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PROYECTO DE TP


Expediente 1256-D-2011
Sumario: EXPRESAR ADHESION AL "DIA NACIONAL DE LA AUDICION", A CONMEMORARSE EL 28 DE MARZO DE CADA AÑO.
Fecha: 29/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 17
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su adhesión a la Conmemoración del Día Nacional de la Audición a realizarse el 28 de marzo del corriente, fecha que fuera designada bajo propuesta de la Sociedad Panamericana de Otorrinolaringología (SPO) en recuerdo de la primera cirugía de audición realizada en el mundo por el especialista argentino Dr. Juan Manuel Tato.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 28 de marzo ha sido elegido como el Día Nacional de la Audición en conmemoración de la primera intervención quirúrgica de audición llevada a cabo por el Doctor argentino Juan Manuel Tato.
El Dr. Tato realizó en el año 1933 su primer aporte a la cirugía de oídos; una operación llamada fenestración, que devolviera oportunamente la audición a muchas personas.
A principios de 1960 el Dr. Tato también introdujo la estapedectomía, la cual curaba ciertos tipos de sordera destacándose la otoesclerosis, producto de un crecimiento anormal de hueso dentro del oído.
La estapedectomía es una intervención quirúrgica eficaz para el tratamiento de la hipoacusia de transmisión que se produce por la fijación del estribo el cual es sustituido por una prótesis.
Los problemas de sordera puede ser congénitos o hereditarios, o bien producto de una enfermedad, un traumatismo, una exposición a largo plazo al ruido o, incluso, de cierto tipo de medicamentos agresivos para el nervio auditivo.
En nuestro país nacen entre 2.000 y 3.500 niños por año que padecen sordera severa o profunda. La cifra indica que entre uno y dos por cada mil nacidos nacen sordos, sumándose a ésta cifra que entre una y dos personas cada mil sufrirá de sordera a lo largo de su vida por diferentes motivos que pueden ser producto tanto de patologías específicas como de determinadas tareas laborales de alto riesgo.
Desde el año 2001, conforme consta en el Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia (Ley Nacional 25.415), "todo niño recién nacido
antes de los tres meses de vida, tiene derecho a que se estudie tempranamente su capacidad auditiva y se le brinde tratamiento en forma oportuna si lo necesitare".
Los primeros años de vida de nuestros hijos, son considerados años clave en cuanto al desarrollo de su capacidad neurológica y auditiva, es por ello que velamos por la aplicación de la Ley Nacional 24.415 en todo el territorio nacional y confiamos en que, a la luz de hombres como el Profesor Tato, continúen las investigaciones argentinas en materia de salud y prevención de enfermedades auditivas.
Por las razones expuestas, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente Proyecto de Declaración.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CHIENO, MARIA ELENA PETRONA CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)