PROYECTO DE TP
Expediente 1254-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CREACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE PROTECCION A TESTIGOS E IMPUTADOS.
Fecha: 27/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder
Ejecutivo para que, a través de los organismos pertinentes, se sirva
informar a este Cuerpo los siguientes interrogantes:
1- ¿En que fecha se creo
el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados?
2-¿Como funciona el
Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados?
3-¿Qué medidas se
toman para preservar la integridad física de ellos, además de las
señaladas en la ley 25.764 art. 5?
4-¿Si el monto asignado
presupuestariamente es suficiente para el correcto funcionamiento del
referido programa?
5-¿Cuantas personas han
sido asignadas a dicho programa desde su creación?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde que fue creado,
sólo recibió un pedido proveniente de uno de los procesos por
violaciones a los derechos humanos. Pero ahora, a partir de la
instrucción que dio el Procurador General Esteban Righi a los fiscales
respecto de la actualización del listado de testigos y de futuros juicios
orales, la capacidad de este plan será puesta a prueba.
El caso del albañil Jorge
Julio López dejó al descubierto que la seguridad de las personas que
acceden a dar testimonios fundamentales en procesos judiciales de
importancia es algo más complejo que la presencia (o no) de una
custodia. Testigos y funcionarios que trajinan este tipo de procesos
coinciden en que la protección no puede venir de miembros de fuerzas
de seguridad, que demuestran no haber sido depuradas. "La única
protección efectiva es desmantelar en forma definitiva el aparato
represivo", manifestó a Página/12 la abogada Myriam Bregman, una
de las querellantes en el juicio al represor Miguel Etchecolatz. "Espero
que este episodio no afecte la voluntad de los testigos, que estén
tranquilos y sepan que cuentan con esta herramienta", fue el mensaje
que expresó ante este diario Mariano Ungar, a cargo del Programa de
Protección a Testigos e Imputados.
Los organismos de
derechos humanos llevan décadas construyendo una estrategia
probatoria de los delitos de lesa humanidad cometidos durante la
dictadura, de la cual los
testigos son una parte fundamental. Fueron años de esfuerzo para
convencer a los más remisos en arriesgarse a exponerse. Muchos de
los hombres y mujeres que ya habían decidido aportar su testimonio
en la búsqueda de justicia supieron de amenazas o las vivieron en
propio cuerpo. Pero lo que quizá no dimensionaron -ni el Estado ni los
organismos- es la posibilidad de que esas intimidaciones se
convirtieran en realidad. En tal sentido, la desaparición de López, que
ocurre en plena reactivación de los procesos judiciales contra
represores, atenta de manera directa contra ese entramado.
Funcionarios nacionales,
provinciales, del Poder Ejecutivo, del Judicial y del Ministerio Público
Fiscal se miran entre sí respecto de las respectivas responsabilidades.
Pero, ¿cómo fue la protección de testigos hasta ahora y cómo será de
aquí en más?
A excepción de una
custodia temporaria a una abogada tucumana que fue amenazada, el
Ministerio Público no recibió nunca un pedido de protección por parte
de jueces o fiscales, según aseguró a Página/12 una alta fuente del
organismo. El funcionario consultado coincidió con las organizaciones
de derechos humanos en cuanto a que es inviable poner policías a
cuidar a testigos que sobrevivieron a la represión, de las que esas
instituciones formaron parte. Y agregó que si el "efecto López" se
propaga pondrá a prueba la capacidad del Estado de dar una
respuesta más integral.
"El mensaje es 'acá
estamos y podemos'. Por eso la respuesta debe ser 'no señores, no va
más', y esto significa medidas más drásticas que desmantelar la
bonaerense", opinó Nilda Eloy, ex detenida y testigo del juicio a
Etchecolatz. Los organismos señalan la ausencia de un seguimiento de
los movimientos de la "mano de obra desocupada". Para Eloy, "si se
toma la decisión política de avanzar en esta materia debe haber una
conciencia de la dimensión del enemigo que se está enfrentando".
Según Bregman, "casi todos los genocidas están sueltos, manejan
agencias de seguridad, el represor sabe quién es el testigo, nosotros
estamos indefensos".
Pero también miran hacia
adentro cuando aseguran que deberán replantearse la propia
seguridad y la de los testigos, buscando algún mecanismo
independiente del Estado.
El derecho de protección
de testigos surge a partir de la obligación que tienen las personas de
comparecer a declarar cuando son citadas en tal calidad. Pero hay dos
mecanismos diferentes de protección de testigos: el ordinario, que se
encuentra a cargo de jueces y fiscales y está reglamentado por el
Código Procesal Penal y se reduce a la asignación de una custodia
policial; y el especial (que incluye a imputados), que está a cargo de la
Oficina de Protección a Testigos del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos, creado en 1998 en la Ley de Estupefacientes.
El Programa de
Protección a Testigos e Imputados fue pensado para preservar la
integridad de los acusados en causas vinculadas con el narcotráfico,
en
riesgo por su
colaboración con la Justicia. "Como en las películas de narcos, que se
protege a los arrepentidos", comentó un funcionario.
Pero a mediados de
2003, tras una serie de secuestros extorsivos (casos Riquelme, Milito,
Macri, entre otros), se amplió la competencia del plan a los casos de
secuestro, terrorismo, delincuencia organizada y violencia institucional.
La ley menciona que la inclusión de casos podrá hacerla el ministro de
Justicia si "la trascendencia e interés político criminal lo hagan
aconsejable".
Esta podría ser la puerta
para que futuros testigos de causas relacionadas con la represión sean
incluidos en el plan, que se circunscribe a delitos de competencia
federal (los de lesa humanidad se investigan en ese fuero). Sin
embargo, los funcionarios consultados enfatizaron que la intervención
del programa sólo puede darse ante un requerimiento judicial. ¿Por
qué no fue requerido? Los organismos de derechos humanos
consultados prefirieron no cargar culpas en el Poder Judicial, porque
consideran que está haciendo enormes esfuerzos en la
implementación de los procesos.
Las medidas de
protección incluyen el cambio de domicilio, apoyo para reinserción
laboral, la asistencia económica y el suministro de documentación que
acredite identidad bajo nombre supuesto. Es decir que el ingreso al
programa supone un cambio sustancial en las condiciones de vida, a
diferencia de la protección ordinaria que provee una custodia. A
cambio de la protección especial, los testigos tienen que
comprometerse a mantener absoluta reserva y confidencialidad
respecto de su calidad de protegidos. Los
elegidos deben
encontrarse en situación de peligro para su vida o su integridad física
y tienen que haber colaborado "de modo trascendente y eficaz en una
investigación judicial".
Una de las consecuencias
del caso López fue la adhesión de la provincia de Buenos Aires al
programa nacional.
En el ámbito de la
Procuración General de la Corte Suprema bonaerense funciona otro
programa de características parecidas, aunque con más recursos. En
algunos casos se implementaron traslados de familias enteras, con
mascotas incluidas, a pequeñas ciudades de provincias, con una
reinserción laboral efectiva. Así ocurrió con testigos de uno de los
juicios al llamado Escuadrón de la Muerte.
La superposición de
programas de protección de testigos genera inconvenientes.
El juez Rozanski recordó
que la ola de atentados e intimidaciones ocurrida antes y después de
la desaparición de López "permitió identificar a un grupo de la
población en grave riesgo para su vida o integridad física" conformado
por testigos, víctimas, defensores de los derechos humanos, abogados
y funcionarios judiciales. También subrayó que el programa existente,
pensado para la protección de testigos en casos vinculados al
narcotráfico, había sido extendido a los protagonistas de los procesos
por violaciones a los derechos humanos mediante una resolución
ministerial. Y en un párrafo destacó que esa resolución "tendrá
vigencia hasta tanto se instrumente la creación de un programa u
organismo en el que se coordinen las actividades que en la materia
presten los distintos ministerios nacionales involucrados".
Mientras tanto, el TOF 1
aceptó los programas de asistencia ofrecidos por la ONG Comité para
la Defensa de la Salud, la Etica y los Derechos Humanos (Codesedh) y
el Centro de Atención de los Derechos de la Víctima de la provincia de
Buenos Aires, que brindarán contención emocional y psicológica no
sólo a testigos y querellantes, tal como establecen las Naciones Unidas
para evitar la "revictimización", sino también a los funcionarios
judiciales "se trata de procesos en los cuales el personal y los
funcionarios del Tribunal se ven sometidos a un alto grado de stress
producido por la complejidad implicada en la organización de los
debates, así como por el dramatismo de la propia temática que los
origina". Todo esto a la luz de la experiencia anterior que pasó ese
mismo Tribunal, que juzgó el represor Miguel Etchecolatz y que tiene a
uno de sus testigos aún desaparecido.
Quienes deban declarar
en causas penales ante la justicia federal pueden acceder al plan, que
está financiado por la Nación pero será implementado con recursos
humanos y logísticos bonaerenses.
Las personas que deban
testificar en causas penales ante la justicia federal en territorio
bonaerense, y que teman por su vida, podrán acceder desde hoy a un
programa de protección que implementaron en forma conjunta hace
un tiempo la gestión de Kirchner y el gobierno de Felipe Solá.
Se trata del Programa de
Vigilancia y Atención de Testigos en Grado de Exposición" que rige
desde hoy al ser publicado, por decreto 2.475, en el Boletín
Oficial.
El "Programa de
Vigilancia y Atención de Testigos en Grado de Exposición" contará con
la asistencia financiera de la Nación y los recursos humanos y
logísticos que aporta la Provincia.
Tiene como objetivo
limitar la exposición de testigos que en razón de la importancia de sus
declaraciones -como prueba relevante de cargo en procesos penales
ante el Fuero Federal- objetivamente puedan encontrarse en una
situación de peligro.
Sus destinatarios son los
ciudadanos de la provincia de Buenos Aires que, en su carácter de
testigos en causas federales, revistan en la condición prevista en el
punto precedente y que, además, declaren en procesos en etapa de
juicio en que ex represores militares o policiales son investigados y/o
juzgados.
Para ser beneficiarios de
dicho programa, el fiscal de la Cámara Federal y/o del Tribunal de
juicio de que se trate, deberá suministrar el nombre y demás datos de
individualización del testigo a considerar.
Además, deberá contarse
en todos los casos con el consentimiento escrito del beneficiario y
deberá consignarse el lapso por el que se solicita la medida, detallaron
fuentes gubernamentales.
Si bien el presente
programa es absolutamente reservado, privado y debe ser analizado
con precaución, es necesario conocer su funcionamiento y
efectividad.
Por lo expuesto solicito a
mis pares me acompañen con la firma del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |