PROYECTO DE TP
Expediente 1237-D-2015
Sumario: PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO - P.M.O. :SE INCORPORA COMO PARTE INTEGRANTE LA COBERTURA DEL TRATAMIENTO INTEGRAL DEL SINDROME DE TREACHER COLLINS.
Fecha: 26/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 17
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°: Incorporase
como parte integrante del Programa Médico Obligatorio (P.M.O.)
vigente, la cobertura del tratamiento integral del síndrome de Treacher
Collins.
Artículo 2°: Las Obras
Sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661, la Obra Social del
Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el
Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga
y las entidades que brinden atención al personal de las universidades,
así como también todos aquellos agentes que brinden servicios
médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura
jurídica que posean, deben incorporar como prestaciones obligatorias y
brindar a sus afiliados o beneficiarios, la cobertura total, integral e
interdisciplinaria del abordaje, diagnóstico y tratamiento del síndrome
de Treacher Collins. Quedan incluidas en el Programa Médico
Obligatorio (PMO), su diagnóstico, tratamiento y cirugías
necesarias.
Artículo 3°: Quedarán
incorporadas la cobertura de los medicamentos que fueran prescriptos
para cada paciente.
Artículo 4º: Será la
Autoridad de Aplicación el Ministerio de Salud de la Nación.
Artículo 5º: Comuníquese
al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Señor Presidente, el síndrome de Treacher Collins es una enfermedad
genética caracterizada por deformidades craneofaciales tales como
ausencia de pómulos. Su causa es una mutación de un gen del
cromosoma 5 y puede ser de forma espontánea o por la transmisión
hereditaria del gen defectuoso, que impide la correcta formación de los
huesos del cráneo, la mejilla y la mandíbula. Este patrón de
herencia es llamado "dominante" y este afecta a los hombres y a las
mujeres por igual (autosómico).
Este padecimiento afecta 1 de cada 50.000 nacimientos. En un 45% de
los casos se produce de manera hereditaria, por transmisión del gen
defectuoso. En el 55% restante de los casos, la mutación es
espontánea, y se desconoce la causa.
Lleva el nombre del cirujano y oftalmólogo inglés Edward Treacher
Collins (1862-1932), quien describió sus características esenciales en el
año 1900. En 1949 A. Franceschetti y D. Klein describieron las mismas
características en sus propias observaciones sobre la enfermedad, a la
que dieron el nombre de disostosis mandibulofacial.
Se caracteriza por
deformidades craneofaciales tales como:
-Bloqueo de las vías
aéreas (que puede causar la muerte del infante).
- Ausencia de
pómulos.
- Una hipoplasia
(desarrollo incompleto de los huesos malares).
- Anomalías en el oído
externo.
- Un coloboma en los
párpados inferiores (defecto congénito del iris, orificios, fisuras o
hendiduras).
- Ausencia de
pestañas.
- Paladar hendido (fisura
o grieta que comunica la boca con la cavidad nasal).
- Cerca de la mitad de los
afectados por el síndrome sufren una sordera de transmisión debido a
una anomalía en la cadena de huesecillos.
- Las características físicas
usualmente incluyen: ojos inclinados hacia abajo; cortes en el párpado
inferior; los extremos de los ojos se inclinan hacia abajo por el escaso
desarrollo de la estructura ósea subyacente del rostro. En la parte del
párpado más cercana a la nariz, cerca del "corte", no hay pestañas en
ocasiones. La visión no está afectada generalmente. Los sujetos
afectados pueden tener estrabismo (el o los ojos hacia adentro) y
pueden requerir anteojos, pero esto no difiere en forma significativa de
las personas no afectadas; boca ancha, nariz prominente; mentón
pequeño con un agudo ángulo de la mandíbula inferior; orejas mal
desarrolladas, malformadas y/o prominentes; y "patillas" (capas de
cabello que se extienden en frente de las orejas)
En
algunos casos se puede necesitar intervenciones de emergencia,
traqueotomía, seguimiento fonoaudiológico y oftalmológico para
prevenir o corregir la sordera y la ceguera. Sólo se pueden corregir las
malformaciones mediante cirugía reconstructiva y plástica para mejorar
los síntomas y prevenir complicaciones. Las personas con este
síndrome sufren apnea del sueño, reciben terapia del habla y lenguaje,
complicaciones al comer y al respirar, ceguera y sordera. Por ejemplo
muchos pacientes con labio leporino no presentan el hueso que
sostiene los dientes y si no se trata a tiempo los dientes se caen, hay
que hacer cirugía para reconstruir o poner una prótesis. Al igual
pacientes con paladar hendido. Muchos de estos problemas son
tratables pero se deben de tomar todas las medidas de precaución,
además de practicar los estudios necesarios para ayudar a la
persona.
La
deformidad facial y las necesidades de un tratamiento para los
pacientes con Síndrome Treacher Collins, pueden crear problemas en
la familia y en las relaciones sociales, la adaptación en la escuela, en el
trabajo, etc. Es necesidad imperiosa que sean cubiertos por el
plan médico obligatorio todos los tratamientos requeridos para mejorar
la calidad de vida de las personas que son alcanzados por este
complejo síndrome.
Es
una gran dificultad para todas las personas tener que enfrentarse a la
sociedad con las diferencias de los parámetros exigidos como belleza
social. Sabemos todas las problemáticas y patologías que se han
generado alrededor de las demandas por los cánones de belleza y lo
frustrante que implica alejarse de los modelos establecidos en el
imaginario social. Es por ello, que las cirugías reconstructivas que son
la vía necesaria para recomponer malformaciones, prevenir
complicaciones y mejorar los síntomas deben necesariamente estar
presente en el ofrecimiento de las coberturas médicas en forma libre y
gratuita a fin de poder resolver algunas dificultades que atraviesan
quienes padecen el síndrome de Treacher Collins
Los individuos con Síndrome de Treacher Collins necesitan especialistas
tales como: cirujanos plásticos y maxilofaciales especializados en
cirugías reconstructivas, neurocirujano, especialista en oídos, nariz y
garganta (Otorrinolaringólogo), oftalmólogo, patólogos del habla
(Logopeda), especialista en genética, audiologo o foniatra, dentista y
ortodoncista, pediatras con experiencia en el tratamiento de problemas
cráneofaciales, además de asistentes sociales, etc.
Siendo legisladores que debemos responder ante las necesidades de la
población considero que esta iniciativa conduce a ese objetivo. Es
por ello, que solicito a mis pares, me acompañes con su firma en el
presente proyecto
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
EHCOSOR, MARIA AZUCENA | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
ESPER, LAURA | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
SCHWINDT, MARIA LILIANA | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |