PROYECTO DE TP
Expediente 1240-D-2010
Sumario: DECRETOS DE NECESIDAD Y URGENCIA DE DELEGACION LEGISLATIVA Y DE PROMULGACION PARCIAL DE LEYES. LEY 26122. MODIFICACION DEL ARTICULO 23, SOBRE ENMIENDA, AGREGADOS O SUPRESIONES AL TEXTO DEL PODER EJECUTIVO POR EL PLENARIO DE LAS CAMARAS.
Fecha: 19/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 18
El Senado y Cámara de Diputados...
MODIFICACION LEY Nº 26122
Art.1º:- Modifícase el
artículo 23 de la ley 26122 el que quedará redactado de la siguiente
manera:
"Las Cámaras no pueden
introducir enmiendas, agregados o supresiones al texto del Poder Ejecutivo,
debiendo circunscribirse a la aceptación o rechazo de la norma mediante el voto
de la mayoría absoluta de los miembros presentes, salvo en los casos de
rechazo de un decreto de promulgación parcial, que deberá hacerse con el voto
de los dos tercios de los miembros de cada cámara".
Art.-2º.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La reforma
constitucional del año 1994 incorpora en su artículo 80 una
mecánica novedosa en cuanto al veto parcial se refiere, que por lo
demás remite a la aplicación del procedimiento previsto por los
decretos de necesidad y urgencia.
Estos últimos
son regulados junto a la legislación delegada, teniendo los tres
institutos disposiciones comunes en los títulos I y II de la ley 26122
y los que nos ocupan en forma específica en el capítulo III del
siguiente título, específicamente artículos 14 y 15.
A su turno el
artículo 83 de la Constitución Nacional recepta el afianzado instituto
de veto e insistencia fijando las tradicionales mayorías especiales de
dos tercios en cada una de las cámaras, circunstancia que la ley en
su artículo 15 pareciera dejar a salvo cuando textualmente expresa:
"las disposiciones de esta ley y el curso de sus procedimientos no
obstan al ejercicio por el Congreso de sus potestades ordinarias
relativas a la insistencia de normas legales total o parcialmente
vetadas".
No obstante la
claridad constitucional y legal, podemos asistir a situaciones que es
indispensable clarificar, habida cuenta que el art. 80 de la
Constitución dice "los proyectos desechados parcialmente no podrán
se aprobados en la parte restante. Sin embargo, las partes no
observadas solamente podrán ser promulgadas si tienen autonomía
normativa y su aprobación parcial no altera el espíritu ni la unidad
del proyecto sancionado por el Congreso. En este caso será de
aplicación el procedimiento previsto por los decretos de necesidad y
urgencia".
En efecto,
cuando se cumple con la remisión a la Comisión Bicameral
Permanente ésta debe expedirse acerca de la validez o invalidez del
decreto de promulgación parcial y elevar su dictamen al plenario de
cada Cámara para su tratamiento.
Si en el caso se
decidiera el rechazo de la promulgación parcial, no obstante lo que
dice el ya mencionado artículo 15 podríamos encontrarnos que la
parte no vetada sería enervada por una mayoría absoluta de los
miembros presentes (cfr. artículo 23, Ley 26122), número que dista
de los dos tercios del art. 103 para la insistencia.
Esa razón torna
indispensable incorporar expresamente la disposición, habida cuenta
de la labilidad de la vía interpretativa, razón que lleva a proponer el
presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DATO, ALFREDO CARLOS | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
06/04/2010 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen con disidencias |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0146/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR OTRO PROYECTO DE LEY; CON NUEVE DISIDENCIAS PARCIALES; OBSERVACIONES: 4 SUPLEMENTO | 08/04/2010 |
Senado | Orden del Dia 0727/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 2571-S-2009, 2169-S-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010, 1240-D-2010, 0254-S-2010, 0716-S-2010, 0720-S-2010, 0795-S-2010, 0925-S-2010 y 0943-S-2010 | DICTAMEN DE MAYORIA: LA COMISION ACONSEJA APROBAR EL PROYECTO VENIDO EN REVISION, CON 2 DISIDENCIAS PARCIALES; SE CONSIDERA EL EXPEDIENTE 0009-P-10; 1 ANEXO CON DICTAMEN DE MINORIA: LA COMISION ACONSEJA APROBAR OTRO PROYECTO DE LEY | 13/08/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | COMIENZA CONSIDERACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010 | 21/04/2010 | |
Diputados | INDICACION DEL PRESIDENTE DE LA CAMARA QUE HARA USO DEL DERECHO A EMITIR SU VOTO (ARTICULO 41 DEL REGLAMENTO) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010 | 21/04/2010 | |
Diputados | MOCION DE VOTACION NOMINAL EN GENERAL Y POR ARTICULOS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010 | 21/04/2010 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010 | 21/04/2010 | MEDIA SANCION |
Diputados | INSERCIONES DE LOS DIPUTADOS BERTOL, CAMAÑO, CARRANZA, CARRIO, DIAZ BANCALARI, GIL LAVEDRA. PUIGGROS, MARCELA RODRIGUEZ, TORFE Y LANDAU CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010 | 21/04/2010 | |
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010 | ||
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0615-D-2012 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010 |