemos la expresa voluntad de cubrir con ambas, las
necesidades de Defensa.
De ahí emerge la cantidad necesaria de tropa.
De la necesidad de Defensa, no del antojo político o ideológico de un Presidente de
turno.
Por lo que resulta que si en estos momentos
esas necesidades no están cubiertas, es porque la dimensión de las Fuerzas Armadas ha sido
reducida a una expresión de
medios materiales tan insignificante que recurrir
a la Ley Nº 17.531 no hace falta, además de ser "políticamente incorrecto".
Que quede claro que con este proyecto no se
alienta bajo ningún concepto, derogar el Servicio Militar Voluntario imponiendo sólo el
Obligatorio, sino instar a que el Poder Ejecutivo lleve a nuestras Fuerzas Armadas a un nivel
de capacidad operativa equivalente y proporcional al que exhiben nuestros vecinos
sudamericanos más importantes, para hacer realidad el cuidado de la soberanía nacional,
recurriendo a la Ley Nº 17.531 únicamente en caso necesario.
Asimismo, que al personal de tropa voluntario o
convocado, se le brinde la debida contención y se le inculquen los valores de patriotismo y
decencia que hasta no hace muchos años imperaban mayoritariamente en nuestra
sociedad.
Por todo lo expuesto, solicito de mis pares el
apoyo al presente Proyecto de Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GINZBURG, NORA RAQUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE POR LOS DERECHOS CIUDADANOS |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia) |